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#1
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Pero si un cliente necesita hacerlo (por el motivo que sea)... quiero decir... es posible hacerlo aunque no lo permitas? O es algo que no se puede hacer bajo ningún concepto pero aún así lo hacen?
Porque para nosotros sería más fácil hacer lo mismo que tu: impedir hacer eso, pero claro, no somos asesores fiscales y no sabemos si eso está permitido legalmente o no. No sé, se me ocurre a lo mejor el caso de una empresa que facture solo a fin de mes, o a principios del mes siguiente, todas las facturas de golpe. Que el 3 de enero den de alta todas las facturas de diciembre. En fecha de operación pondrán la fecha de diciembre, y la fecha de emisión/expedición será 3 de enero sí o sí. ¿Debemos impedir que las metan en la empresa de 2025? En fin, menudo lío con los casos raros. Estoy harto ya de pensar en mil cosas (y casos) a la vez. |
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#2
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Ese caso si que lo tenemos contemplado, en enero facturar de diciembre, fecha expedición 2026 y 2025 de operación.
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#3
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Eso sería lo ideal, pero entiendo que algunos clientes se empeñan en meter esa factura de diciembre en la empresa/base de datos del ejercicio anterior y no del actual, y eso es lo que deberíamos impedir supongo.
No sé si a Hacienda le gustará que envíen facturas del mes pasado encadenadas con facturas del actual, aunque tenemos el software preparado para hacerlo si se diera el caso. |
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#4
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Hola, os explico lo que he visto en algún sitio...
El programa cuando se hace la facturación de albaranes, permite indicar la fecha de factura (no utiliza la fecha actual) dentro de unos límites (máximo 15 días atrás creo). De esta forma si el 3 de enero quieren facturar a 31 de diciembre lo puede hacer. La fecha de la factura será 31 de diciembre y la fecha de operación pues depende de los albaranes. A parte, el programa tiene una fecha de activación veri*factu, un dato interno que es 01/01/2026 o 01/07/2026 dependiendo del CIF. El programa para decidir si crea un registro de facturación y lo envía, mira si la fecha de la factura es igual o posterior a esa fecha de activación de veri*factu. Por lo tanto si el 3 de enero facturan a 31 de diciembre, esas facturas del año anterior no generarán RF ni se enviarán a Veri*Factu. Como si las hubieran hecho en 2025 cuando no era obligatorio veri*factu.... En cambio las facturas que hacen en el TPV, si que cogen siempre la fecha actual de internet y ya crean registros de facturación y se envían. Yo diría que esta parte de la facturación de albaranes no es correcta ... Lo de poder indicar una fecha anterior a la actual se ha hecho siempre así y supongo que se tendría que impedir pero les interesa hacerlo para los vencimientos a la hora de cobrar las facturas y para no facturar en festivos o fines de semana. Y lo de no crear registro de facturación si la fecha de factura es anterior a la fecha de activación de veri*factu imagino que tampoco es correcto... Vosotros que pensáis? No se que nivel de gravedad tiene y si podrían hacer una inspección y sancionar este caso... Esto solo ocurrirá este 2026, porque en enero de 2027 ya estarán todos con veri*factu activado y se crearan RFs y se mandaran de todas las facturas. Muchas Gracias |
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#5
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La verdad es que hay tantas dudas sin resolver que es difícil saber si algo es sancionable o no, y sobre todo, si la responsabilidad es nuestra o no. Y así con todo 😅
Nosotros por lo pronto permitiremos dar de alta facturas con fecha de operación del año anterior, y ésta se enviará a VeriFactu sí o sí, independientemente de que sea de 2026 o de 2025, y encadenada con la última factura que se envió, sea también de 2026 o de 2025. Si no se puede, pues ya les dará error. Y si no les da error y Hacienda se queja, pues haber puesto un error ahí o haberlo impedido de otra manera. Nosotros estamos ya cansados de intentar evitar todo lo que pueda fallar, y aún así, fallarán más cosas que ni nos hemos planteado aún. |
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#6
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Cita:
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#7
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Cita:
Y quien esté acostumbrado a hacer cosas raras, que vaya a llorar delante de los leones del Congreso. |
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#8
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he preguntado a Copilot y me ha dicho lo siguiente:
Cita:
indica este enlace de la AEAT https://sede.agenciatributaria.gob.e...-facturas.html Una factura de final de mes, factura de los albaranes de un cliente, es una factura recapitulativa? gracias |
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#9
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Cita:
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