Buenas tardes,
he sacado este tema en otro hilo, pero creo que merece el suyo propio ya que no he encontrado ningún hilo en el que se comente concretamente y tampoco sé cuál debería ser la forma correcta de actuar.
Pongámonos en el contexto de que se envía un registro de facturación que te la rechazan y te devuelve un error que no es "subsanable", por ejemplo:
- 1125 "El valor del campo FechaOperacion tiene una fecha superior a la permitida."
- 1210 "El campo ImporteTotal tiene un valor incorrecto para el valor de los campos BaseImponibleOimporteNoSujeto, CuotaRepercutida y CuotaRecargoEquivalencia suministrados."
Ante este caso, he visto varias opiniones de personas sobre la forma de proceder y no sé cuál sería la correcta.
1. Hacer una factura rectificativa sustitutiva para corregir la factura anterior. Rellenando los campos TipoRectificativa a S y FacturasRectificadas con los datos de la factura que se ha intentado subir (No sé si debería ser necesario rellenar otro campo) y te han rechazado (Es decir, no figura en la AEAT). Sin embargo, estás intentado rectificar un Registro de Facturación que no existe en la AEAT y no hay ningún campo que pueda marcarse para indicar que no ha habido registro previo o se haya rechazado previamente el alta del registro original... (El campo de RechazoPrevio por lo que tengo entendido se reserva únicamente para subsanación)
2. Hacer un alta por rechazo, es decir, con los campos Subsanacion a S y RechazoPrevio a X corrigiendo lo que da error. Esto sí que he comprobado que se lo traga la AEAT, pero al ser campos que afectan directamente a lo "visual" como definen ellos de la factura, no sé si es la mejor manera de proceder. Si es así, a todos los RF que te devuelvan como rechazados, se genera un registro de estos y todo solucionado sin importar qué campos se corrijan...?
Tengo un buen lío montado con esto del tratamiento de los errores y sigo sin ver la luz del todo.
Si alguien puede echarme una mano, sería de gran ayuda.
