Cita:
Empezado por Faneka
La ley que impide borrar o modificar facturas una vez emitidas es la Ley 11/2021 (Ley Antifraude) y su Reglamento asociado, el cual exige que los programas de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, evitando omisiones o alteraciones sin la debida anotación. Si se necesita hacer una modificación o corrección, se debe emitir una factura rectificativa, y nunca se debe eliminar o alterar la factura original para evitar fraudes fiscales.
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Al haber un error del xm,l que no cumple el esquema, es un caso excepcional que permite emitir una subsanacion (en cuanto a verifactu lo cumples) seguramte en la bd no tengas que coreegir nada o a lo sumo la numeracion del tipo de iva(por queblo tenga igual y no cumple el esquema, ya segun como tenga el desarrollo) por que tambien lo tenga erroneo. No veo el problema. Es como si corrijes el numero de telefono ddl cliente de tu bd de una factura.