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Un cliente portugués nunca va a estar en el censo de la AEAT, a no ser que tenga permiso de residencia. Si es una empresa, podrá estar en el VIES o no. Si está en el VIES, es exento de IVA. Si no, pues como todos, hay que aplicarle el IVA. Pero, ¿qué IVA? Pues si le estás vendiendo desde una tienda física en España, le tienes que cobrar el IVA vigente en España. Si le estás vendiendo a través de páginas web (tipo Amazon), entonces el IVA vigente en su país (esto para cualquier cliente intracomunitario).
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