![]() |
![]() |
| Paypal | FTP | CCD | Buscar | Trucos | Trabajo | Foros |
|
|||||||
| Registrarse | FAQ | Miembros | Calendario | Guía de estilo | Buscar | Temas de Hoy | Marcar Foros Como Leídos |
![]() |
|
|
Herramientas | Buscar en Tema | Desplegado |
|
|
|
#1
|
|||
|
|||
|
Cita:
Ups! tienes razón, no me habia fijado. Pues ya sabemos que si que es una ley. Ahora a entenderla ![]() |
|
#2
|
|||
|
|||
|
Hola, algo está claro, es una ley que aún requiere el desarrollo reglamentario que aún está pendiente, pero lo que está claro es que a partir de la entrada en vigor de la ley (11 de Octubre) si se comercializa algún software que permita la doble contabilidad, eliminación de registros fraudulentamente, los desarrolladores (y siempre que se pueda demostrar que son conscientes de ese uso) van a ser empapelados.
Suposiciones mias: Esto se va reglamentar a corto plazo(menos de un año), estaran estudiando como lo hacen los demas territorios, Portugal, Vascos, Alemania,Francias, Bélgica y haran un copia-pega y cambiaran 3 cosas. Buscar que os sale mas rentable sobre lo que vais a neceitar, si buscais bien es una inversión pequeña de euros pero alta de tiempo ( en un mes os poneis al dia y os quedais tranquilos): O sea, empapararos de varias cosas e ir currandoselo: Lo primero que va a ser sí o sí para que te funcione: Poner al dia el programa con la normativa de Facturas, (Facturas SImplificadas, Simplificadas rectificativas, Normales, Sustituivas, de canje... y los detalles de cada uno numeros de serie de cada uno, cuando se puede hacer simplificadas con productos/servicios en negativo sobre una simplificada normal(Que no es poco) Segundo : Firma digital de las facturas sobre XLM (como el SII) con encadenamiento de la firma. Envio de ficheros por webService en el orden que se emita. Podeis hacer 2 cosas, poneros las pilas e iros preparando o esperar el reglamentoo técnico. ¿Pensais que va a ser muy diferente a lo existente? |
|
#3
|
|||
|
|||
|
Parece que se pone en marcha.
Hola,
Estoy recibiendo consultas y peticiones de actualización por parte de mis usuarios para que los programas cumplan con la ley antifraude que entra en vigor el 11 de octube. ¿Alguien sabe que está pasando con todo esto?, las asesorias están metiendo miedo a los usuarios y nosotros no tenemos respuestas ni los protocolos a cumplir por parte de la aeat. ¿Que hacer con los programa ya vendidos, que no actualizan pero tienen nuestra marca? Al final la responsabilidad va a caer en nosotros. Supongo que la clave está en la certificación del software a partir de una fecha y el usuario que no tenga el software actualizado y debidamente certificado incurrirá en sanción. A la vez que nuestros programas nuevos y certificados deberán cumplir con los requisitos de hacienda. |
|
#4
|
|||
|
|||
|
Cita:
Aún no está definida ni la normativa reguladora y por tanto tampocoi los aspectos técnicos para poder cumplir con una ley activa(a partir del 11 de octubre) pero incompleta, con lo cual sólo puedes cumplir lo regulado, no distribuir ni dar soporte a softwares que puedan eliminar o modificar registros con el fin del doble uso. Las asesorías, además de que a veces interpretan las leyes como piensan, en muchos casos (por dejar el margen de buena fé) van a intentar que los clientes vayan más allá e las leyes para salvaguardarse problemas y quitarse inspecciones. Ojo no estoy diciendo que vayan a lo suyo, pero si que van a lo "demasiado seguro". problema es que, es verdad, que a los programadores nos está metiendo una presión directa e indirectamente muy dura. Por adelantarte algo, con mínimo riesgo de equivocarme, puedes echar un vistazo a lo que están haciendo los demás territorios (se llama blockchain) esta técnica consiste en enviar datos firmados electrónicamente y con las firmas encadenadas con los datos ya enviados. Cada territorio lo manda a su hacienda con sus protocolos e ISOS. Respetando la normativa de facturación, etc.. Un ejemplo cercano es Tiketbai en el país vasco. Por si quieres ir familiarizando te con lo que viene. Por otro lado lo que ya tienes vendido, si no está en régimen de actualizaciones, y en su momento, puedes informar al cliente de que debe actualizarlo, y tu puedes verlo como una oportunidad para que si quiere actualizaciones sea en un régimen de pago por alquiler del programa, busca un buen contrato, hay contratos tipo en Internet para no quedarte en bragas. El cliente es responsable de actualizarse o no. Es de locos pensar que el vendedor de softwares tenga responsabilidades con efectos retroactivos respecto a una ley, eso no se permite en nuestra constitución. Saludos y de momento, si tienes los programas sin trampas, puedes dormir tranquilo. Última edición por ermendalenda fecha: 26-09-2021 a las 12:56:17. |
|
#5
|
|||
|
|||
|
Cita:
La cuestión es que los programas tienen muchos flecos que permiten una manipulación que a hacienda le puede parecer facilidad al fraude. Habra que ir siguiendo los acontecimientos, aunque como bien indica puede ser una buena oportunidad de negocio si todos los usuarios tienen que actualizar para adecuarse a la normativa. Saludos. |
|
#6
|
|||
|
|||
|
Cita:
De todas formas es difícil de demostrar la culpabilidad subjetiva de usar el programa para defraudar. Tendría que estar muy clara una función desarrollada específicamente para ello. Pero claro todo es posible. |
|
#7
|
|||
|
|||
|
Buenos dias !
aunque mi usuario es nuevo, ya estuve presente en este foro en otro momento critico, durante la implantacion del SII, (bajo seccion31), como no pude recuperar la contraseña, he decidido crear un usuario nuevo para dar seguimiento a este hilo. He leido todos los posteos, y voy a dar mi opinion y quizas alguna informacion nueva: Cumplir los requisitos para adaptarse a la ley es una oportunidad de negocio y seguramente todos los que estamos aqui una vez se publique la informacion tecnica no tendremos problemas en adaptar los programas. Podremos hablar de eso con mas exactitud cuando sepamos mas. Lo que mas me preocupa es el tema de la certificacion: porque no se ha dado informacion. Si exigen una certificacion onerosa por un certificador independiente, muchos pequeños negocios de programacion quizas tengan que cerrar, mas aun si la certificacion es necesaria con cualquier cambio del software, el coste a los usuarios aumentara y quizas a alguno, les resulte mas rentable, emitir facturas con un word, o una excel. El resultado final puede ser un monopolio de unas cuantas empreas que se queden con el mercado de programas de gestion. Quizas sea muy apocaliptico... ¿van a exigir una certificacion por cada modificacion? ¿por periodo de tiempo? ¿van a exigir el mismo nivel de certificacion a un programa que vale 60.000 euros que a otro que cuesta 200? ¿van a exigir el mismo nivel de certificacion a un comerciante que vende 2 programas al año que otro que tiene 2000 instalaciones? Bueno... Si copian el sistema frances, como estais comentando, entonces el tema no seria tan malo: En este enlace: https://stileex.xyz/es/certificacion-nf525/ Describen como se logra la certificacion para francia, seguramente algun forero ya la conoce, pero al final del documento deja entre abierto un sistema muy sencillo de certificacion: Cita:
La AEAT ya esta haciendo algo similar homologando programas de digitalizacion de facturas En fin, un saludo a todos copiado de otro foro: dolibarr.es (lo pongo asi porque no me deja) Cita:
Última edición por Neftali [Germán.Estévez] fecha: 28-09-2021 a las 13:49:09. Razón: Corregir el link |
![]() |
| Herramientas | Buscar en Tema |
| Desplegado | |
|
|
Temas Similares
|
||||
| Tema | Autor | Foro | Respuestas | Último mensaje |
| Hijo de Informáticos | gluglu | Humor | 3 | 13-03-2007 12:05:35 |
| Adictos informaticos ... | Trigger | Humor | 2 | 11-10-2004 13:18:32 |
| Nosotros los Informáticos | Trigger | Humor | 1 | 10-10-2004 15:58:09 |
| Patrón de los Informáticos. | obiwuan | Varios | 20 | 10-09-2003 15:44:54 |
| Chistes Informaticos | jhonny | Humor | 2 | 11-08-2003 22:59:09 |
|