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Empezado por emailesc
Veo una diferencia con lo que dice FacilIng, hasta donde yo sé no existe el estado "Aplazado" en Verifactu, con lo que si hay una inspección de Hacienda sí podrías tener responsabilidades, mientras que sí existe el estado "Exento", y ahí es solo cosa del cliente que se quiera dar de alta con una opción que no tiene, como si le da por decir que está en el SII o en Ticketbai con la empresa en Almería.
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En su día se consultó con la AEAT qué hacer con los clientes que no querían activar veri*factu hasta el día de la fecha límite (aplazado).
Una opción era permitirles seleccionar alguna de las opciones "exentas" (SII, TicketBAI,...) de forma que el programa no funcionara en veri*factu, pero eso no es "correcto" (conceptualmente) porque el cliente realmente no está en el SII, sólo lo selecciona para aplazarse hasta el 1 de Enero.
La otra opción era crear una nueva opción de "aplazado" (por la normativa), con obligación de que esta opción no pudiera estar activa a partir de la fecha límite. Y la AEAT dijo que se podía hacer, así que fue la que se implementó.