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  #1  
Antiguo 18-02-2022
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Hola a todos.

Anular una factura no supone borrarla, supone que le indicas a hacienda que no vale. La factura sigue existiendo. No se salta la normativa de facturación.

Como ha indicado algún compañero hay en ocasiones que una factura no se puede rectificar, como por ejemplo si te has equivocado de cliente.

Si haces una rectificación por este motivo, hay que enviar al cliente erroneo dos facturas, la original y rectificativa. Y si el cliente no se había enterado de nada no creo que le haga mucha gracia.

Pero Bueno cada uno es su programa hace lo que cree conveniente.
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  #2  
Antiguo 18-02-2022
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Hola a todos.

Anular una factura no supone borrarla, supone que le indicas a hacienda que no vale. La factura sigue existiendo. No se salta la normativa de facturación.

Como ha indicado algún compañero hay en ocasiones que una factura no se puede rectificar, como por ejemplo si te has equivocado de cliente.

Si haces una rectificación por este motivo, hay que enviar al cliente erroneo dos facturas, la original y rectificativa. Y si el cliente no se había enterado de nada no creo que le haga mucha gracia.

Pero Bueno cada uno es su programa hace lo que cree conveniente.
Hola keys, a lo que me refiero es que si envías a TicketBAI la anulación de la factura 25, después no puedes reutilizar el número 25. Entonces en tu registro de ventas, registro de facturación o registro de IVA (como quieras llamarlo) tienes un hueco porque la factura 25 no está (o se encuentra "marcada" como anulada), y esto es un "invento informático" que no está reflejado en la normativa de facturación, que como sabemos exige que la numeración de las facturas sea correlativa.

En el caso que comentas, si has hecho una factura a un cliente erróneo que has enviado a TicketBAI, vuelves a hacer otra rectificativa al mismo cliente erróneo en negativo. Ambas se envían a TicketBAI, no al cliente claro...
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  #3  
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Hola keys, a lo que me refiero es que si envías a TicketBAI la anulación de la factura 25, después no puedes reutilizar el número 25. Entonces en tu registro de ventas, registro de facturación o registro de IVA (como quieras llamarlo) tienes un hueco porque la factura 25 no está (o se encuentra "marcada" como anulada), y esto es un "invento informático" que no está reflejado en la normativa de facturación, que como sabemos exige que la numeración de las facturas sea correlativa.

En el caso que comentas, si has hecho una factura a un cliente erróneo que has enviado a TicketBAI, vuelves a hacer otra rectificativa al mismo cliente erróneo en negativo. Ambas se envían a TicketBAI, no al cliente claro...
Pero si has emitido esas dos facturas se las tienes que enviar al cliente. Ya que tu las declaras pero el cliente no.
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  #4  
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Pero si has emitido esas dos facturas se las tienes que enviar al cliente. Ya que tu las declaras pero el cliente no.
El montante es 0.

Factura de cargo de +100, rectificativa de -100 => cero, la operación no aparecerá a efectos del 303, 390, 347...

Cumplimos con el reglamento de facturación, con TicketBAI, con el SII, la contabilidad cuadra y todos somos razonablemente felices
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  #5  
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Yo creo que si generas una factura errónea y para corregirla generas una rectificativa, aunque el resultado sea 0 debes enviarla al cliente. Eso es lo "raro" frente a anular como comenta keys.

Pensad que habrá un momento en que todas las facturas, tanto de emisor como de receptor, tendrán que ser enviadas (y es de suponer que la hacienda correspondiente las cruzará).

El cliente estará recibiendo una factura errónea, una rectificativa de la factura errónea y además le estará obligando a introducirlas ambas en su sistema (y a enviarlas -en un futuro-) puesto que son facturas que están registradas en la administración por el emisor.

No se si me explico...

De todas formas son casos muy puntuales, a no ser que alguien se equivoque mucho generando facturas. Cosa que a lo mejor es sospechosa por otros temas...
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  #6  
Antiguo 18-02-2022
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Yo creo que si generas una factura errónea y para corregirla generas una rectificativa, aunque el resultado sea 0 debes enviarla al cliente. Eso es lo "raro" frente a anular como comenta keys.

Pensad que habrá un momento en que todas las facturas, tanto de emisor como de receptor, tendrán que ser enviadas (y es de suponer que la hacienda correspondiente las cruzará).

El cliente estará recibiendo una factura errónea, una rectificativa de la factura errónea y además le estará obligando a introducirlas ambas en su sistema (y a enviarlas -en un futuro-) puesto que son facturas que están registradas en la administración por el emisor.

No se si me explico...

De todas formas son casos muy puntuales, a no ser que alguien se equivoque mucho generando facturas. Cosa que a lo mejor es sospechosa por otros temas...
Gracias por vuestra respuesta.

Desde mi humilde punto de vista, es más transparente y trazable las facturas de cargo y abono, aunque quede "raro" no enviarlas al cliente. Pero hay que admitir que también es "raro" y sospechoso la existencia de huecos o "facturas marcadas como anuladas" ...

Hoy en día, con la normativa vigente, ante una inspección tributaria, prefiero no tener que justificar huecos en la numeración de facturas de venta...
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  #7  
Antiguo 18-02-2022
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Gracias por vuestra respuesta.

Desde mi humilde punto de vista, es más transparente y trazable las facturas de cargo y abono, aunque quede "raro" no enviarlas al cliente. Pero hay que admitir que también es "raro" y sospechoso la existencia de huecos o "facturas marcadas como anuladas" ...

Hoy en día, con la normativa vigente, ante una inspección tributaria, prefiero no tener que justificar huecos en la numeración de facturas de venta...
Yo por ejemplo emito facturas sustitutivas de las simplificadas, si el vendedor se equivoca(que pasa muy a menudo) ANULO la sustitutiva y libero las simplificadas para hacer una nueva sustitutiva, en este caso la anulación es lo más rápido y transparente, se vé claro que ha habido un error.
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  #8  
Antiguo 03-03-2022
FranAza FranAza is offline
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FranAza Va por buen camino
Contabilización facturas anuladas

Buenas,

No sé si vuestros sistemas tienen procesos de traspasos (enlaces) contables de facturas a otros softwares de contabilidad.
En estos procesos de traspasos contables de las facturas de ventas nos surgen varias dudas con respecto a las facturas anuladas con el sistema TBAI.


*Cuando se hace el traspaso contable desde la gestión de aquellas facturas pendientes de traspasar, si nos encontramos con una FACTURA ANULADA TBAI:

- ¿Hay que meterla en el enlace? un sólo asiento? dos asientos (uno contrario del otro) para evitar "huecos"?
- ¿No se debe considerar? Entonces existiría un número de factura en contab. que se "salta": --> "hueco"
- ¿Simplemente considerar en la gestión las fac.anuladas como "no traspasables" a contab.?

*Otro caso que nos genera dudas es el siguiente:

Una factura normal previamente contabilizada (ya traspasada a contab.) y que posteriormente se ANULA en la gestión con el sistema TBAI.
¿Cómo actuar?
- Impedir en la gestión que el usuario pueda "anular" facturas ya contabilizadas?
- Permitir hacerlo, y que se resuelva de forma manual en la contabilidad?
- No hacer nada?

Bueno, no se si alguno se ha planteado estas cosas, pero si quereis compartir soluciones....

Saludos
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  #9  
Antiguo 18-02-2022
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Factura de cargo de +100, rectificativa de -100 => cero, la operación no aparecerá a efectos del 303, 390, 347...

Cumplimos con el reglamento de facturación, con TicketBAI, con el SII, la contabilidad cuadra y todos somos razonablemente felices
Como ya he dicho tu declaras la operación como emitida en Batuz, SII, Libros de facturas emitidas. Pero el cliente no lo declara como recibida en Batuz, SII, Libro de facturas recibidas. Problema

Como dice el compañero las anulaciones son casos puntales o el usuario es un cazurro.
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  #10  
Antiguo 18-02-2022
nuevo1234 nuevo1234 is offline
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nuevo1234 Va por buen camino
Probar los servicios de TicKetBai con Soap UI

Hola,

Sabéis si se pueden probar los servicios web de ticket bai con el Soap UI??

Yo probaba los servicios web soap a partir de un wsdl, pero en los servicios rest parece que no existe. Y no sé si se puede hacer con el Soap UI para los servicios web.

Si tenéis algún enlace de cómo hacerlo os lo agradezco.

Gracias
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