Cita:
Empezado por espinete
Y si el cliente no quiere, porque NO está obligado a VeriFactu ni No-Verifactu hasta 2027, pero acaba de abrir una empresa en 2026? Le tienes que obligar? O le dices que facture en papel?
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Tú no tienes que obligar a nadie. Si abre una empresa en 2026 no le queda otra que comprar un software adaptado (te recuerdo que ya no existen nuevos programas a la venta no adaptados salvo que esté en el SII). Como el software adaptado debe cumplir las especificaciones del RRSIF no cabe la pregunta de si tiene que enviar o no. Si no quiere enviar deberá contratar NO Verifactu.