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novatico novatico is offline
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novatico Va por buen camino
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Empezado por razorxxx Ver Mensaje
Por ley, el plazo para facturar a otros empresarios o profesionales o para emitir facturas recapitulativas es hasta el día 16 del mes siguiente al que se realizaron las operaciones (fecha de devengo). Puedes leer más en: https://sede.agenciatributaria.gob.e...-facturas.html

En la práctica ya sabemos que no siempre se cumple esto. Por ejemplo, en el mundillo de la construcción que tienes un montón de conceptos de servicios y hasta que no se termina el último de ellos no das por emitida la factura.
En el mundo de la construcción se suele realizar factura a origen, con lo que se van emitiendo facturas conforme se terminan los trabajos (certificación de obras). En cada factura figura todos los trabajos ya concluidos, abonando los incluidos en la factura anterior.
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