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  #1  
Antiguo 16-05-2025
Jarogo08 Jarogo08 is offline
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Jarogo08 Va por buen camino
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Empezado por razorxxx Ver Mensaje
- Factura 1 no se puede marcar como finalizada o emitida por tener mal el NIF, por lo tanto no se registra ningún RF en el SIF y por tanto tampoco en AEAT. El destinatario debe cotejarse en el momento de finalizar la factura a no ser que ya haya sido cotejado antes. Es bueno que crees un campo llamemos "IDENTIFICADO" o algo así en tu tabla de clientes y aquel que ya haya sido cotejado lo marcas con una S por ejemplo.
- Factura R-1 tampoco la puedes registrar por la misma razón que lo anterior, por tanto tampoco se registra ningún RF en el SIF y por tanto tampoco en AEAT.
- Factura 2 no tiene sentido hacerla si las dos anteriores han fallado al finalizarse.

¿donde dice que no puedes crear una factura si el CIF es incorrecto? ¿puedes controlarlo, debes controlarlo o es obligatorio controlarlo?
¿que sentido tiene entonces que controlen por ejemplo el error 1123-El formato del NIF es incorrecto.?
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  #2  
Antiguo 16-05-2025
razorxxx razorxxx is offline
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razorxxx Va por buen camino
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¿donde dice que no puedes crear una factura si el CIF es incorrecto? ¿puedes controlarlo, debes controlarlo o es obligatorio controlarlo?
¿que sentido tiene entonces que controlen por ejemplo el error 1123-El formato del NIF es incorrecto.?
No lo dice en ningún sitio y por lo tanto no es obligatorio, pero es una manera de reducir errores a la mínima expresión, lo mismo que las validaciones del Documento de Validaciones de la AEAT. Si no las implementas, te arriesgas a que el RF se rechace, y el usuario tenga que hacer modificaciones a base de rectificativas, porque en el SIF estará generado el RF pero en la AEAT no. Es entonces cuando la casuística que planteabas se puede dar, ya veremos qué respuesta te dan los de verifactu.

En el caso del SII no había tanto problema con los errores de este tipo, porque ante un error podías corregir la factura en tu programa, anularla en la plataforma y volverla a subir, sin tener que lidiar con los RF.

Última edición por razorxxx fecha: 16-05-2025 a las 14:53:52.
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  #3  
Antiguo 18-05-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
de la FAQ:
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En el probable caso de que el RF generado de la “factura errónea” fuera rechazado por la AEAT (lo que podría servir para que el usua rio se percatara del error cometido), ese RF rechazado no figuraría jamás en los sistemas de la AEAT (aunque constaría un rechazo).
Aquí veo que segunlo que haya pasado, podrias hacer un registro de subsanación, pero ante la probabilidad de que ya se haya entregado al cliente, no deberian existir 2 facturas del mimos numero con diferentes CIFs, aunque uno fuera erroneo, en otro lugar de la faq, dice que las subsanaciones se realizaran si son datos que no figuran en la factura fisica
Cita:
Si los errores detectados tras la emisión NO están contemplados en el ROF, pero afectan a campos del registro de facturación ( RF) generado al emitir la
factura (que, digamos, “no se ven” en la factura impresa, es decir, son campos “internos”, como ciertas codificaciones tributarias), se debe corregir la factura
original (esos datos “internos” de la misma) y se debe generar un RF de alta de subsanación de esa factura donde conste ya la nueva información que proceda.
Estos casos deberían ser MUY POCO FRECUENTES.
El tema es que esta situación no la tienen bien cerrada, aquí os dejo como lo podeis plantear al correo de verifactu los interesados que no tengan bien cerrado lo de los clientes o esten preocupados que les pueda pasar:
-El problema radica en una factura que se ha emitido erroneamente con un CIF, erroneo o que dicho CIF ya no es valido, con lo cual nos encontramos:
1. Que, teoricamente, no se puede anular por que ya se ha enviado al cliente, a pesar de estar erroneo el cif,
2.No se puede subsanar por que son datos visibles y afectan al RF.
3.Se supone que hay una operativa definida para rectificar que es: un abono al cliente erroneo y una reemision al correcto
4.Si hacemos la operativa normal, abono y reemision, ahora tendriamos 2 registros, el inicial y el de abono, que no se pueden enviar por que vuelven a dar error, ni admiten subsanación, ni anulación.

¿Cual seria la operativa mas acertada?
Anulacion
Subsanacion
Abono y reemision (aunque no les llegue la original y el abono?)
....?





Pero por otro lado tenemos esto, con lo cual al final es subsanacion, vaya lio.
Cita:
Si el RF generado de la “factura errónea” fuera rechazado por la AEAT (lo que podría servir para que el usuario se percatara del error cometido), habría que corregir la factura original y generar un RF de alta de subsanación , sin registro
previo en la AEAT (ya que el RF “original” fue rechazado y no existe en la AEAT).
Por lo tanto, este RF de alta de subsanación deberá llevar una codificación
especial en ciertos campos ('Subsanacion' = "S" y 'RechazoPrevio'="X"),

Última edición por ermendalenda fecha: 18-05-2025 a las 08:02:18.
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  #4  
Antiguo 18-05-2025
sglorka sglorka is offline
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Ubicación: Tenerife
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sglorka Va por buen camino
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Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
de la FAQ:

Aquí veo que segunlo que haya pasado, podrias hacer un registro de subsanación, pero ante la probabilidad de que ya se haya entregado al cliente, no deberian existir 2 facturas del mimos numero con diferentes CIFs, aunque uno fuera erroneo, en otro lugar de la faq, dice que las subsanaciones se realizaran si son datos que no figuran en la factura fisica


El tema es que esta situación no la tienen bien cerrada, aquí os dejo como lo podeis plantear al correo de verifactu los interesados que no tengan bien cerrado lo de los clientes o esten preocupados que les pueda pasar:
-El problema radica en una factura que se ha emitido erroneamente con un CIF, erroneo o que dicho CIF ya no es valido, con lo cual nos encontramos:
1. Que, teoricamente, no se puede anular por que ya se ha enviado al cliente, a pesar de estar erroneo el cif,
2.No se puede subsanar por que son datos visibles y afectan al RF.
3.Se supone que hay una operativa definida para rectificar que es: un abono al cliente erroneo y una reemision al correcto
4.Si hacemos la operativa normal, abono y reemision, ahora tendriamos 2 registros, el inicial y el de abono, que no se pueden enviar por que vuelven a dar error, ni admiten subsanación, ni anulación.

¿Cual seria la operativa mas acertada?
Anulacion
Subsanacion
Abono y reemision (aunque no les llegue la original y el abono?)
....?





Pero por otro lado tenemos esto, con lo cual al final es subsanacion, vaya lio.
Yo optaría por enviar un abono y una rectificativa por sustitución, aunque tenga dos registros rechazados en Verifactu, nuestra obligación es cumplir con el ROF, si Verifactu no es capaz de gestionar correctamente este escenario es su problema no el nuestro.

En el último párrafo les falto poner la coletilla que siempre ponen y que éste se ha olvidado, "... cuando no sea necesario emitir una rectificativa... "

Cita:
Si el RF generado de la “factura errónea” fuera rechazado por la AEAT (lo que podría servir para que el usuario se percatara del error cometido), habría que corregir la factura original y generar un RF de alta de subsanación , sin registro
previo en la AEAT (ya que el RF “original” fue rechazado y no existe en la AEAT).
Por lo tanto, este RF de alta de subsanación deberá llevar una codificación
especial en ciertos campos ('Subsanacion' = "S" y 'RechazoPrevio'="X"),
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