![]() |
![]() |
| Paypal | FTP | CCD | Buscar | Trucos | Trabajo | Foros |
|
|||||||
| Registrarse | FAQ | Miembros | Calendario | Guía de estilo | Buscar | Temas de Hoy | Marcar Foros Como Leídos |
|
|
Herramientas | Buscar en Tema | Desplegado |
|
#11
|
|||
|
|||
|
Cita:
MI CONSULTA Buenos días. Varios compañeros de desarrollo han realizado consultas a este buzón referidas a la posibilidad de modificar facturas emitidas por errores de facturación, precios erróneos, cuotas mal calculadas, etc, mediante la emisión de un registro de subsanación. Y no sólo eso, han consultado la posibilidad de emitir tantos registros de subsanación como errores se hayan ido produciendo en la factura, y la respuesta vuestra ha sido que Sí, que se puede utilizar este método para corregir facturas. O sea, que teniendo la obligación de emitir una factura rectificativa, cuando está dentro de los supuestos de rectificación citados en la Ley 1619/2012 del 30 noviembre por el que se aprueba Reglamento que regulan las obligaciones de facturación, ustedes permiten la emisión de un registro de subsanación para corregir una factura que entra dentro de los supuestos de rectificación ?? Me gustaría que aclararán este extremo porque en los ámbitos de desarrollo de software donde confluyen muchos equipos de programación que colaboramos para llevar a buen puerto este desarrollo de Verifactu, existe cierta perplejidad al no tener claro cómo debemos actuar. Gracias por su tiempo. RESPUESTA Buenos días: Cuando sea necesario subsanar la información que contiene un registro de facturación que ha sido enviado y con estado “Aceptado” o “AceptadoConErrores” por la AEAT, siempre y cuando no se trate de una causa que exija la emisión de una factura rectificativa (u otro mecanismo contemplado en el Reglamento de Facturación) ni se anule la factura, se deberá generar un nuevo registro (“de subsanación”), ya con los datos completos y correctos, que será remitido dentro de un nuevo fichero o mensaje de envío a la AEAT. En consultas anteriores no se nos mencionaba que fueran casos concretos que exijan la emisión de una factura rectificativa. Aun así le confirmamos que será siempre y cuando no se trate de una causa que exija la emisión de una factura rectificativa. Tal y como indica la documentación y en concreto el documento "Documento de descripción de servicios web (v0.3.1) - Borrador" donde se detallan las altas por subsanación "8.1.2. Subsanación del registro de facturación.". Lamentamos si ha podido producirse algún malentendido al respecto. Atentamente, Atención al Usuario Departamento de Informática Tributaria Email: [email protected] |
| Herramientas | Buscar en Tema |
| Desplegado | |
|
|
Temas Similares
|
||||
| Tema | Autor | Foro | Respuestas | Último mensaje |
| Hijo de Informáticos | gluglu | Humor | 3 | 13-03-2007 11:05:35 |
| Adictos informaticos ... | Trigger | Humor | 2 | 11-10-2004 12:18:32 |
| Nosotros los Informáticos | Trigger | Humor | 1 | 10-10-2004 14:58:09 |
| Patrón de los Informáticos. | obiwuan | Varios | 20 | 10-09-2003 14:44:54 |
| Chistes Informaticos | jhonny | Humor | 2 | 11-08-2003 21:59:09 |
|