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#1
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Hola,
Tienes buena y mala suerte. La mala suerte, que tu cliente querrá pasarte a ti el marrón cuando tal como se ha mencionado el problema no ES TUYO, pero si de tu cliente. Si, de tu cliente, no del software que utiliza SIEMPRE Y CUANDO la empresa del software de contado deje de actualizar el programa. Es decir, la empresa del software al contado le vendió a tu cliente un software LEGAL en su momento, dejó de actualizarlo y es TU CLIENTE el que está usando un software no adaptado. Ahora bien, si el empresa del software al contado está actualizando el software, entonces SI que es la empresa la que tiene un problema; y posiblemente también tu cliente por saberlo y no evitarlo. En cuanto a lo enviar en diferido. Leí en su momento el caso de alguien que le presentó a Hacienda el caso de unos comerciales que dada la ubicación geográfica por donde se movían, tenían problemas (de cobertura) para enviar 'on line' la facturación que realizaban en su día a día. La respuesta de Hacienda fué que la empresa se acogiera al modo 'No Veri*factu' y evidentemente usara un software para tal fin. La buena suerte (por decirlo de alguna manera). Tienes tiempo de que tu cliente (él no tu) presente una consulta vinculante a Hacienda presentando el caso y solicitando/preguntando si una seria de facturas pueden ser 'Veri*factu' y las otras....; pero creo que se lo van a tumbar. De esta manera será Hacienda que le dirá a tu cliente que puede/debe hacer, y el marrón será suyo. Añado: en la consulta vinculante detalla el software al contado para que Hacienda lo pueda identificar, así con la respuesta podrás presionar a la empresa para que acceda a cederte la información y ella salvar su 'culo' apoyándose en que tu software le hace el trabajo de Veri*factu. |
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#2
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Sí, en principio sí puede: una misma empresa puede tener un centro/terminal/SIF en VERIFACTU y otro en NO VERIFACTU. La AEAT lo dice expresamente para comercios con múltiples terminales: la opción por una u otra modalidad no es conjunta para todo el obligado a facturar; puede tener un SIF en VERIFACTU y otro en no verificable. Eso sí, cada sistema debe mantenerse coherente con su modalidad: el SIF VERIFACTU siempre envía, y el NO VERI*FACTU siempre conserva los registros con sus requisitos reforzado
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#3
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Muchas gracias a todos. Veremos cómo queda el tema (y que no me salpique mucho).
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