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  #1  
Antiguo 24-09-2024
Sistel Sistel is offline
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Registrado: nov 2019
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Posts: 484
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Sistel Va por buen camino
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Empezado por rfernandez Ver Mensaje
Muy buenas a tod@s,

Antes de nada felicitaros por la labor tan brutal que estáis haciendo entre todos, y aquí que me sumo con dudas y aportando lo que pueda y más.

Comentaros por si es de interes, entiendo que ya es conocido, que ayer hicimos la consulta a la administración y aunque la ley entra en vigor el día 5 de diciembre no es de cumplimiento obligatorio 'hasta' el 1 de julio del 2025.
Por lo que hace referencia a la plataforma de pruebas, como sabéis, aún no está disponible, nos han dicho que este mes estaría pero llevan dando largas mucho tiempo.

Una de las miles de dudas que tenemos es en comercios como hostelería donde se generan muchos y muchos tiquets, facturas simplificadas, como estas se deben reportar a Verifactu.
En nuestro soft al final del día, o bien a petición del usuario, se hace un fin de día donde a parte de otros procesos se genera una factura de resumen donde se incluyen todas las ventas 'anónimas' que es la factura que actualmente se está reportando al gestor para temas de declaraciones de IVA.
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Gracias por adelantado y aportaremos todo aquello que podamos a la comunidad.
Saludos,
Hola,

Sí. El proceso en TPVs de comercios y hostelería que generan muchos tickets de venta es problemático.
Nosotros estamos dando servicio a cerca de 300 TPVs (principalmente de bazares, bares, cafeterías y restaurantes) en el País Vasco que, como sabrás, utiliza, desde hace tiempo, TicketBAI, que es muy similar a lo que se va a implantar, proximamente, para toda España, con Verifactu.
(Por supuesto, va a existir la modalidad No-Verifactu, pero dada su complejidad y los peligros que entraña, mi consejo es olvidarse de esa modalidad, en el caso de TPVs de pequeño comercio y hostelería, y centrarse en la modalidad Verifactu)

Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.

Para lo que podamos ayudarte, por aquí tienes, en este foro, a un buen grupo de colegas dispuestos a ayudarte con tus dudas.

Saludos y Bienvenido.
  #2  
Antiguo 24-09-2024
rfernandez rfernandez is offline
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Registrado: ago 2003
Posts: 70
Poder: 24
rfernandez Va por buen camino
Mil gracias por tu, vuestro, ofrecimiento.

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Empezado por Sistel Ver Mensaje
Hola,

Sí. El proceso en TPVs de comercios y hostelería que generan muchos tickets de venta es problemático.
Nosotros estamos dando servicio a cerca de 300 TPVs (principalmente de bazares, bares, cafeterías y restaurantes) en el País Vasco que, como sabrás, utiliza, desde hace tiempo, TicketBAI, que es muy similar a lo que se va a implantar, proximamente, para toda España, con Verifactu.
(Por supuesto, va a existir la modalidad No-Verifactu, pero dada su complejidad y los peligros que entraña, mi consejo es olvidarse de esa modalidad, en el caso de TPVs de pequeño comercio y hostelería, y centrarse en la modalidad Verifactu)

Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.

Para lo que podamos ayudarte, por aquí tienes, en este foro, a un buen grupo de colegas dispuestos a ayudarte con tus dudas.

Saludos y Bienvenido.
  #3  
Antiguo 24-09-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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Registrado: ago 2021
Posts: 2.766
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ermendalenda Va por buen camino
Sustitutivas

Buenas
Me contestan de la asesoría lo que pensáis.
Una factura sustitutiva no tiene limite de importe, pero ojo, la sustitutiva de varios tiquets que sumen en el mismo día más de 1000euros en efectivo, sí que puede ser un problema, ya que están en el mismo cliente, y aunque la normativa no está muy clara al respecto, o sea, estoy haciendo varios tiquets de menos de mil euros, puede ser objeto de un requerimiento, pero para ello también tiene que cruzar la forma de pago, que no la mandamos a verifactu, pero ante un requerimiento antes de que salga verifactu piden los tiquets, y ahí si puede salir el problema.
  #4  
Antiguo 24-09-2024
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bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va camino a la fama
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Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Buenas
Me contestan de la asesoría lo que pensáis.
Una factura sustitutiva no tiene limite de importe, pero ojo, la sustitutiva de varios tiquets que sumen en el mismo día más de 1000euros en efectivo, sí que puede ser un problema, ya que están en el mismo cliente, y aunque la normativa no está muy clara al respecto, o sea, estoy haciendo varios tiquets de menos de mil euros, puede ser objeto de un requerimiento, pero para ello también tiene que cruzar la forma de pago, que no la mandamos a verifactu, pero ante un requerimiento antes de que salga verifactu piden los tiquets, y ahí si puede salir el problema.
Una cosa a colacion, yo personalmente , en prevision a la "Obligatoriedad" futura de implementar las facturas electronicas entre Empresas/Autonomos y seguramente en un futuro todas, aprobechando que estoy remodelando mi programa de facturacion, he añadido la forma de pago, obligaroria, asi lo tengo ya añadido por lo que haga falta, asi como siempre incluyo una casilla en la que indico si la factura es de "Venta, Reparacion,Abono, etc, por si acaso, nunca se guardan bastantes registros...


Otra cosa, hasta ahora las cuotas de itv, las incluia a final de factura , sin añadirle iva ni nada, como "Cobrada a nombre de cliente", por no desglosar porque a la cuaota de trafico no se le deve añadir IVA.
Sabeis como lo tendria que incluir ahora en verifactu y en las futuras facturas electronicas?, Gracias como siempre por vuestras respuestas.
  #5  
Antiguo 24-09-2024
antoine0 antoine0 is offline
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antoine0 Va por buen camino
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Empezado por bmfranky Ver Mensaje
Otra cosa, hasta ahora las cuotas de itv, las incluia a final de factura , sin añadirle iva ni nada, como "Cobrada a nombre de cliente", por no desglosar porque a la cuaota de trafico no se le deve añadir IVA.
Sabeis como lo tendria que incluir ahora en verifactu y en las futuras facturas electronicas?, Gracias como siempre por vuestras respuestas.
Si no estoy equivocada (no conozco nada a las ITVs), estos "cobrado a nombre del cliente" son suplidos. Si es así, no entran en la base imponible de la factura (art. 78. Tres. 3º Ley 37/1992, y de aquí no soportan IVA), y no hay que reportarlos a Hacienda. Pero se supone que se debe entregar al cliente, junto con tu factura, el justificante del pago que has realizado en nombre de tu cliente.

Respecto de las facturas electrónicas, es una muy buena pregunta. Aprovecho que no es el foro adecuado para no contestar
  #6  
Antiguo 24-09-2024
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bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va camino a la fama
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Empezado por antoine0 Ver Mensaje
Si no estoy equivocada (no conozco nada a las ITVs), estos "cobrado a nombre del cliente" son suplidos. Si es así, no entran en la base imponible de la factura (art. 78. Tres. 3º Ley 37/1992, y de aquí no soportan IVA), y no hay que reportarlos a Hacienda. Pero se supone que se debe entregar al cliente, junto con tu factura, el justificante del pago que has realizado en nombre de tu cliente.

Respecto de las facturas electrónicas, es una muy buena pregunta. Aprovecho que no es el foro adecuado para no contestar
Si, la copia que te da la itv del pago, va a nombre del cliente siempre, yo no lo incluiria en la factura, pero luego el pago si lo hacen con tarjeta o transferencia no cuadra, por eso lo apunto en la factura, de ahi preguntar como , puesto que como exento de IVA, no creo, o no se que clase de exencion apñlicar.
  #7  
Antiguo 25-09-2024
Avatar de Neftali [Germán.Estévez]
Neftali [Germán.Estévez] Neftali [Germán.Estévez] is offline
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La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.
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Empezado por Sistel Ver Mensaje
Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.
Una puntualización a lo que dice [sistel] y podemos comentarlo si estoy equivocado.
Como bien dice, los tickets se tratan a nivel Individual, cada uno con su QR y su registro de facturación, pero el envío puede ser agrupado (o eso creo yo). Es decir, puedes hacer un envío de n Registros de facturación juntos.

Es más, hay que tener el sistema previsto para hacerlo así, porque la AEAT tiene previsto que en momentos de saturación, te puedan obligar a esperar "t" segundos o que el envio tenga como mínimo "n" registros.

Concretamente el esquema de funcionamiento segun la documentación es este:

2. Los sistemas informáticos «VERI*FACTU» deberán implementar un mecanismo de control de flujo basado en el tiempo de espera entre envíos, el cual tomará inicialmente el valor de 60 segundos, y en el número máximo de registros admitidos en cada envío.
Los mensajes de respuesta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria informarán sobre el valor de este parámetro, el cual deberá ser tenido en cuenta para el siguiente envío.


El número máximo de registros a remitir en cada envío queda determinado por el diseño de registro incluido en el apartado 2.2 del anexo.

El funcionamiento será el siguiente:
a) El sistema informático realiza el envío del primer conjunto de registros de facturación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) La Agencia Estatal de Administración Tributaria devuelve, entre otros datos, un valor actualizado del parámetro de tiempo de espera «t» entre envíos.
c) Para poder realizar el siguiente envío, el sistema informático deberá esperar a que transcurran «t» segundos desde el anterior envío o deberá esperar a tener acumulados un número de registros de facturación igual al límite establecido en el diseño de registro para cada envío, la circunstancia que ocurra primero.
d) El sistema informático realiza un nuevo envío cumpliendo con lo establecido en la letra c). En la respuesta puede recibir una nueva actualización del valor del parámetro «t»



Es decir, puede decidir enviar registros de forma individual (nosotros lo hacemos así porque nuestras empresas no generan tickets y el volumen ens más pequeño), pero también puedes hacer envíos agrupados de hasta 1000 registros. Y aunque nosotros no lo hagamos, nuestro sistema debe estar preparado par ello.


En este documento lo tienes todo explicado:
https://terawiki.clubdelphi.com/Otro...Web_v0.3.0.pdf

6.3.1.1.Mecanismo de control de flujo.

6.4.2. Respuesta de alta y anulación de registros de facturación.
Todos los registros de facturación de la remisión tienen estado “Correcto”.
Ya asume que puedes enviar N registros en un envío de Alta o Anulación

3.Esquema general de funcionamiento.
...
El número máximo de registros por envío es de 1.000.
La unidad de información, representada por un registro de facturación, podrá ser
aceptada, rechazada o aceptada con errores, consecuencia de las validaciones que se
realizan en el momento de la remisión.
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