![]() |
![]() |
| Paypal | FTP | CCD | Buscar | Trucos | Trabajo | Foros |
|
|||||||
| Registrarse | FAQ | Miembros | Calendario | Guía de estilo | Buscar | Temas de Hoy | Marcar Foros Como Leídos |
![]() |
|
|
Herramientas | Buscar en Tema | Desplegado |
|
|
|
#1
|
|||
|
|||
|
Cita:
Vale, pues estonces tu software tendrá las opciones: Verifactu, NO Verifactu, SII, TicketBai, No obligados -Navarra (o como quieras llamarle). Ahora, un cliente de Murcia no debería tener seleccionada esa opción, y si la tiene tendrá que explicar el porqué. Pero los usuarios que comentaban más arriba creo que no se referían a ese caso. Se referían a una opción para que la versión homologada de su programa permitiera no envíar porque el cliente aún no quiere estando obligado (el de Navarra no estaría obligado). Y eso es lo que insisto y defiendo que no debería permitirlo. |
|
#2
|
|||
|
|||
|
Mi propuesta es la siguiente, nos ponemos de acuerdo todos los desarrolladores/as y en cada registro de facturación ponemos en la descripción de la venta: TA-TO-PAGAAAAOO ... ¿de que sirve? pues de nada, pero al menos nos descojamos con la que nos está cayendo.
|
|
#3
|
|||
|
|||
|
ULTIMA RESPUESTA DEL BUZON DE LA AEAT:
La última información que nos consta en nuestro buzón es la que le trasladamos a continuación: No nos pregunten más qué hacer con los clientes que ya envían y quieren dejar de hacerlo porqué ni siquiera nosotros mismos sabemos que cojones decirles. Por último, le recordamos que desde este buzón se ofrece soporte informático a las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, publicadas en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre. |
|
#4
|
|||
|
|||
|
Cita:
|
|
#5
|
|||
|
|||
|
sí, sí, es coña, pero es que me da la sensación que más de uno de la AEAT quisiera poder responder eso
![]() |
|
#6
|
|||
|
|||
|
Hoy en un webinar de Fiskaly decian que a un cliente se le puede reinstalar una versión anterior para que no envíe, pero yo entiendo que eso, ley en mano, no es posible porque desde el 29 de julio no podemos instalar versiones que no cumplan. Entiendo que ni a un cliente nuevo ni a uno antiguo. Es que no tiene sentido!!!
|
|
#7
|
|||
|
|||
|
No, saben perfectamente que deben responder, sólo deben basarse en la normativa publicada, el resto ...
|
|
#8
|
|||
|
|||
|
Después de repreguntar y pedir que me confirmaran si era posible o no dejar de comunicar datos esta es la respuesta que me han dado:
Buenos días: La Disposición final cuarta del RRSIF (Reglamento que establece los requisitos de los sistemas informáticos de facturación), modificada por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, establece que entrará en vigor de forma obligatoria el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios mencionados en el artículo 3.1 del RRSIF, entre ellos, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas. El periodo anterior a la entrada en vigor del RRSIF es un periodo de pruebas. Se podrá dejar de expedir facturas y remitir registros en prueba con un SIF modalidad VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF (sistema informático de facturación), que podrían ser adaptados y funcionar en modo NO VERI*FACTU (si así lo permiten) o incluso sistemas antiguos no adaptados, mientras no tengan obligación: hasta el 31/12/2026 o 30/06/2027, según aplique. Una vez se tenga obligación de adaptación al RRSIF, es decir, a partir del 1/1/2027 o 1/7/2027, según aplique, si los obligados optan por comenzar a expedir facturas y remitir registros de facturación (RF) con un SIF VERI*FACTU, debe permanecer, al menos, hasta la finalización del año natural en el que se haya producido, de forma efectiva, el primer envío de los registros de facturación. |
|
#9
|
|||
|
|||
|
Cita:
|
|
#10
|
|||
|
|||
|
Hola, y con esta parte que puedes interpretar:
Se podrá dejar de expedir facturas y remitir registros en prueba con un SIF modalidad VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF (sistema informático de facturación), que podrían ser adaptados y funcionar en modo NO VERI*FACTU (si así lo permiten) o incluso sistemas antiguos no adaptados, mientras no tengan obligación: hasta el 31/12/2026 o 30/06/2027, según aplique. Puedes instalar un SIF que no este adaptado en este momento, pero que estará cuando entre sea obligado. Esto es un lío impresionante. |
|
#11
|
|||
|
|||
|
Hola
Se podrá dejar de expedir facturas y remitir registros en prueba con un SIF modalidad VERI*FACTU y utilizar para facturar otros SIF (sistema informático de facturación), que podrían ser adaptados y funcionar en modo NO VERI*FACTU (si así lo permiten) o incluso sistemas antiguos no adaptados, mientras no tengan obligación: hasta el 31/12/2026 o 30/06/2027, según aplique. Y en este apartado cuando habla de utilizar otros SIF que podrían ser adaptados, se refiere a que puedes poner un SIF que se adaptará antes de estar obligado. Estos es un lío impresionante y más lo de dejar usar SIF anteriores y si al cliente ya se lo desinstale y no puede volver atrás. |
|
#12
|
|||
|
|||
|
Cita:
¿Realmente que quiere decir esa afirmación?. ¿Qué quiere decir remitir registros en prueba?. ¿No estaba prohibido enviar nada en prueba a no ser los desarrolladores? |
|
#13
|
|||
|
|||
|
Cita:
|
|
#14
|
|||
|
|||
|
Cita:
|
|
#15
|
|||
|
|||
|
Cita:
|
|
#16
|
|||
|
|||
|
Cita:
|
|
#17
|
|||
|
|||
|
Sé que es broma, pero vamos, yo seguiría enviándoles el mismo email cada 2 horas durante 15 días desde cuentas distintas para petarles de trabajo
|
|
#18
|
|||
|
|||
|
Si, la verdad es que se lo merecen. Hay un descontrol que es para escribir un libro.
|
|
#19
|
|||
|
|||
|
Si la AEAT emitiera un comunicado claro y directo para desarrolladores, comercializadores y usuarios (no es tan difícil, ahí se entiende que hay gente competente). No nos estaríamos haciendo estas pajas mentales, y todo el mundo sería consciente de su responsabilidad.
Pero no lo hacen porque les interesa la confusión para que no haya responsabilidades de los funcionarios ni de los políticos. |
|
#20
|
|||
|
|||
|
Cita:
Estás proponiendo los mismo que harán los clientes: "culpabilizaros a vosotros", cuando no ha sido vuestra decisión. Y el del Call Center a fecha de hoy seguro que tiene varias respuestas para realizar un copiar/pegar. En la que ha publicado 'novatico' queda clarísimo, al final se lavan las manos por que el tema no les toca a ellos resolver. |
![]() |
| Herramientas | Buscar en Tema |
| Desplegado | |
|
|
Temas Similares
|
||||
| Tema | Autor | Foro | Respuestas | Último mensaje |
| Fecha de entrada en vigor de VeriFactu | espinete | General/Noticias | 162 | 11-04-2025 14:12:57 |
| Verifactu versus reglamento de facturación | ermendalenda | Temas legales | 2 | 21-11-2024 11:22:27 |
| Control ActiveX de facturación telemática de hacienda | david.bea | Providers | 14 | 13-04-2023 19:10:56 |
| Sistema de facturación | pablonill | Varios | 3 | 04-12-2007 18:34:56 |
| Facturación telemática de hacienda | adebonis | Servers | 2 | 01-06-2005 04:18:39 |
|