Cita:
Empezado por Faneka
He visto en otro hilo que se ha comentado que mientras dejes trazabilidad los albaranes se pueden borrar (si no estan facturados claro), nosotros lo hemos cerrado tambien y luego tenemos una marca por si el albaran al final no se va a facturar que no salga como pendiente. ¿Al final como queda el tema?
De las FAQS en la pregunta 11. BORRADORES DE FACTURA, “PRE-FACTURAS”, FACTURAS PROFORMA, ALBARANES, FACTURAS DE PRUEBA… pone lo siguiente:
Lo anterior significa que cuando los albaranes, proformas, prefacturas o facturas sin validez fiscal se expidan, sus registros deberán conservarse de forma inalterable (salvo que la alteración se produzca por medio de un registro posterior, que también deberá quedar anotado en el sistema).
Puede que se esten refiriendo a los registros de la trazabilidad...... 
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Se refiere a que para anular un albarán tienes que crear otro albarán de abono de este, cosa que por lo menos en mi ramo se hace desde que franco era cabo, otra cosa es modificar el albarán sin anularlo , pues legal o no se hace , el típico rompe el albarán que te lo modifico....



Osea quieren que si modificas un albarán crees un nuevo registro de modificación(al estilo rectificativa) del mismo en el que indiques que has echo, na , como no tenemos nada mejor que hacer.