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espinete espinete is offline
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espinete Va camino a la fama
Sé que el 90% de nosotros no quiere meterse en líos, pero vamos, yo tengo clarísimo que me apuntaría...

Se puede estudiar con un abogado de contencioso-administrativo una "reclamación coordinada de responsabilidad patrimonial" contra la Administración/Estado, basada en daños económicos concretos provocados por cambios regulatorios y, especialmente, en la posible quiebra del principio de confianza legítima.

La Ley 40/2015 exige que el daño sea real, económicamente evaluable e individualizado, y que exista relación causal con la actuación pública. Este caso tiene elementos bastante interesantes porque no hablamos de expectativas abstractas. Se pueden documentar cosas como:

- contratación adicional de programadores específicamente para VeriFactu;
- horas de desarrollo y consultoría externa;
- formación específica del departamento de soporte;
- campañas de publicidad ya pagadas;
- cambios de tarifas y estrategia comercial;
- compra de licencias, certificados o servicios;
- desarrollo de nuevos productos o addons;
- documentación, vídeos, manuales y material comercial;
- costes derivados de comunicar a miles de clientes unos cambios que finalmente no entran en vigor en la fecha anunciada.

Además hay jurisprudencia. El propio Tribunal Constitucional ha explicado que la confianza legítima está relacionada precisamente con inversiones que no se habrían realizado, o se habrían realizado de otra manera, si se hubiese sabido que iba a cambiar el escenario normativo.

Existen casos en los que el Tribunal Supremo ha reconocido indemnización por un cambio normativo sorpresivo y ha limitado la indemnización precisamente a los gastos efectivamente realizados debido a la regulación, descartando expectativas de beneficios futuros.
Así que hay precedentes.

Hacienda probablemente alegaría que "las empresas sabían que VeriFactu era una regulación en evolución, el aplazamiento no elimina la obligación sino que amplía el periodo de adaptación, y todo el software desarrollado seguirá siendo aprovechable cuando entre finalmente en vigor."
Pero el contraargumento sería bastante potente: las empresas no eligieron libremente adelantar inversiones por estrategia comercial, sino que tuvieron que preparar sus productos para unas fechas obligatorias establecidas jurídicamente y reiteradas por la propia AEAT.

Y si además resulta que se cambia el calendario por segunda vez después de meses de documentación, jornadas informativas, especificaciones técnicas, servicios de pruebas y comunicaciones oficiales manteniendo aquellas fechas, la discusión sobre confianza legítima se vuelve bastante más interesante.

Y este sector tendría todavía mucho más sentido hacerlo varias empresas juntas. No solo para repartir gastos jurídicos: demostrar que tanto las empresas grandes de software como las pequeñas y otros desarrolladores hicieron inversiones equivalentes siguiendo exactamente el mismo calendario oficial ayudaría a demostrar que no fueron decisiones empresariales extravagantes, sino una reacción razonable del sector a una obligación legal concreta.

Creo que hay suficiente fundamento jurídico y económico como para que una asociación de desarrolladores de software encargue un dictamen serio a un despacho especializado en responsabilidad patrimonial del Estado.
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