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#1
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Cita:
Efectivamente, en VERIFACTU parece que será como en TICKETBAI: anular una factura impide que pueda volver a utilizarse ese número de factura. La factura existe, aunque ya no tiene valor contable ni fiscal. Saludos |
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#2
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Cita:
Porque me imagino el marron de una persona, que ha pedido explicitamente dejar de tener relacion con nosotros(Caso admitido por la ley de proteccion de datos), pero no hemos anulado la ficha del cliente, por estar en los 5 años que exigen que la mantengamos, y recibe una factura a su nombre, los abogados se ganarian el jornal, seguro. |
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#3
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Cita:
Eso es lo que creo: - Si no se le ha enviado, ya no se le envía porque está anulada. - Si ya se le había pasado la factura al cliente, habría que informarle que la factura está anulada. (Nosotros lo que hacemos, en este caso, es sacar de nuevo el PDF de la factura anulada con el texto cruzado, en letras grandes, "ANULADA") Saludos |
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#4
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Cita:
Que en la base de datos de hacienda aparezca una factura anulada y por otro lado la factura declarada por el cliente te puedes meter en un bonito lio. Uno dr los problemas del reglamento de facturación es que no está adaptado a la realidad y que parten de la base de que es en papel para algunas cosas y antes bastaba que el cliente te devolviera la factura Última edición por ermendalenda fecha: 19-09-2024 a las 14:44:11. |
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#5
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Cita:
O por lo menos eso entiendo yo despues de tanta vuelta. |
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#6
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Cita:
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#7
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Coño el de las tostadas terreras... ;-), si la verdad es que se esta complicando la cosa, cosa mala, habra que ver como evoluciona el tema , como comentais vosotros, menos mal que personalmente, no entregare una factura sin revisar hasta el fondo del water...
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#8
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Cita:
Del punto de vista del RGPD, no hay problema: hay una ley que te obliga a conservar los datos de este cliente durante estos 4 años enteros más las prolongaciones en caso de investigaciones; y el RGPD no pasa por encima de la LGT; por tanto no hay ninguna falta por tener su nombre en tu sistema; y es posible que aparezcan en una factura emitida por error y debidamente anulada. Si el cliente se queja por qué a él le parece que deberían estar físicamente borrados, lo siento por el cliente pero no tiene la razón legalmente (otra cosa es que comercialmente siga muy poco hábil enviarle tal factura). Lo que si es posible «comercialmente» es avisar al cliente de antemano que al establecer una relación contigo, sus datos personales serán guardados en tu sistema en los términos y plazos que la ley establece; es decir, 5 años después de la última factura. Ahora bien, deben ser estrictamente los datos requeridos por la LGT, nada más, y el plazo se debe cumplir correctamente... pero es otro tema. |
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