Cita:
Empezado por mike_GK
Hola, en la documentación de las validaciones indica que la fecha operación solo puede ser superior a la fecha actual si Clave Régimen Especial es 14 o 15, o si suministras una Clave Régimen Especial Adicional
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Si pero tambien dice en las preguntas frecuentes que:
2.31. ¿Qué fecha de operación debe hacerse constar en una factura recapitulativa
(art. 13 RD 1619/2012, que regula las obligaciones de facturación)?
Se consignará el último día del mes natural en que se hayan efectuado las
operaciones que documenta la factura recapitulativa.
Por lo tanto ¿Deben esperar a facturar a final de mes o principio del siguiente para que la fecha de operación sea valida cuando hay varios albaranes y la factura es de Operación de Régimen general por ejemplo?