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Empezado por ermendalenda
-No se puede poner un sistema dando la posiblidad de que NO emita la factura, ésta debe emitirse en algún formato que se ponga a dispoción al cliente "SIEMPRE", la quiera o no el cliente, que el receptor decida o no decida acceder a ella es su problema.
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La factura se podrá emitir siempre que se haya marcado como finalizada, es decir, si no se ha generado su registro de facturación no se podrá imprimir, sería algo así como una factura o ticket "aparcado". Recordemos que no se sigue el orden de la numeración de las facturas, sino el orden de generación de las mismas.
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Empezado por ermendalenda
-No se puede instalar en Verifactu (o No Verifactu) y generar los registros XML's desde la Base de datos y anteriormente realizados en un SIF que no era de este reglamento por que se produciria un deajuste de una factura emitida sin QR y en nuestro sistema estaría identificada con QR.
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Tú puedes tener en la misma base de datos facturas con registros de facturación asociados y otras que no, los anteriores al 1 de enero Hacienda ni los va a tener en cuenta.
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Empezado por ermendalenda
-Regenerar facturas en nuestra Base de datos a través de los registros obtenidos (Xml's) no cumplen el reglamento ROF, por que noo crea una copia fiel de como se emitió.
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Ésto sólo sirve para recuperar los registros, pero las facturas en sí mismas obviamente no se van a poder recuperar porque las líneas de factura no se envían.
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Empezado por ermendalenda
-Las copias de seguridad son obligatorias y no te van admitir NUNCA, que ha sido una averia, o un Virus.
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Ésto, de cara al Reglamento, sólo sería obligatorio si se trabaja en modo No VeriFactu, ya que en VeriFactu se supone que ya has mandado los registros de facturas. Obviamente, sí es obligatorio de cara a la conservación de la propia consistencia del programa de facturación y a cumplir con la tenencia de las facturas el mínimo de años que marca la ley.