Cita:
Empezado por manuel@tencia
En la segunda página, quinto párrafo dice:
"El artículo 3 de este real decreto-ley modifica la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, ampliando los plazos de adaptación de los sistemas informáticos de facturación a los requisitos previstos en el reglamento: para los obligados del artículo 3.1.a): 1 de enero de 2027, y para el resto de los obligados del artículo 3.1: 1 de julio de 2027."
Debajo del DISPONGO: sólo viene el articulo 1 y el 2.
Y otro cosa, si es un Real Decreto-Ley, tiene que pasar por el congreso y tienen 30 días para aprobarlo o NO.. Y si no lo aprueban, ya estaremos metidos en el año 2026...
Personalmente pienso que lo aprobarán porque han metido en el mismo RD el aumento de gasto para las comunidades autónomas y ayuntamientos y a todos nuestros políticos, les encanta gastar
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cierto, he confundido la disposición tercera
ya podían haber puesto un poco más de cuidado
Se supone que lo votan la semana que viene que es el último pleno del congreso y ya hasta que sus señorías quieran volver de sus eternas vacaciones