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#1
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Sí existe el concepto de Factura Anulada, puedes leerte esta consulta vinculante de DGT, https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0611-11
Lo que ocurre es que el reglamento no contempla la anulación de una factura como "la rompo, la desaparezco y ya está". Como puedes ver en la consulta, cuando no cabe emitir una factura rectificativa para deshacer el entuerto de una factura anterior, por ejemplo, te equivocaste en el destinatario o la operación nunca se llegó a realizar, lo suyo es emitir una factura de abono con signo contrario que Anula dicha factura ya que la suma de ambas será cero. En Verifactu, puedes simular esta operación con la simple emisión de un registro de anulación sin tener que emitir una factura de abono. ¿ Cómo gestionas en tu SIF ese documento anulado ? Pues no debe desaparecer, o lo marcas como anulado y toda tu lógica de informes se salta este tipo de documentos o pones sus líneas con cantidades a cero para que su gestión sea más fácil. En mi caso, mantengo una "instantánea" de cómo era esa factura antes de poner sus cantidades a cero. Particularmente, yo sólo anularía aquellas operaciones donde me doy cuenta de inmediato que he cometido un error. Facturas que llevan tiempo emitidas aplicaría la emisión de una factura de abono |
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#2
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Buenas.
Pongo la respuesta que me dieron desde VeriFactu a una consulta sobre la posible anulación/rectificación de facturas: Cita:
A mi en particular no me gusta dejar al criterio del usuario la posibilidad de que la factura se haya entregado o no porque puede dar lugar a "pirulas" y que haya por ahí rulando una factura que en teoría debería de estar anulada por lo que no doy esa opción en mi programa. Lo que he hecho es un proceso en el que una factura puedes rectificarla por sustitución generando una nueva factura en otra serie distinta y la factura original "desaparece" del registro de facturas emitidas y la paso a un registro de facturas "sustituidas" por si hay que consultarla. Saludos.
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Be water my friend. |
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#3
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Cita:
![]() Cita:
Muchas gracias |
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#4
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Cita:
No, directamente la elimino de los registros de facturas y la paso a una tabla de facturas sustituidas. Igual sería mejor dejarla a cero aparte de pasarla al otro lado pero he optado por esa opción. Saludos.
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Be water my friend. |
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#5
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Pero no se debería eliminar las facturas, si se supone que una factura una vez generada no se puede tocar, supongo que menos eliminar, además que habrían huecos. Nosotros no tenemos opción en el programa de anular una factura de momento, porque si hay que hacer que desaparezca de toda la contabilidad (listados, procesos, modelos, ...) pero fisicamente debe seguir existiendo es trabajo que de momento no esta en prioridad por lo visto.
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#6
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Cita:
Bueno, técnicamente no la anulo, la sustituyo por otra y esa sustitución implica moverla a otra tabla en la que está controlada. No sé si será la mejor opción pero es lo mejor que se me ha ocurrido para seguir teniendo una copia íntegra de la factura y que no esté "mareando" por el registro de facturas emitidas. Podría marcarla como anulada pero eso implicaría retocar decenas de informes para ignorar estas facturas anuladas, controlar el tema de las existencias.... un lío. Al tenerla en una tabla distinta esos problemas me los evito y en caso necesario se puede tirar de informe para hacer comprobaciones. Saludos.
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Be water my friend. |
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#7
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Buenas, yo en mi caso, desde que entró en vigor el tema de la ley antifraude bajo ningún concepto dejo manipular ni borrar una factura una vez emitida.
De hecho, cualquier intento de grabación en una factura emitida (de los campos que afectan a Verifactu) aparte de estar bloqueado, grabarían un log con un intento de grabación. Para anular una factura que he emitido por error, es tan sencillo como generar una factura negativa, que anula a la original y genera el registro de anulación correspondiente para Verifactu. La factura original sigue existiendo, pero al tener una factura de abono asociada queda anulada a todos los efectos. |
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#8
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Cita:
Muchas gracias sglorka, ya había visto algunas menciones referentes a anular factura en otras consultas vinculantes pero lo que buscaba era una "definición" mas detallada en el BOE o en la web de AEAT, por ejemplo. De todas formas muchas gracias por tus respuestas, que siempre son de gran ayuda. En la consulta vinculante que citas, hacen una factura normal en negativo, un abono, sin ser rectificativa. pero la primera queda tal cual, solo que una resta la otra y se anulan. Me falta acabar de enlazar en mi cabeza ese concepto con el de registro de anulación de Veri*Factu Me gusta la parte que comentas Cita:
Cita:
Muchas gracias |
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