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  #1  
Antiguo 23-10-2025
espinete espinete is offline
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espinete Va camino a la fama
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¿tus clientes leen los manuales? Caray, que bien enseñados los tienes
Doy por sentado que nadie los lee . Por no leer, no leen ni los boletines, ofertas, etc. que enviamos. Pero estamos preparando una serie de "tutoriales" online que (esperamos) funcionen como instrucciones para hacer determinadas facturas "menos habituales".
Si no los leen, ya es problema suyo. El programa no puede adivinar por sí solo qué tipo de factura quiere hacer el usuario, y con tantas opciones, desplegables, Clave Op, tipo de rectificativa, motivo de rectificación, "causa no sujeta", etc. es imposible automatizar todo eso. El cliente va a tener que indicar bien lo que quiere hacer, y es el usuario quien hace la factura, no nosotros.

Lo que intentamos es evitar que los primeros días de VeriFactu nos inunden a consultas y llamadas para la misma tontería. Les enviamos el link y a leer. Tiempo han tenido de darse por enterados. Yo no voy a perder horas de sueño por culpa de los clientes, ya te lo digo
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  #2  
Antiguo 23-10-2025
emailesc emailesc is offline
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emailesc Va por buen camino
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Doy por sentado que nadie los lee . Por no leer, no leen ni los boletines, ofertas, etc. que enviamos. Pero estamos preparando una serie de "tutoriales" online que (esperamos) funcionen como instrucciones para hacer determinadas facturas "menos habituales".
Si no los leen, ya es problema suyo. El programa no puede adivinar por sí solo qué tipo de factura quiere hacer el usuario, y con tantas opciones, desplegables, Clave Op, tipo de rectificativa, motivo de rectificación, "causa no sujeta", etc. es imposible automatizar todo eso. El cliente va a tener que indicar bien lo que quiere hacer, y es el usuario quien hace la factura, no nosotros.

Lo que intentamos es evitar que los primeros días de VeriFactu nos inunden a consultas y llamadas para la misma tontería. Les enviamos el link y a leer. Tiempo han tenido de darse por enterados. Yo no voy a perder horas de sueño por culpa de los clientes, ya te lo digo
Efectivamente, los manuales no se hacen para que los lean, se hacen para cubrirte el culo . Según la visión de muchos, ¿ para que vas a perder media hora leyendo el manual cuando puedes perder 7 trasteando y cagándola 3 veces en cada formulario ??? leer el manual es de cobardes...
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  #3  
Antiguo 23-10-2025
espinete espinete is offline
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espinete Va camino a la fama
A ver si alguien puede resolver estas dudas que me quedan. Tomemos como ejemplo para todos los casos una factura de Importe 100 euros, IVA 21% y Total 121 Euros.

- Factura de servicios a Canarias, Ceuta y Melilla: supuestamente son "No Sujetas" (N2) y Régimen "08". El total de la factura es 100.
- Factura de productos a Canarias, Ceuta y Melilla: Exenta (E2) y régimen 02 Exportación. El total de la factura es 100.
- Solo las facturas con "S1" deben incluir el IVA (es la conclusión que saco usando la aplicación oficial de VeriFactu de la AEAT, haciendo pruebas de todo tipo)

Las dudas:
- Factura a empresa de otro país miembro de la UE/CEE (Francia, Portugal...)
- Factura a empresa de otro país NO miembro de la UE/CEE (Reino Unido, Angola, China...)
- Factura a empresa en Régimen de Ventanilla Única, que entiendo que NO todas las empresas de la UE tienen por qué estar en ese régimen (deben cumplir unos requisitos específicos).

Así que si facturamos a una empresa de la UE, puede que sea Ventanilla Única o puede que no, y según el caso, habrá que indicar una cosa u otra.
Todo bien y super simplificado y minimalista.

Total, que si alguien puede echar una mano con esto, estaría eternamente agradecido porque llevo varios días con esto y no me aclaro. Demasiadas condiciones y variantes.

Y espérate que seguro que me queda algún caso más por considerar...
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  #4  
Antiguo 24-10-2025
Sistel Sistel is offline
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Sistel Va por buen camino
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...Así que si facturamos a una empresa de la UE, puede que sea Ventanilla Única o puede que no, y según el caso, habrá que indicar una cosa u otra...
Hola,

Un obligado tributario puede estar dado de alta en Ventanilla Única para algunos países en concreto de la UE y para otros no.
(Normalmente se le obliga a estar de alta en Ventanilla Única para los países a los que ha vendido en el ejercicio anterior más de 10.000€)

Para esos países para los que está dado de alta en Ventanilla Única, debe facturar con el IVA del país de destino.
Pero para Veri*Factu deben enviarse los datos sin incluir ese IVA.
(En realidad, Veri*Factu es un sistema para el departamento de IVA de la AEAT y no quiere saber nada de IVAs de otros países, que se tendrán que declarar y pagar en Ventanilla Única para que llegue a la Hacienda del país en cuestión)

Pero también debe tener en cuenta en las ventas a destinatarios de la UE si éste está dado de alta en el VIES (operaciones intracomunitarias):
- Si ambos (emisor y destinatario) están dados de alta en VIES, debe emitir la factura con IVA cero (e incluir la operación en la declaración del modelo 349 de operaciones intracomunitarias.
- Si alguno de los dos (emisor o destinatario) no está dado de alta en VIES, debe aplicar el IVA de España (salvo que esté dado de alta en Ventanilla Única para ese país)
- Sí está dado de alta en Ventanilla Única para ese país, debe emitir la factura con el IVA del país de destino, no indicar ese IVA en Veri*Factu y declarar y pagar ese IVA en Ventanilla Única para que llegue a Hacienda del país de destino.

Como siempre les digo a mis clientes: Facturar bien en España es muy muy complicado ... y casi imposible.

Saludos
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  #5  
Antiguo 24-10-2025
Noe277 Noe277 is offline
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Hola,

Pero también debe tener en cuenta en las ventas a destinatarios de la UE si éste está dado de alta en el VIES (operaciones intracomunitarias):
- Si ambos (emisor y destinatario) están dados de alta en VIES, debe emitir la factura con IVA cero (e incluir la operación en la declaración del modelo 349 de operaciones intracomunitarias.

Saludos
En este caso es Sujeta exenta E5 no ?
Y también van al 303?
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  #6  
Antiguo 24-10-2025
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En este caso es Sujeta exenta E5 no ?
Y también van al 303?
Sí, operaciones intracomunitarias va con código de exenta E5 (art. 25 de la ley de IVA)
Creo que, como no lleva IVA, no hay que declararlo en el 303 (que son operaciones con IVA) sino sólo en el 349 (operaciones intracomunitarias)

Se supone que no debe haber duplicidad de información en distintas declaraciones.
Pero eso debería confirmarlo alguien que lo sepa seguro.

Saludos
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  #7  
Antiguo 24-10-2025
espinete espinete is offline
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espinete Va camino a la fama
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Hola,

Un obligado tributario puede estar dado de alta en Ventanilla Única para algunos países en concreto de la UE y para otros no.
(Normalmente se le obliga a estar de alta en Ventanilla Única para los países a los que ha vendido en el ejercicio anterior más de 10.000€)

Para esos países para los que está dado de alta en Ventanilla Única, debe facturar con el IVA del país de destino.
Pero para Veri*Factu deben enviarse los datos sin incluir ese IVA.
(En realidad, Veri*Factu es un sistema para el departamento de IVA de la AEAT y no quiere saber nada de IVAs de otros países, que se tendrán que declarar y pagar en Ventanilla Única para que llegue a la Hacienda del país en cuestión)

Pero también debe tener en cuenta en las ventas a destinatarios de la UE si éste está dado de alta en el VIES (operaciones intracomunitarias):
- Si ambos (emisor y destinatario) están dados de alta en VIES, debe emitir la factura con IVA cero (e incluir la operación en la declaración del modelo 349 de operaciones intracomunitarias.
- Si alguno de los dos (emisor o destinatario) no está dado de alta en VIES, debe aplicar el IVA de España (salvo que esté dado de alta en Ventanilla Única para ese país)
- Sí está dado de alta en Ventanilla Única para ese país, debe emitir la factura con el IVA del país de destino, no indicar ese IVA en Veri*Factu y declarar y pagar ese IVA en Ventanilla Única para que llegue a Hacienda del país de destino.

Como siempre les digo a mis clientes: Facturar bien en España es muy muy complicado ... y casi imposible.

Saludos
Menuda FLI-PA-DA

De verdad que no entiendo cómo se ha llegado a esto. Parches y parches y más parches año tras año, haciendo imposible entender o aplicar nada. De repente siento lástima por los asesores fiscales

Recapitulando, a ver si lo entendí bien:

- Emisor y Receptor en VIES -> factura Exenta E5
- Alguno de los dos NO está en VIES y tampoco en Ventanilla Única para ese país -> factura "normal" con IVA de España (supongo que hay que indicar algún Régimen/Clave específico, como 02 (exportación) o algún otro?)
- Si está en Ventanilla Única para ese país destino -> factura con el IVA de ese país, pero no se indica en VeriFactu. ¿Operación "N2" y Régimen 17 - OSS/IOSS?
- Receptor fuera de la UE (China por ejemplo) -> Factura con IVA de España y 02 - Exportación

¿Sería así?
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  #8  
Antiguo 24-10-2025
Sistel Sistel is offline
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Sistel Va por buen camino
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Menuda FLI-PA-DA

De verdad que no entiendo cómo se ha llegado a esto. Parches y parches y más parches año tras año, haciendo imposible entender o aplicar nada. De repente siento lástima por los asesores fiscales

Recapitulando, a ver si lo entendí bien:

- Emisor y Receptor en VIES -> factura Exenta E5
- Alguno de los dos NO está en VIES y tampoco en Ventanilla Única para ese país -> factura "normal" con IVA de España (supongo que hay que indicar algún Régimen/Clave específico, como 02 (exportación) o algún otro?)
- Si está en Ventanilla Única para ese país destino -> factura con el IVA de ese país, pero no se indica en VeriFactu. ¿Operación "N2" y Régimen 17 - OSS/IOSS?
- Receptor fuera de la UE (China por ejemplo) -> Factura con IVA de España y 02 - Exportación

¿Sería así?
Todo correcto excepto lo último.
Las ventas fuera de la UE (China, Canarias, Ceuta, Melilla, Nigeria, ...) con Exportación y sin IVA (exentas E2)
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  #9  
Antiguo 24-10-2025
espinete espinete is offline
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espinete Va camino a la fama
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Todo correcto excepto lo último.
Las ventas fuera de la UE (China, Canarias, Ceuta, Melilla, Nigeria, ...) con Exportación y sin IVA (exentas E2)
Creo que hay excepciones, porque nosotros estamos en Canarias y ya te digo que siempre nos han cobrado e incluido el IVA en las facturas cuando compramos cosas a Península, así que supongo que depende de si el destinatario es empresa o particular, no?
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