Cita:
Empezado por newtron
Pues ahora si que me estalla la poca cabeza que tengo. A ver... creo que todos estamos de acuerdo en que si la devolución de mercancía se hace al mismo cliente, en una operación posterior y no hay cambios de tipos de IVA no hay que hacer nada salga el total de esa factura negativo o positivo. A partir de ahí ¿qué leches de sentido tiene que te digan que si haces una devolución no es necesario hacer una rectificativa pero si llevarla a una serie diferente?  
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Si no estoy equivocado, la ley sólo obliga a tener serie distinta para las rectificativas, a partir de ahí...
Cuando te responden 'Factura de Abono'.... (Creo que no existen legalmente) con seria distinta...
Yo cada vez dudo menos de los conocimientos y certezas que responden des de el Call Center (por escrito o hablado) al respecto de este tema.
Han puesto una batería de funcionarios (espero que así sea y no sea una empresa subcontratada), los cuales (al menos alguno) parece no dominar al 100% el tema de la facturación (o me falta información que justifique alguna de sus respuestas, que también podría ser).
Ellos te echan un cable, pero la ley la has de interpretar/entender tu mismo. Y sólo la ley es lo que vale; de echo si te sancionan te dirán que precepto no has cumplido.