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Antiguo 26-11-2025
jakematespain jakematespain is offline
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jakematespain Va por buen camino
Buenas, ayer hice la consulta para ver lo que dicen los del verifactu y esta fue la respuesta:
Buenos días:

En el caso de las facturas electrónicas que se emiten a la Administración Pública, el procedimiento continúa siendo el mismo, es decir, deben emitirse en formato Facturae y enviarse a través del punto general de entrada FACE, conforme a la normativa vigente de contratación pública.

No obstante, cuando entre en vigor la obligación del sistema VERI*FACTU, el registro de facturación correspondiente a esa factura también deberá generarse en su sistema de facturación (o en la aplicación gratuita de la AEAT, si opta por utilizarla), para su remisión a la AEAT, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF).

Por tanto:

· Deberá seguir remitiendo la factura electrónica en formato Facturae por FACE, como hasta ahora.

· Además, deberá generar y remitir el registro de facturación VERI*FACTU a la AEAT.

· La factura no se envía desde la AEAT al cliente o destinatario, sino que la AEAT únicamente recibe y registra la información del registro de facturación.


En resumen, el envío a FACE y la generación del registro VERI*FACTU son obligaciones complementarias y compatibles, cada una con su finalidad específica. No obstante, una vez se publique el reglamento del futuro proyecto de factura electrónica obligatoria (B2B) se espera que la aplicación de facturación de la AEAT incorpore nuevas funcionalidades para adaptarse a este nuevo reglamento.

Haremos lo que dice ermendalenda, añadir esa información al XML en formato FACE para que no pongan ningún impedimento.
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