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#1
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Cita:
El tema de encadenamientos, es por cada SIF,/CIF ,usted tiene 2 SIF, el propio y el de hacienda, cada uno con su encadenamiento independiente y su numeracion, no incumple de ningun modo la ley, lo que ha de tener en cuenta es no repetir , los numeros de serie/documento, de lo contrario le respondera con un bonito "Registro Duplicado"... Por ejemplo emitir todas las facturas normales con mi sif, y todas las REctificativas con el suyo, que estoy incumpliendo?, lo unico seria la forma de marcar en el otro por ejemplo, que ya he abonado algo/alguna factura, que es donde podria darme dolor de cabeza... *Aqui si que te doy la razon, pero lo que estas diciendo es que cumple verifactu, en todos los documentos que puedo crear, no permito crear ningun documento fuera de la norma, osea sin notificar, guardar....
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
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#2
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Cita:
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La religión es personal e intransferible. |
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#3
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Estoy pensando en poner algunos SIF que trabajen VeriFactu pero con la url de pruebas, al fin y al cabo seguirá siendo un programa de facturación que emite facturas tan legales fiscalmente como una factura no verificable aunque envíe a un entorno de pruebas. Quiero ver cómo va todo esto. Si hay algun problema, como estoy en entorno de pruebas, con dejar de enviar y seguir hasta solucionar el error o no escuchar las respuestas... no pasaría nada. El problema estaría en que si tengo que anular o modificar una factura, esto sí que no sería VeriFactu. Me refiero a que en un entorno de pruebas no puedo anular una factura y que sea legal al mismo tiempo
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#4
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Cita:
Yo en principio creo que el primer paso que haré será crear un servicio que genere los xml y los deje en cola para ver que lo hace correctamente, emulando un envio y actualizando los datos internamente. Ya luego lo haré en el de pruebas antes de meterme con el de producción cuando lo saquen. |
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#5
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aprobacion aplazamiento entrada en vigor
Buenas,El Consejo de Ministros aprobó ayer la ampliación del plazo, hasta 2026, para que los empresarios y profesionales adapten sus programas de facturación a las nuevas obligaciones en materia de factura electrónica y bla bla bla.
La expansion: https://www.expansion.com/economia/2...31d8b45b2.html |
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#6
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Me lo pasaron esta mañana pero no me queda claro nada. Estos dos parrafos me liaron de más. Parece que es a partir de Enero del 2026 cuando el software tiene que estar adaptado pero luego pone esto...
Con el retraso de su entrada en vigor, los fabricantes de software deberán ofrecer sus productos adaptados al nuevo reglamento a partir de septiembre. Hasta ahora, la fecha máxima para cumplir con esta obligación estaba fijada en el 1 de julio de 2025. El sistema Verifactu forma parte de la Ley Antifraude, y es diferente a la obligación que tendrán todas las empresas y profesionales de facturar por medios electrónicos y remitir los recibos de forma instantánea a Hacienda. En este caso, su entrada en vigor definitiva se alargará hasta 2027. |
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#7
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Yo creo que no hay ninguna novedad, simplemente se ha aprobado la intención de ampliarlo.
Sigue igual 1 de julio de este año tiene que estar adaptado y 1 de enero de 2026 obligacion de comenzar verifactu para las grandes y el resto para 6 meses despues |
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#8
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Cita:
por cierto para poner imágenes y enlaces tengo que solicitarlo o es al poner x pots?¿ |
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#9
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Cita:
Cita:
Hola, algunas informaciones que aparecen en el artículo de la expansión no se de donde salen, porque me parece que en el BOE no lo dice. Por ejemplo lo del septiembre no se de donde sale y lo del 2027 tampoco |
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#10
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Si alguien se entera cuando lo publican en el BOE que avise lo que sí ya está aprobado es por el consejo de ministros de ayer 1 de abril
https://www.lamoncloa.gob.es/consejo...s.aspx#factura |
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