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#1
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Cita:
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#2
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Cita:
Entonces , lo mejor es crear 2 visualizaciones una con la numeracion de Proforma , por ejemplo y otra con la numeracion final asignada a la misma puesto que el modulo de vista previa, es el mismo que permite imprimir y exportar la factura. |
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#3
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No estoy contestando a la pregunta inicial, pero... no estoy seguro que usar la función de auto-numeración siga una buena idea.
Sobre todo, porqué haciéndolo de esta manera, solo puedes tener una única serie de facturas. Y me temo que esto no es sostenible (por lo menos, las facturas rectificativas deben ir en su propia serie). |
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#4
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Hola, he leído en un post anterior que un albarán no se puede modificar una vez enviado o impreso.
Es la primera vez que oigo eso, lo mismo está en alguna normativa que desconozco, me ggustaría saber la referencia a esa norma. Por que no me cuadranpor lógica, no digo que no sea así, pero un albarán carece de valor tributario hasta que sea convertido y emitida la factura, entonces si ya se queda bloqueado. Una cosa es que el albarán o nota de entrega sirva de justificante de la entrega de mercancía, pero en la mayoría de las empresas hay correcciones posteriores, normalmente por errores detectados posteriormente por el receptor y entonces se produce un acuerdo mutuo. Es raro que se aplique a un albarán las mismas restricciones que una factura después de su emisión, aunque no lo descarto, ya sé que para una trazabilidad es mejor emitir las correcciones en albaranes nuevos, pero el 99,99% lo hace sobre el mismo albarán. |
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#5
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Modificar albarán (note de entrega)
Cita:
Sería muy jugoso que un albarán o nota de entrega con el logotipo y datos de la empresa y firmado por repartidor o cliente final se modificase a posteriori y por alguna razón terminase en algún escritorio y por casualidad terminase en manos de la AEAT. Se divertirían mucho en la Agencia Tributaria. Me consta que mucha gente los modifica, ¿ y ? Cada cual debe pensar en sus responsabilidades. Mientras el allbarán está creándose y no se cierra se puede modificar. Una vez cerrado y expedido no. Dentro de un año habrá que formalizar un contrato con los clientes indicando por parte del desarrollador que el sistema "cumple normas". No sé a otros, a mí me parece peligroso no cumplirlas y mas sabiendo que dicho contrato hace responsable al fabricante del soft. De todos modos esto no es un foro de fiscalidad ni de derecho mercantil. Cada cual puede hacer lo que quiera en su casa. Seguro que lo hace bien. Un saludo. |
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#6
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mas detalles
Cita:
La legalidad de un albarán no comienza en la factura. Comienza una vez se hace la entrega del material o mercaderías. Es válido e imprescindible inclusive en el transporte de mercancías. Creo que la DGT se fija mucho en ellos. Jejeje. Inclusive las reservas de material (pedidos) son considerados por la AEAT como contratos vinculantes. En fin, no es mi tema ni tengo tiempo para explayarme. He de ganarme las habichuelas. Salu2. |
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#7
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Cita:
Sobre la dgt en el transporte de mercancías (paking list), efectivamente es obligatorio pero sólo cuando el transporte es en otras zonas, esto es, transportes internacionales y otras provincias. La aeat se divierte con cualquier dato, incluso con wl pedido inicial, pero nada de eso es vinculante para tomar acciones de ningun tipo si no hay una justificación demostrable, cambiar los albaranes sin mala fe no es reprochable que yo sepa. Última edición por ermendalenda fecha: 27-06-2024 a las 18:23:08. |
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#8
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Cita:
Ademas lo que se me ha ocurrido en mi caso es crear una tabla de la base de datos unica para el encadenamiento de hash del verifactu, como solo puedo trabajar con un tipo de factura a la vez, puesto que no dejo ejecutar dos instancias del programa al mismo tiemo, no hay problema, al acabar la factura se encadena con la anterior que esta indizada en la tabla de verifactu, indistintamente del tipo de factura que fuera. |
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