Cita:
Empezado por ermendalenda
Me confirman que no es necesria la subsanacion, no obstante le he enviado la exposición completa.
|
Tal como está redactado se debe subsanar si o si; por que el código de error que se recibe para el caso de MENOR es el mismo que para el caso de MAYOR, con lo cual no sabes por qué tienes el error, por tanto a subsanar.
De lo que digan si no está en manuales/procedimientos/órdenes ministeriales/leyes... no me puedo fiar nada. Es un problema que tengo, he visto algún que otro CallCenter y como en todas partes te encuentras al genio y al incompetente.
Lo suyo, (que lo tengo en cartera de hace 4 meses) es enviar una consulta vinculante. Igual que para el error de NIF no censado (vaya barbaridad me respondieron).