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#1
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Aún no sabemos como se lo vamos a plantear. |
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#2
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Creo recordar que nos comentaron que después del 29 de julio y antes de la fecha obligatoria, sobre las actualizaciones del programa, si una nueva versión no tiene cambios que afecten a la facturación, el cliente si se puede actualizar, sin tener que empezar a trabajar en Veri*Factu.
Pero si los cambios en la versión si que afectan a temas de facturación, ya tiene que ser con la versión que utiliza Veri*Factu en entorno real. Otro tema será como comprobar si los cambios "afectan" o no a la facturación... Diría que lo comentó Javier Hurtado en un webinar Última edición por rci fecha: 10-06-2025 a las 12:12:41. |
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#3
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Cita:
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#4
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Cita:
Hablamos sobre el lapso de tiempo entre el 29 de julio del 2025 y la fecha de obligatoriedad de cada usuario de nuestro sif (enero o julio 2026). Si en ese tiempo aparece algún error en nuestro programa y se tiene que corregir con una actualización, pero el usuario no quiere empezar con Veri*Factu hasta que sea obligatorio... como lo hacemos? Pues eso se preguntó a ese señor de la AEAT y creo recordar que contestó que si la corrección del programa no tenia que ver con facturación, se podía actualizar el programa sin empezar con Veri*Factu. Vaya que el programa estará todo adaptado a Veri*Factu pero en ese lapso de tiempo podría estar "desactivado"... Es un tema espinoso, en la ley no dejan claro como podemos proceder pero está claro que nos encontraremos con esos casos |
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#5
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El tema de actualizar yo no le veo el problema, porque seguro que o sale alguna cosa o piden alguna mejora, siempre hay algo que te obliga a actualizar los programas.
El programa debe estar preparado pero puedes activar que empiece a ponerse en modo Veri*Factu cuando quieras, bien entrando y activandolo manualmente (nunca accesible al usuario) o bien cuando llegue el día se active solo. |
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#6
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Cita:
Yo de momento lo tengo con un parametro en una tabla de configuración, que de momento está desactivado (verifactu S/N), pero el usuario no lo puede activar ni desactivar, solo yo accediendo directamente a la base de datos (bueno yo o alguien que sepa como acceder a una base MySql jeje). Y la URL donde conectarse para enviar los XML tambien lo tengo parametrizable, asi que cuando haya que pasar a produccion, solo tendre que cambiar esa URL. Por defecto tengo grabadas las del entorno de prueba. Asi voy cambiando el programa, y adaptandolo a VeriFactu sin que afecte a los clientes si se actualizan mi programa, porque se supone que los cambios los hago solo si VeriFactu esta activado. |
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#7
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Cita:
Que lo PODEMOS hacer, claro que podemos. Que lo DEBEMOS hacer, pues no debemos. Cuando entró en vigor los primeros 4 apartados de la Ley, allá por Octubre de 2021 (!!! que lejos parece !!!), nuestros programas no cumplían algunos apartados importantes (modificación y borrado de facturas entre ellos), y no DEBERIAMOS haber seguido vendiéndolos. Pero claro si que PODIAMOS venderlos. Esto de ahora es más de lo mismo. |
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#8
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Cita:
No entiendo de donde se sacan que si instalas un programa adaptado, tienes que empezar a enviar datos a la AEAT ya. |
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#9
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Cita:
Yo lo saco de esta respuesta que dieron: Cita:
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#10
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Cita:
Acabo de consultar la última FAQ de la AEAT (16/5/25) y en la página 5 sale un cuadro que dice que para un cliente antiguo: "A partir de 29/7/2025 hasta la entrada en vigor que le aplique del RD 1007/2023 Puede decidir entre: a) Seguir usando el SIF no adaptado que tuviera anteriormente, sin actualizarlo (si el fabricante ofrece esta posibilidad) hasta que le toque cumplir con el RD 1007/2023 (1/1/2026 o 1/7/2026). b) Actualizar el SIF no adaptado que tuviera a una versión adaptada, o contratar y usar un nuevo SIF adaptado (el fabricante está obligado a ofertar solo "nuevo/s" producto/s adaptado/s )." En cualquier caso, no creo que se vayan a meter con eso. |
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#11
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Cita:
https://www.clubdelphi.com/foros/sho...52&postcount=9 Aunque claro, eso es lo que puso el técnico que respondió a la pregunta que hizo este usuario. Igual si vuelvo a hacer la misma pregunta y me responde otra persona me dicen lo contrario, que ya nos ha pasado. Yo también espero que no se metan en eso ![]() |
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#12
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#13
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Cita:
Bueno... para eso la solución que ellos dan es enviar al entorno de producción de forma voluntaria. Lo que no sé es hasta qué punto tendrá trascendencia fiscal esa información por si hay fallos.
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Be water my friend. |
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#14
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Cuidado si habeis hecho envios de pruebas con un numero de instalacion, no os olvideis cambiarlo cuando envies en produccion. Pueden cruzar informacion y ver que has imcunplido la normativa.
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#15
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¿Cómo tenéis pensado hacer el cambio de Preproducción a Producción, si la fecha es distinta para personas jurídicas (01/01) y físicas (01/07)?
Para automatizarlo, habría que saber de antemano si la persona que está instalando el software es persona física o jurídica, no? Lo preguntáis durante la instalación? Confiáis que el usuario lo configure bien? ¿Confiáis que el empresario sabe la diferencia entre ambas cosas, porque ya te digo yo que tengo clientes que no saben si su "comunidad de bienes" es jurídica o física... |
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#16
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Cita:
A mi lo mejor que se me ocurre es un botón "mágico" para activarlo que y sea el usuario el que lo active cuando le toque.
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Be water my friend. |
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#17
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Nosotros lo tenemos que bien lo activamos nosotros si actualizamos antes del año que viene o por defecto se activara para todos los que no tengan el SII el 1/1/2026, no tenemos (creo) ningún autonomo. Aunque si por cualquier caso teniendo que empezar el 1/7 empezara el 1/1 tampoco tendría problema supongo yo. ¿?¿?¿?
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#18
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Por el numero de identificacion fiscal puedes filtrarlo suppngo.
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#19
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Nosotros en la configuración de cada empresa hay un campo con la "fecha de activación Veri*Factu". Ese campo lo puede informar/modificar el usuario pero tiene controles:
Cogiendo el CIF de la empresa, detectamos si es persona física o jurídica y a partir de aquí establecemos el valor máximo que puede tener esa fecha de activación. Si el usuario intenta salvar la empresa con una fecha fuera de ese control o sin fecha, no puede salvar. Si el usuario indica una fecha válida, por ejemplo hoy, ya puede empezar a generar RFs y enviarlos automáticamente. Así es como funciona ahora y hasta que se llegue a las fechas de entrada obligatoria. A partir de esas fechas, ya no se tiene en cuenta este campo de fecha y queda activado automáticamente, dependiendo del tipo de empresa obtenido a partir del CIF. Utilizamos la siguientes reglas para decidir si es persona física o jurídica a partir del CIF: Si el CIF empieza por una letra, excepto X,Y o Z, se considera persona jurídica. => 01/01/2026 Si el CIF empieza por número y termina en letra, se considera persona física. => 01/07/2026 En el caso que empiece por X,Y o Z y termine por letra es un NIE y se considera persona física. => 01/07/2026 Si no conseguimos identificar el tipo de persona a partir del CIF, establecemos la primera fecha (01/01/2026) como fecha de obligatoriedad El CIF tiene que ser válido porque sino, tampoco se puede salvar la configuración de la empresa. lo validamos contra webservice de AEAT. Por favor, podéis decirme si os parecen válidas esas reglas de detección de tipo de empresa y asignación de fecha máxima de entrada en Veri*Factu? EDITO Ahora veo que hay algun fallo en estas reglas, por ejemplo en una comunidad de bienes, que el CIF empieza por la letra E pero la fecha de obligatoriedad creo que es 01/07/2026 tendré que mejorarlo. Alguna ayuda?Muchas gracias Última edición por rci fecha: 18-07-2025 a las 11:19:42. |
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