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Pero si un cliente necesita hacerlo (por el motivo que sea)... quiero decir... es posible hacerlo aunque no lo permitas? O es algo que no se puede hacer bajo ningún concepto pero aún así lo hacen?
Porque para nosotros sería más fácil hacer lo mismo que tu: impedir hacer eso, pero claro, no somos asesores fiscales y no sabemos si eso está permitido legalmente o no.
No sé, se me ocurre a lo mejor el caso de una empresa que facture solo a fin de mes, o a principios del mes siguiente, todas las facturas de golpe. Que el 3 de enero den de alta todas las facturas de diciembre. En fecha de operación pondrán la fecha de diciembre, y la fecha de emisión/expedición será 3 de enero sí o sí.
¿Debemos impedir que las metan en la empresa de 2025?
En fin, menudo lío con los casos raros. Estoy harto ya de pensar en mil cosas (y casos) a la vez.
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