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¿Qué se considera como "incidencia"?
Buenas:
Me he estado leyendo el hilo donde se discutía este tema de las incidencias (el de "Reenvío de facturas el Entorno de Pruebas SIN especificar Subsanación") y las respuestas que ha estado dando la AEAT, pero me queda una duda: si no se me va la luz ni Internet, pero me surgen algunos de los errores que están en la lista de la AEAT, ¿se pueden considerar como "incidencia" también?
Me explico: todos tenemos claro que un apagón o una caída del servidor de la AEAT (error 4134) es una incidencia. Pero, ¿qué pasa si tengo por ejemplo un error 4119 ("Error al informar caracteres cuya codificación no es UTF-8")? ¿ O un error 1262 ("La longitud de huella no cumple con las especificaciones")? Tal como yo lo veo, esos errores no deberían suceder nunca en un sistema en producción bien hecho y bien testeado. Si suceden, tiene que ser por un bug de programación por nuestra parte...
...lo cual entraría, según la orden ministerial, en la definición también de "incidencia". La orden dice textualmente "por ej. ausencia de corriente eléctrica, problemas de
conexión a Internet, fallo del sistema informático de facturación…"
A lo que voy es: si envío un registro de facturación y me lo rechazan con algunos de los errores que he citado antes como ejemplo (u otros similares, que solo puedan ocurrir por bug nuestro), al reenviarlo, ¿tendría que marcarlo como "Incidencia"?
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