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En una empresa que visite la semana pasada, al dar de alta un nuevo cliente fotocopían el documento que trae el cliente, sea CIF o NIF.
El SIF que usan tiene la posibilidad de chequear el NIF contra la Hacienda, pero no la obligación.
Si hacienda no quisiera NIF 'no censados' no habría abierto la puerta, y la han abierto por que el problema lo crean ellos y sus procesos administrativos. (Dan de alta y hasta 24/48 horas consta como 'no censado').
Otra cosa son los NIF revocados, pero si el cliente lo trae y yo no desconozco este hecho ¿Qué me impide no aceptarlo?
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