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#1
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sglorka coincido contigo, busco la opción que menos problemas de, crear registros negativos para anular es lo que mas me gusta, queda trazabilidad de lo hecho, las suma de los registros coincide con las ventas, etc, tienes toda la razón en que es lo más cómodo y lo más limpio, pero la idea es que ninguno de los usuarios de la aplicación tenga problemas en el futuro, y cuando digo problemas también me refiero también a exceso de preguntas por parte de Hacienda en una posible inspección.
No entiendo a quien se le ocurrió crear la figura de la F3, como se se ha dicho muchas veces en este foro, los abonos de toda la vida cubrían perfectamente las necesidades, pero insisto, estén bien o estén "mal" están, hay que lidiar con ellas, y la duda es si esquivarlas (no usar F3) es completamente legal y no dará problemas en el futuro. Seguiremos indagando. |
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#2
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¿Cuál es el proceso que hay que hacer si una factura tiene que ser modificada por error en un precio?
No lo tengo nada claro. |
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#3
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Tendrás que emitir una rectificativa (ya si quieres hacerla por diferencias o por sustitucion, como veas) con los datos correctos.
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La religión es personal e intransferible. |
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#4
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Entonces para cada pequeño cambio, hay que emitir una factura rectificativa?
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#5
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He leído que la identificación de las facturas rectificadas es opcional, luego no es necesario indicar que factura rectificas. ¿es correcto o luego traerá problemas?
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#6
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Yo tampoco lo entiendo pero sí, es correcto.
Cita:
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La religión es personal e intransferible. |
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#7
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Cita:
En principio hay que rectificar si cambia cualquiera de los datos "clave" de la factura, o sea, casi cualquier cosa. Hablamos de cambios en fecha, cif, importe... Por otro lado creo que es bastante conveniente (si no obligatorio) hacer referencia a la factura que rectifica para que, en caso de inspección, puedas llevar la trazabilidad de la factura. Saludos.
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Be water my friend. |
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