![]() |
![]() |
| Paypal | FTP | CCD | Buscar | Trucos | Trabajo | Foros |
|
|||||||
| Registrarse | FAQ | Miembros | Calendario | Guía de estilo | Buscar | Temas de Hoy | Marcar Foros Como Leídos |
![]() |
|
|
Herramientas | Buscar en Tema | Desplegado |
|
|
|
#1
|
|||
|
|||
|
Yo a partir del 29 de julio, el que no esté con su mantenimiento y actualizado, no atiendo.
|
|
#2
|
|||
|
|||
|
Cita:
Y ese mantenimiento, actualizaciones, etc. se paga. Por el simple hecho de dar soporte, resolver dudas y que los clientes nos llamen a nosotros para cualquier problema que surja, incluso cuando sea problema de ellos, ya solo por eso se debería cobrar de más. Aquellos clientes que no tengan una versión reciente, ni tengan soporte, pues sintiéndolo mucho no podrán enviar a VeriFactu con nuestro software. Si tienen queja, que vayan a llorarle a los leones del Congreso. |
|
#3
|
|||
|
|||
|
En nuestro ERP hemos programado que no dejamos imprimir facturas si no tienen la ultima actualización publicada por nosotros
|
|
#4
|
|||
|
|||
|
Si son antiguas tienes que dejarlas imprimir hasta 4 años después. Nuevas no
|
|
#5
|
|||
|
|||
|
La duda que me sigue quedando a mí es,
a partir del 29 de julio, si se actualiza al cliente debe ser con todo lo de verifactu adaptado, eso ya ha quedado claro. Pero y si no se actualiza, estos pueden seguir utilizando el programa y sacando facturas de manera normal o todas las facturas que saque el cliente a partir de esa fecha debe de ser en sistemas que hayan adaptado ya Verifactu? Mucha confusión con este tema... |
|
#6
|
|||
|
|||
|
Cita:
Si está pagando mantenimiento tiene que estar adaptado Si compra uno nuevo a partir de esa fecha, tiene que estar adaptado. Si decide rescindir contratos de mantenimiento p tiene un software comprado que no paga mantenimiento puede seguir usándolo hasta el 31 de diciembre sin adaptarlo |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]()
__________________
Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
|
#8
|
|||
|
|||
|
Cita:
El software adquirido antes del 29 de julio se puede seguir usando hasta el 31 de diciembre para las sociedades y hasta el 30 de junio de 2026 para el resto. Lo que no podrá hacerse es comercializar un software no adaptado a VeriFactu después del 29 de julio. |
![]() |
| Herramientas | Buscar en Tema |
| Desplegado | |
|
|
Temas Similares
|
||||
| Tema | Autor | Foro | Respuestas | Último mensaje |
| Eventos NO VeriFactu | newtron | Envío de registros y sus respuestas | 23 | 10-03-2026 16:19:27 |
| Consulta QR Verifactu | JoseLeeTo | Envío de registros y sus respuestas | 11 | 02-12-2025 19:44:09 |
| Verifactu y Navarra | adolfogonza | General/Noticias | 29 | 23-09-2025 10:46:16 |
| Cumplir VeriFactu | xevi | General/Noticias | 2 | 04-11-2024 12:12:40 |
| verifactu | jguarda | Internet | 1 | 03-10-2024 17:48:17 |
|