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Empezado por Ramon88
Yo entiendo que da lo mismo que declare facturas simplificadas o facturas.
Sinceramente, paso de las facturas rectificativas, me parece un rollo increible. Si una factura da error se supone que no esta subida a hacienda, entonces que la suban de nuevo. La anulación mi idea es subirla para cuando alguien viene con la mercancia y te dice que no la quiere por X motivo. Tienes que devolverle el dinero y crear una anulación, y si la cobré en 3 veces, tengo que crear 3 anulaciones.
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Hola Ramon88,
Efectivamente, da lo mismo que las facturas sean simplificadas o completas. Son facturas y punto pelota.
La única ventaja es que las facturas simplificadas pueden ir sin datos del destinatario y sin desglosar IVA, sólo con el texto "IVA incluído").
Aunque si el destinatario lo solicita (por ejemplo, para deducirse gastos) también pueden ir sus datos (en ese caso se llama factura simplificada cualificada y debe tener el desglose de IVAs).
Pero, a cambio, de su simplicidad, las facturas simplificadas tienen un límite de 400€ (para ventas al por menor y algunos otros servicios hasta 3.000€)
Cita:
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Si una factura da error se supone que no esta subida a hacienda, entonces que la suban de nuevo.
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La factura está emitida desde el momento en que creas el XML y lo firmas, independientemente de que la imprimas o no y de que la envíes o no a Hacienda.
Recuerda que además las facturas van encadenadas unas a otras porque cada una lleva parte de la firma de la anterior. No se pueden borrar ni saltar.
Ojo: En Gipuzkoa y Álava cada factura emitida deben enviarse nada más emitirse. Y si te retrasas en su envío, Hacienda después puede pedirte explicaciones de por qué has tardado (tienen la fecha, hora, minuto y segundo de su emisión y firma).
Te aconsejo que consultes con un asesor el tema de los cobros anticipados sin emisión de factura (plazos, importes, documentación, ...)
Hacienda lo ve todo ... y cada día más.
Saludos