Buenas tardes

os pongo en contexto ...
1.- Creamos una fra. "A" que genera automáticamente un RdF "A" y lo envía a la AEAT.
2.- El RdF "A" lo rechaza la AEAT por tener mal informado el NIF
(1100 - Valor o tipo incorrecto del campo.: NIF).
3.- El cliente
anula la factura "A" puesto que se da cuenta que se ha equivocado y no a lugar una rectificativa por sustitución.
3b.- Se genera el RdF de anulación "B" para la factura "A" que nos vuelve "Aceptado con errores" de la AEAT
(3002 - No existe el registro de facturación).
4.- Hacemos la siguiente factura, que envía su RdF "C" a la AEAT y ésta nos lo acepta sin problemas.
Entonces:
- la AEAT tiene el RdF anterior/es al "A",
- los RdF "A" y "B" no los tiene,
- el "C" (y posteriores) sí que lo tiene.
Mis dudas:
a) ¿Esto supone alguna irregularidad en el encadenamiento/HASH que tiene la AEAT con respecto a los RdF de mi empresa?
b) ¿Debo hacer algo, o ya está todo hecho? Porque el rechazo de "A" es correcto y la "Aceptación con errores" de "B" también lo es ...
c) La anulación de la fra. "A" con su RdF rechazado, ¿es correcta por mi parte, la debo permitir hacer?
A ver si me podéis orientar

...
Muchas gracias!