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  #41  
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RUBEN_SP RUBEN_SP is offline
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Ahora mismo hay un estado que es "aplazado". Cualquiera que se instale una versión actualizada, tiene esa opción.
Luego entra en vigor lo dicho antes, el día 1 (si no cambia nada), en nuestro caso, le "saltará" la configuración y debe seleccionar algo de forma obligatoria. En esa configuración ahora hay un "aplazado". A partir del día 1 esa opción ya no está disponible y tienes que seleccionar una opción válida entre las que hay:
  • Veri*factu
  • No-veri*factu
  • SII
  • TicketBAI
  • ...
Nosotros ya hacemos esa pregunta cuando entras por primera vez en la empresa y le decimos, en una primera pantalla que dice que no está obligado y lo tiene que asegurar y luego en una segunda pantalla que tiene que volver a confirmar, que si ha decidido que no está obligado es él el responsable de indicar en que momento está obligado, pero al igual que FacilIng guardamos en la bd la decisión que toma y si no activó es su problema activarlo cuando quiera. Porque si le activamos a todos el 1 de Enero ya podemos desconectar el teléfono y todas las demás vías de comunicación, ya que muchos no tienen configurado nada para poder facturar con Verifactu
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  #42  
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Veo una diferencia con lo que dice FacilIng, hasta donde yo sé no existe el estado "Aplazado" en Verifactu, con lo que si hay una inspección de Hacienda sí podrías tener responsabilidades, mientras que sí existe el estado "Exento", y ahí es solo cosa del cliente que se quiera dar de alta con una opción que no tiene, como si le da por decir que está en el SII o en Ticketbai con la empresa en Almería.
En su día se consultó con la AEAT qué hacer con los clientes que no querían activar veri*factu hasta el día de la fecha límite (aplazado).
Una opción era permitirles seleccionar alguna de las opciones "exentas" (SII, TicketBAI,...) de forma que el programa no funcionara en veri*factu, pero eso no es "correcto" (conceptualmente) porque el cliente realmente no está en el SII, sólo lo selecciona para aplazarse hasta el 1 de Enero.
La otra opción era crear una nueva opción de "aplazado" (por la normativa), con obligación de que esta opción no pudiera estar activa a partir de la fecha límite. Y la AEAT dijo que se podía hacer, así que fue la que se implementó.
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  #43  
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En su día se consultó con la AEAT qué hacer con los clientes que no querían activar veri*factu hasta el día de la fecha límite (aplazado).
Una opción era permitirles seleccionar alguna de las opciones "exentas" (SII, TicketBAI,...) de forma que el programa no funcionara en veri*factu, pero eso no es "correcto" (conceptualmente) porque el cliente realmente no está en el SII, sólo lo selecciona para aplazarse hasta el 1 de Enero.
La otra opción era crear una nueva opción de "aplazado" (por la normativa), con obligación de que esta opción no pudiera estar activa a partir de la fecha límite. Y la AEAT dijo que se podía hacer, así que fue la que se implementó.
¿¿¿ Y esa opción Aplazado es publica ??? Es decir se puede consultar en algún sitio oficial de hacienda como las consultas vinculantes, las faq de desarrollador o las preguntas frecuentes o algún otro sitio o es una respuesta en un correo privado al servicio técnico. Lo digo porque esto mismo de que hacer con el que "no quiere" se lo hemos preguntado muchos y a mi por lo menos no se me bajan del burro: son lentejas... Si está en un sitio público puedo defender si yo también lo hago, por qué lo hago, pero si está en un correo privado no, me quedo con el culo al aire. Ya poco después del aplazamiento, en las charlas que daba hacienda se dejaron caer cambios que luego no se han sustanciado en ningún documento mínimamente oficial, al menos para que queden como criterio administrativo.
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  #44  
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¿¿¿ Y esa opción Aplazado es publica ??? Es decir se puede consultar en algún sitio oficial de hacienda como las consultas vinculantes, las faq de desarrollador o las preguntas frecuentes o algún otro sitio o es una respuesta en un correo privado al servicio técnico. Lo digo porque esto mismo de que hacer con el que "no quiere" se lo hemos preguntado muchos y a mi por lo menos no se me bajan del burro: son lentejas... Si está en un sitio público puedo defender si yo también lo hago, por qué lo hago, pero si está en un correo privado no, me quedo con el culo al aire. Ya poco después del aplazamiento, en las charlas que daba hacienda se dejaron caer cambios que luego no se han sustanciado en ningún documento mínimamente oficial, al menos para que queden como criterio administrativo.
No te puedo decir si está en algún documento público.
Se supone que el "departamento legal" de la empresa lo consultó y conforme a la respuesta se decidió hacer así. Entiendo que ellos tendrán lo necesario para justificarlo.
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  #45  
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¿¿¿ Y esa opción Aplazado es publica ??? Es decir se puede consultar en algún sitio oficial de hacienda como las consultas vinculantes, las faq de desarrollador o las preguntas frecuentes o algún otro sitio o es una respuesta en un correo privado al servicio técnico. Lo digo porque esto mismo de que hacer con el que "no quiere" se lo hemos preguntado muchos y a mi por lo menos no se me bajan del burro: son lentejas... Si está en un sitio público puedo defender si yo también lo hago, por qué lo hago, pero si está en un correo privado no, me quedo con el culo al aire. Ya poco después del aplazamiento, en las charlas que daba hacienda se dejaron caer cambios que luego no se han sustanciado en ningún documento mínimamente oficial, al menos para que queden como criterio administrativo.
Pero ya que más dá. A partir del 1 de enero(si no se vuelve a aplazar)seran lentejas porque lo dice el BOE
y si tú no quieres tener problemas, deberias quitarle el programa que no está reglado a la normativa
VeriFactu. Lo puedes hacer mostrandole al cliente la pantalla de opciones legales a partir del 1-ene y si
no elige ninguna con la pretensión de quedarse con el SIF anterior, no sigue corriendo el SIF.
También se puede mostrar como mensaje que son lentejas y lo dice el BOE
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  #46  
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espinete espinete is offline
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espinete Va camino a la fama
Nosotros desde la versión del año pasado, al crear una nueva empresa en el programa, se pregunta si está en VeriFactu, SII, TicketBAI (solo a clientes de España, claro) o si está exento por el motivo X que no recuerdo cual era. Si elige VeriFactu, podrá indicar si empezar ya o esperar a la fecha obligatoria.

Cuando llegue esa fecha, se activará por defecto automáticamente si eligió VeriFactu.
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  #47  
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emailesc Va por buen camino
Joder, debemos ser los únicos gilipollas que no ponen aplazamientos, y si entras o actualizas a Verifactu de cabeza...
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  #48  
Antiguo Hace 1 Semana
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novatico Va por buen camino
Tranquilo, aquí hay otro gilipollas. Desde el 29/07/2025, todos clientes que han comprado/actualizado llevan Verifactu activado, SI o SI.
El que no quiera "a chiflar la via" que decimos en Aragón.
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  #49  
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CarlosArjonomia CarlosArjonomia is offline
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CarlosArjonomia Va por buen camino
Elecciones 29 de noviembre: ¿Cómo nos va a afectar?
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  #50  
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Elecciones 29 de noviembre: ¿Cómo nos va a afectar?
Buena pregunta.
A Veri*Factu y a la Ley CreaYCrece.
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  #51  
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Faneka Faneka is offline
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Faneka Va por buen camino
Ya veremos, justo un mes antes de la entrada de VeriFactu, ya tenemos juerga, jaja.
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  #52  
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Rja750 Rja750 is offline
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Rja750 Va por buen camino
El gobierno, a partir del 29 N tendrán aproximadamente 2 meses para dejar todo limpio y cerrar la puerta para que entren otros. En este sentido, puede ser que VeriFactu coja desprevenido al gobierno ( en funciones ) y no tenga más remedio que tirar 'PALANTE'. No estoy muy seguro pero creo que en funciones no puede hacer nada, ni parar ni dar vía libre a nada, por lo que si quisiera aplazar o cancelar VeriFactu tendría que ser antes de las votaciones.

Última edición por Rja750 fecha: Hace 1 Día a las 10:44:53.
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  #53  
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Faneka Faneka is offline
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Faneka Va por buen camino
Noticion. Se atrasa hasta la entrada en vigor con la factura electronica de los de menos de 8 millones por lo visto.

Te comento que desde el Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios nos acaban de trasladar que está prevista una modificación de los plazos de entrada en vigor del Reglamento VERI*FACTU. Como sabes, actualmente su aplicación está prevista para el 1 de enero de 2027, en el caso de las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, y para el 1 de julio de 2027, para el resto de empresarios y profesionales.

Nos comunican, que se retrasa la entrada en vigor hasta el 6 de octubre de 2028, fecha que coincide con la publicada en la Orden HAC/1028/2026, que regula la entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria para empresarios y profesionales con volumen de operaciones inferior a 8.000.000€, tal y como te he comentado hoy en la Nota de Aviso 51-26. Estaremos atentos de esta modificación legislativa para comunicároslo en cuanto se publique.

Te traslado el comunicado íntegro que nos ha enviado la Agencia Tributaria:

Con el objetivo de favorecer la máxima convergencia posible entre los sistemas de facturación electrónica y el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (VERI*FACTU), tanto desde el punto de vista normativo como técnico, se ha considerado conveniente alinear los calendarios de implantación de la normativa de facturación electrónica para pymes y autónomos y del Reglamento de sistemas informáticos de facturación y, por tanto, proceder al aplazamiento de las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.

Una vez aprobada dicha alineación de los calendarios de implantación, se abordará una modificación centrada en conseguir la convergencia de los ámbitos de aplicación y ciertos aspectos técnicos de la normativa vigente teniendo en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de ViDA.

En todo caso, las exigencias establecidas en el Real Decreto 1007/2023 en materia de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, así como las restantes garantías técnicas del sistema, se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los previstos en su desarrollo normativo actual.


Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,
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  #54  
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razorxxx razorxxx is offline
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razorxxx Va por buen camino
Estimados señores.

Me hago eco por parte de un cliente de asesoría que acaba de recibir un correo del Colegio de Asesores Fiscales diciendo que VeriFactu se aplazará de nuevo para hacerlo coincidir con el calendario de la facturación B2B obligatoria, esto es (salvo cambio de última hora) Octubre de 2027 para grandes empresas (8 millones o más de facturación anual) y Octubre de 2028 para el resto.

Y si ahora hay convocatoria de elecciones generales, pues más razón para creerlo.

Si me entero de algo más lo publicaré.
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  #55  
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Noe277 Noe277 is offline
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Noticion. Se atrasa hasta la entrada en vigor con la factura electronica de los de menos de 8 millones por lo visto.

Te comento que desde el Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios nos acaban de trasladar que está prevista una modificación de los plazos de entrada en vigor del Reglamento VERI*FACTU. Como sabes, actualmente su aplicación está prevista para el 1 de enero de 2027, en el caso de las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, y para el 1 de julio de 2027, para el resto de empresarios y profesionales.

Nos comunican, que se retrasa la entrada en vigor hasta el 6 de octubre de 2028, fecha que coincide con la publicada en la Orden HAC/1028/2026, que regula la entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria para empresarios y profesionales con volumen de operaciones inferior a 8.000.000€, tal y como te he comentado hoy en la Nota de Aviso 51-26. Estaremos atentos de esta modificación legislativa para comunicároslo en cuanto se publique.

Te traslado el comunicado íntegro que nos ha enviado la Agencia Tributaria:

Con el objetivo de favorecer la máxima convergencia posible entre los sistemas de facturación electrónica y el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (VERI*FACTU), tanto desde el punto de vista normativo como técnico, se ha considerado conveniente alinear los calendarios de implantación de la normativa de facturación electrónica para pymes y autónomos y del Reglamento de sistemas informáticos de facturación y, por tanto, proceder al aplazamiento de las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.

Una vez aprobada dicha alineación de los calendarios de implantación, se abordará una modificación centrada en conseguir la convergencia de los ámbitos de aplicación y ciertos aspectos técnicos de la normativa vigente teniendo en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de ViDA.

En todo caso, las exigencias establecidas en el Real Decreto 1007/2023 en materia de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, así como las restantes garantías técnicas del sistema, se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los previstos en su desarrollo normativo actual.


Deseando que esta información sea útil, te envío un cordial saludo,

Esto será una broma o es el día de los inocentes?
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  #56  
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CarlosArjonomia CarlosArjonomia is offline
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CarlosArjonomia Va por buen camino
Ahora mismo de ChatGPT:

Posible aplazamiento de VERI*FACTU hasta octubre de 2028

La Agencia Tributaria ha comunicado la intención de aplazar las obligaciones pendientes de aplicación de VERI*FACTU hasta octubre de 2028, con el objetivo de hacer coincidir su implantación con el calendario de la facturación electrónica obligatoria B2B.

La fecha prevista sería el 6 de octubre de 2028 para empresarios y profesionales con un volumen de operaciones inferior a 8 millones de euros.

Importante: el aplazamiento todavía debe aprobarse

A fecha de 5 de octubre de 2026, esta modificación de los plazos de VERI*FACTU todavía no ha sido publicada en el BOE.

Por tanto, hasta que se produzca la correspondiente modificación normativa, siguen siendo oficialmente vigentes los plazos actuales:

1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

1 de julio de 2027: resto de empresarios y profesionales afectados.

La intención comunicada por la Administración es modificar estos plazos y alinear VERI*FACTU con la facturación electrónica, llevando las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028.

También se ha indicado que los requisitos relativos a integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los previstos actualmente.

En resumen

🟠 Aplazamiento de VERI*FACTU hasta octubre de 2028: anunciado, pero pendiente de aprobación y publicación oficial.

Hasta que la modificación aparezca publicada en el BOE, continúan legalmente vigentes las fechas del 1 de enero y 1 de julio de 2027.
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  #57  
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Faneka Faneka is offline
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Pues en principio no, lo han mandado a mi jefa su tio que es asesor y se lo han mandado de hacienda por lo visto. Estaremos atentos a ver si hay noticia oficial en medios y en el BOE.
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  #58  
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Pues en principio no, lo han mandado a mi jefa su tio que es asesor y se lo han mandado de hacienda por lo visto. Estaremos atentos a ver si hay noticia oficial en medios y en el BOE.
yo he llamado a haciendq a IVA y dicen que no saben nada. Tampoco entiendo que si no esta en el BOE se comuniquen estas cosas

Hoy han sacado esto que es lo de la Factura Electronica

Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
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  #59  
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Por nuestra empresa también han sonado campanas de que se aplaza veri*factu para ajustarlo a los plazos de Ley CreaYCrece (factura electrónica).
Supongo que en breve se hará oficial.
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Faneka Faneka is offline
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Faneka Va por buen camino
Tambien tiene sentido, que no haya dos ajustes para los usuarios y autonomos, todo de golpe y listo. Pues nada si al final como parece es así iremos intentando ir poniendoselo a los que quieran para que vayan probando, cuantos menos clientes queden el dia del pistoletazo final mejor.
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