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Antiguo 22-09-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por Sistel Ver Mensaje
Puedes separar las facturas en tantas series como quieras para poder manejarlas mejor: por establecimiento, por departamentos, por TPVs, por sucursal, por completas/simplificadas, ....
Pero según nuestros datos, la única obligación real, según el reglamento de IVA, es la separación de la serie de las rectificativas del resto.
No es del todo corecto.
Aunque el reglamento no lo diga expresamenre y quepa dudas, hay consultas vinculantes de la AEAT que lo confirman.
Ejemplo
Cita:
Consulta vinculante V3167-15 de la DGT (20 de octubre de 2015)

Tema: Utilización de series distintas en la expedición de facturas completas y facturas simplificadas.

Hechos: La consultante emitía tanto facturas completas como facturas simplificadas, y preguntaba si podía usar la misma serie para las dos, o si debía tener series independientes para cada tipo.

Contestación:

> Si dentro del mismo año natural la consultante expide facturas completas y facturas simplificadas, deberá utilizar series separadas para ambas. En cada serie, la numeración deberá ser correlativa.
Por otro lado no ceeo que haya problemas en que una factura cualidicada tenga la misma serie que la simplificada, puesto que hace años (antes de verifactu) se podian asignar los destinarios una vez emitida, conservando serie y nunero, ahora con verifactu es un pelín más "conplicado" hacer lo mismo, a no ser que lo admitan como subsanación, tendria que peeguntarse. Pero está claro que, si se hace dieectamente la cualificada, deberia tener la misma serie de simplificadas.

Última edición por ermendalenda fecha: 22-09-2025 a las 13:12:31.
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