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Miquel 2001 Miquel 2001 is offline
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Miquel 2001 Va por buen camino
Hola pregunte a la AEAT por las listas VATEX ESPAÑOLA y me han contestado esto es decir que la lista de los codigos aun no esta aprobada

Los motivos de exención y no sujeción en el perfil español del formato UBL 2.5 se codifican mediante la lista normalizada de códigos VATEX-ES (así como VATEX-EU para operaciones compuestas/intracomunitarias).

Actualmente la Comisión Europea tiene en fase de revisión y aprobación la propuesta de catálogo ampliado para adaptar los motivos a la normativa tributaria española (Ley del IVA, IGIC e IPSI). A título orientativo e informativo (sujeto a la aprobación definitiva por la Comisión Europea), la estructura de correspondencia prevista para la lista VATEX-ES contempla, entre otros, los siguientes valores:

• Exención Art. 20 Ley 37/1992 (Categoría E - e.g. arrendamiento de viviendas): Corresponderá al código VATEX-ES-IVA20.
• Inversión del Sujeto Pasivo (Categoría AE): Se consignará la categoría impositiva AE (Reverse Charge) junto con el motivo específico correspondiente dentro del catálogo de la norma o el código VATEX-EU-AE según el ámbito de la operación.
• Otras exenciones y no sujeciones contempladas en el borrador:
• VATEX-ES-N1: No sujeta por arts. 7 y 15 Ley 37/1992.
• VATEX-ES-N2: No sujeta por reglas de localización.
• VATEX-ES-IVA21 a VATEX-ES-IVA25: Exenciones por exportaciones, operaciones asimiladas, zonas francas, etc.
• VATEX-ES-IVA140BIS y VATEX-ES-OTROS: Exenciones específicas del Régimen Especial u otros supuestos.
• Códigos específicos para el ámbito del IGIC (VATEX-ES-IGIC...) e IPSI (VATEX-ES-IPSI...).

Nota: Tan pronto como la Comisión Europea apruebe definitivamente la lista oficial de códigos, se publicará la tabla formal de correspondencia en la sede electrónica de la AEAT.
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