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#1
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Hola, cuidado con lo de modificar albaranes.
Aunque la modificación de albaranes no está reglamentado en Veri*Factu, sí que se hace referencia a ello en la normativa general de ley antifraude, y, de alguna forma tienes que tener registrado esos cambios que permitan una auditoria (trazabilidad) de esos cambios: borrado de lineas, cambios en los registros... Y si tienes otro nivel de gestion antes del albarán, por ejemplo pedidos, lo mismo para esto. En muchas consultas a Veri*Factu en las que se relaciona el registro de factura con algo de pedidos, prefacturas, proformas... están haciendo menciendo a ésta parte de la ley antifraude en lo relacionado a los registros informáticos. |
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#2
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Cita:
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#3
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Cita:
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La religión es personal e intransferible. |
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#4
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Y en las respuestas que te dan en los correos, que no esté en las Faqs ni en el reglamento verifactu, parece qie no es excluyente, al menos así lo transmiten, otra cosa es que sea discutible.
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#5
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O sea, que podría darse el caso de que no salga ninguna información en ningún lado, pero si lo han dicho en una respuesta a una consulta (la cual el consultor no comparte), nos quedemos sin saber una obligación o una forma de proceder??? (No esta muy bien redactado que digamos jeje).
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La religión es personal e intransferible. |
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#6
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Siguiendo con las dudas
Buenas, tengo alguna duda de cómo proceder, como comenta gizmo2025. Si un cliente factura 100 albaranes y tiene que modificar un albarán por qué el PvP estaba mal por ejemplo, que tendría que hacer,generar una factura de abono de los 100 albaranes y luego otra rectificativa por sustitución esos 100 albaranes? Crear un albarán en negativo del que está mal, crear el albarán nuevo corrigiendo en PvP y facturar los dos albaranes juntos , en este caso se trataría como una factura tipo f1? Otra opción, generar esos dos albaranes y no facturarlos hasta final de mes para que entre en la facturación mensual, está también sería una factura f1. Entiendo que si es un error en todos o la mayoría de los albaranes, lo suyo es hacer abono, generar los albaranes correctos y con esos hacer la rectificativa pero si es en un albarán no sé si es correcto lo que digo, que opináis?
Gracias. |
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#7
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Digo yo que puedes hacer rectificativas por diferencias solo de las lineas que quieres descontar y sirecyamente en una fafaxtura, en la que puedes indicar en cada linea(quw ko llega a verifactu) a qu3 albaram pertenece dicha linea, y si tieje capacisad wl campo de descripcion ee factira indicar en el mismo que albaranes rectificas. Eso seria un paso sencillo.
Si necesitas crear el albaran negativo, pues lo mismo,.una rectificativa de la factura x que incluye los albaranes 1 2 3... Si quieres hilar mas fino, una rectificativa por cada albaran negativo y en cada recrificativa en la descripcion, el albaran. Tambien puedes hacer una rectificat8va por sustirucion en 1 paso o en 2 pasos. |
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#8
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Siguiendo con las dudas
Hola a todos,
Tengo algunas dudas sobre cómo proceder en un caso que ya comentó el compañero *gizmo2025*. Se trata de un cliente que, a final de mes, genera una única factura con más de 100 albaranes. El problema surge cuando, tras emitir la factura, se detecta que varios albaranes contienen errores (por ejemplo, en los PVPs). Ante esta situación, ¿cuál sería la forma más correcta de proceder? Valoro varias opciones y agradecería vuestras opiniones: Opción 1: Generar un abono de los albaranes que están mal, crear nuevos albaranes corregidos (con los PVPs ajustados) y facturar únicamente esos albaranes corregidos. En este caso, entiendo que se trata de una factura normal (F1), no una rectificativa. Opción 2: Igual que en la opción anterior: abonar los albaranes erróneos y crear otros corregidos. Pero en lugar de facturar esos albaranes de forma independiente, se dejan para facturarlos junto al resto al final del mes. También sería una F1. Opción 3: Abonar los albaranes incorrectos, crear los nuevos corregidos y luego emitir una factura **rectificativa por diferencia**, que sólo afecta a los albaranes corregidos. No tengo claro si esta opción sería correcta, ya que solo rectifica una parte de la factura original, no su totalidad. Las guías sobre facturas rectificativas suelen referirse a errores en la base imponible o al total de la factura, pero ¿qué ocurre cuando se factura en bloque y sólo fallan unos pocos albaranes? Entiendo que si en la factura o el abono se hace referencia al albarán X de la factura Y, podría ser válida la opción 1 o la opción 2. Como comentaba *gizmo2025*, es complicado pedirle al cliente que rehaga una factura con 100 albaranes por uno o dos errores. ¿Qué opináis? ¿Cuál sería el procedimiento más correcto desde el punto de vista legal y práctico? Gracias de antemano por vuestra ayuda. |
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