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#1
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Cita:
Ok. Pero la duda que tengo es para este caso: Tenemos 3 facturas A,B,C. Se genera el xml de A, obtenemos el qr y el signature value para introducirlo en B e imprimimos Se genera el xml de B, obtenemos el qr y el signature value para introducirlo en C e imprimimos Se genera el xml de C, obtenemos el qr y el signature value para introducirlo en ... e imprimimos El proceso de validación en TBai nos rechaza el fichero de B y no se registra en TBai (no porque no le gusten los datos si no porque hay un error en la estructura, por ejemplo) cuando ya hemos impreso C y encadenado con signature value de B. En este caso C estaría encadenando con un fichero que nunca se ha registrado en TBai y el impreso de B tendría un qr que no apuntaría a una url válida. No se si esto es correcto así y hay una forma de corregirlo posteriormente pero pienso que habría que evitarlo, también para evitar posibles explotaciones maliciosas de este error. |
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#2
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Cita:
El encadenamiento de los XML de facturas es algo que tienes que hacer tú a medida que las vas emitiendo. Es independiente de que Hacienda después, cuando se las envíes, considere que alguna de ellas no está correcta. Tú las tienes encadenadas y eso es lo importante. Puede ser que se te caiga la conexión a Internet, que los servicios de Hacienda Foral no funcionen o que la emisión sea en Bizkaia (normativa Batuz que puede admitir que las facturas se envíen varios meses después de su emisión). Da igual: tú las tienes numeradas consecutivamente, firmadas y encadenadas. Si después, cuando consigas enviarlas a Hacienda, te dice que alguna (o todas) tienen errores tienes diversas vías para corregir esos errores sin necesidad de volver a enviar. (Por ejemplo, en Bizkaia, en el capítulo 1.2 del LROE. O en Gipuzkoa o Alava mediante el servicio Zuzendu). Pero, en cualquier caso, la emisión de la factura (y su encadenamiento) y la obtención de los códigos TBAI y QR son temas de tu aplicación de facturación e independientes del posterior envío y aceptación (o no) por parte de Hacienda. Para corregir los errores, después, ya hay otras vías, pero la factura emitida firmada y encadenada es cosa tuya y no se debe poder borrar ni alterar en ningún caso (Nueva Ley General Tributaria Antifraude) Saludos |
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