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Listado dudas Faqs + respuestas canal
Buenos días,
Me gustaría elaborar un listado de todas aquellas explicaciones confusas, retorcidas, ambiguas, incompletas o sesgadas que, en definitiva, no aportan seguridad jurídica y pueden dar lugar a que un inspector interprete la normativa de forma distinta a la nuestra y nos imponga una sanción.
Para ello, os pido vuestra colaboración, ya que identificar y recopilar estos puntos puede ser clave para ganar tranquilidad y claridad en la aplicación de la normativa.
El objetivo final es intentar escalar estas cuestiones a algún organismo con capacidad de interlocución y peso institucional, como la Confederación de Empresarios, el Club de Asesores o la Asociación Española de Asesores Fiscales, para que puedan trasladarlas y exigir aclaraciones formales.
Empiezo yo:
Aclaración de que el error 2004 no requiere subsanación, eliminando los textos en los que se presenta como un error subsanable.
Aclaración de que, habiéndose desarrollado un reglamento técnico para la trazabilidad de las facturas, no existe uno equivalente para el resto de datos informáticos (albaranes, prefacturas, proformas, etc.). O bien se desarrolla un reglamento técnico específico, o bien se deberían evitar referencias a posibles sanciones en estos casos.
Aclaración de que, si durante el año 2026 (o hasta julio 2027, según el caso) mantengo a algún cliente con un software aún no actualizado, pueda intervenir para restaurar el sistema sin que ello suponga una infracción, ya que existen operativas de trabajo que pueden ser más complejas de adaptar al nuevo reglamento y que, en determinadas situaciones, requieren una solución urgente, como una recuperación del sistema o incluso una reinstalación del software que todavía no es el reglamentado, garantizando en todo caso la continuidad del negocio.
Última edición por ermendalenda fecha: 14-12-2025 a las 08:20:52.
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