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  #2381  
Antiguo Hace 1 Día
Jamalo105 Jamalo105 is offline
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Jamalo105 Va por buen camino
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Una pregunta, mi programa emite 2 series de facturas distintas una de venta y otra de reparaciones, tendria que crear 2 series distintas de rectificativas, o seria posible emitir una misma serie de rectificativas sobre las 2 anteriores?
La norma dice que se deberá crear una serie aparte para las rectificativas, no dice que hay que crear una serie de rectificativas por cada serie de facturas que se tenga, por lo que entiendo que con una serie para todas las rectificativas es suficiente.

Esto no significa que no puedas hacer varias serie de facturas rectificativas de la misma forma que haces varias series para facturas normales.
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  #2382  
Antiguo Hace 1 Día
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Aver una cuestion, al hacer la recapitulativa/sustiutiva, si te lo ha pagado con tarjeta, bien pero como sea en efectivo, la liamos con lo de mas de 1000€ en efectivo al pagar una factura, por mucho que aleguemos que heran muchas pequeñas , no?
Exactamente.

Por mucho que pongamos en el software que limite las ventas de efectivo a 1000euros el usuario puede dividir la factura en varias.
Esto es controlable en las facturas nominativas, pero en las simplificadas no,
Entronces, imagina que te venga un cliente que paga una comida de personal de por ejemplo 1200 euros, como el software "no deja", al vendedor se le ocurre hacer 2 tiquets, y ahora llega el cliente y le pide factura, ya la hemos liado.
A nivel informatico se podria controlar pero yo el unico control que meteria es que no pueda hacer documentos de mas de 1000euros en efectivo y que una sustituiva de varios tiquets no lleguen a los 1000euros de efectivo del mismo dia, o , si veis que es mucho lio, un solo tiquet por cada sustitutiva. El resto (para mi) es problema del usuario/empresario. Si no esto se hace interminable.

Última edición por ermendalenda fecha: Hace 1 Día a las 14:06:20.
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  #2383  
Antiguo Hace 1 Día
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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La norma dice que se deberá crear una serie aparte para las rectificativas, no dice que hay que crear una serie de rectificativas por cada serie de facturas que se tenga, por lo que entiendo que con una serie para todas las rectificativas es suficiente.

Esto no significa que no puedas hacer varias serie de facturas rectificativas de la misma forma que haces varias series para facturas normales.
Si con una serie es suficiente, correcto, es opcional.
A nivel sustiututiva y ordinaria no sé si puede ser la misma serie.
En ambos casos yo prefiero tenerlas divididas por más claridad, ya que no tengo un camPo para tipo de factura y otro con la serie y así elimino 1 campo.

Última edición por ermendalenda fecha: Hace 1 Día a las 14:03:32.
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  #2384  
Antiguo Hace 1 Día
Logan05 Logan05 is offline
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Logan05 Va por buen camino
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Exactamente.
A nivel informatico se podria controlar pero yo el unico control que meteria es que no pueda hacer una sustituiva de los 2 juntos. El resto (para mi) es problema del usuario/empresario. Si no esto se hace interminable.
Creo que es la opción más viable
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  #2385  
Antiguo Hace 1 Día
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
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Exactamente.

Por mucho que pongamos en el software que limite las ventas de efectivo a 1000euros el usuario puede dividir la factura en varias.
Esto es controlable en las facturas nominativas, pero en las simplificadas no,
Entronces, imagina que te venga un cliente que paga una comida de personal de por ejemplo 1200 euros, como el software "no deja", al vendedor se le ocurre hacer 2 tiquets, y ahora llega el cliente y le pide factura, ya la hemos liado.
A nivel informatico se podria controlar pero yo el unico control que meteria es que no pueda hacer documentos de mas de 1000euros en efectivo y que una sustituiva de varios tiquets no lleguen a los 1000euros de efectivo del mismo dia, o , si veis que es mucho lio, un solo tiquet por cada sustitutiva. El resto (para mi) es problema del usuario/empresario. Si no esto se hace interminable.
Hola, personalmente acabo de hablar con una compañera de una tienda de motos, que me indicaba que no pasa nada, con agrupar los tiquets pagados en mano en una unica factura, puesto que los tiquets, se pagaron por separado, y se declararon por parte del comercio, en las fechas separadas, que ella lo esta haciendo desde hace varios años y en su dia lo consulto, y sin problema hasta ahora.
Halguien que entienda mas del tema nos lo puede aclara mejor?
Me refiero al tema de que suba mas de los 1000€, perdon por no especificar.
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  #2386  
Antiguo Hace 1 Día
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Hola, personalmente acabo de hablar con una compañera de una tienda de motos, que me indicaba que no pasa nada, con agrupar los tiquets pagados en mano en una unica factura, puesto que los tiquets, se pagaron por separado, y se declararon por parte del comercio, en las fechas separadas, que ella lo esta haciendo desde hace varios años y en su dia lo consulto, y sin problema hasta ahora.
Halguien que entienda mas del tema nos lo puede aclara mejor?
Me refiero al tema de que suba mas de los 1000€, perdon por no especificar.
En fechas separadas no hay problema
Incluso si haces la sustitutiva de las 2 juntas.
No había aclarado bien
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  #2387  
Antiguo Hace 19 Horas
rfernandez rfernandez is offline
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rfernandez Va por buen camino
Verifactu en comercio como Hosteleria

Muy buenas a tod@s,

Antes de nada felicitaros por la labor tan brutal que estáis haciendo entre todos, y aquí que me sumo con dudas y aportando lo que pueda y más.

Comentaros por si es de interes, entiendo que ya es conocido, que ayer hicimos la consulta a la administración y aunque la ley entra en vigor el día 5 de diciembre no es de cumplimiento obligatorio 'hasta' el 1 de julio del 2025.
Por lo que hace referencia a la plataforma de pruebas, como sabéis, aún no está disponible, nos han dicho que este mes estaría pero llevan dando largas mucho tiempo.

Una de las miles de dudas que tenemos es en comercios como hostelería donde se generan muchos y muchos tiquets, facturas simplificadas, como estas se deben reportar a Verifactu.
En nuestro soft al final del día, o bien a petición del usuario, se hace un fin de día donde a parte de otros procesos se genera una factura de resumen donde se incluyen todas las ventas 'anónimas' que es la factura que actualmente se está reportando al gestor para temas de declaraciones de IVA.
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Gracias por adelantado y aportaremos todo aquello que podamos a la comunidad.
Saludos,
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  #2388  
Antiguo Hace 18 Horas
Sistel Sistel is offline
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Sistel Va por buen camino
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Muy buenas a tod@s,

Antes de nada felicitaros por la labor tan brutal que estáis haciendo entre todos, y aquí que me sumo con dudas y aportando lo que pueda y más.

Comentaros por si es de interes, entiendo que ya es conocido, que ayer hicimos la consulta a la administración y aunque la ley entra en vigor el día 5 de diciembre no es de cumplimiento obligatorio 'hasta' el 1 de julio del 2025.
Por lo que hace referencia a la plataforma de pruebas, como sabéis, aún no está disponible, nos han dicho que este mes estaría pero llevan dando largas mucho tiempo.

Una de las miles de dudas que tenemos es en comercios como hostelería donde se generan muchos y muchos tiquets, facturas simplificadas, como estas se deben reportar a Verifactu.
En nuestro soft al final del día, o bien a petición del usuario, se hace un fin de día donde a parte de otros procesos se genera una factura de resumen donde se incluyen todas las ventas 'anónimas' que es la factura que actualmente se está reportando al gestor para temas de declaraciones de IVA.
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Gracias por adelantado y aportaremos todo aquello que podamos a la comunidad.
Saludos,
Hola,

Sí. El proceso en TPVs de comercios y hostelería que generan muchos tickets de venta es problemático.
Nosotros estamos dando servicio a cerca de 300 TPVs (principalmente de bazares, bares, cafeterías y restaurantes) en el País Vasco que, como sabrás, utiliza, desde hace tiempo, TicketBAI, que es muy similar a lo que se va a implantar, proximamente, para toda España, con Verifactu.
(Por supuesto, va a existir la modalidad No-Verifactu, pero dada su complejidad y los peligros que entraña, mi consejo es olvidarse de esa modalidad, en el caso de TPVs de pequeño comercio y hostelería, y centrarse en la modalidad Verifactu)

Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.

Para lo que podamos ayudarte, por aquí tienes, en este foro, a un buen grupo de colegas dispuestos a ayudarte con tus dudas.

Saludos y Bienvenido.
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  #2389  
Antiguo Hace 18 Horas
rfernandez rfernandez is offline
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rfernandez Va por buen camino
Mil gracias por tu, vuestro, ofrecimiento.

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Hola,

Sí. El proceso en TPVs de comercios y hostelería que generan muchos tickets de venta es problemático.
Nosotros estamos dando servicio a cerca de 300 TPVs (principalmente de bazares, bares, cafeterías y restaurantes) en el País Vasco que, como sabrás, utiliza, desde hace tiempo, TicketBAI, que es muy similar a lo que se va a implantar, proximamente, para toda España, con Verifactu.
(Por supuesto, va a existir la modalidad No-Verifactu, pero dada su complejidad y los peligros que entraña, mi consejo es olvidarse de esa modalidad, en el caso de TPVs de pequeño comercio y hostelería, y centrarse en la modalidad Verifactu)

Lo primero que debes tener en cuenta es que cada ticket generado (actualmente los "tickets" se llaman facturas simplificadas) debe ser tratado de forma individual.
Debe incluir su código QR y debe ser enviada su información, de forma inmediata (nada más generarse) al sistema Verifactu de la Agencia Tributaria.

Ya sé que esto romperá tus esquemas pensados para agrupar los tickets de cada día y procesarlos después. Pero es lo que hay.
Cada "ticket" es una factura simplificada individual. Y debe ser tratada de forma inmediata.

Para lo que podamos ayudarte, por aquí tienes, en este foro, a un buen grupo de colegas dispuestos a ayudarte con tus dudas.

Saludos y Bienvenido.
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  #2390  
Antiguo Hace 17 Horas
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Sustitutivas

Buenas
Me contestan de la asesoría lo que pensáis.
Una factura sustitutiva no tiene limite de importe, pero ojo, la sustitutiva de varios tiquets que sumen en el mismo día más de 1000euros en efectivo, sí que puede ser un problema, ya que están en el mismo cliente, y aunque la normativa no está muy clara al respecto, o sea, estoy haciendo varios tiquets de menos de mil euros, puede ser objeto de un requerimiento, pero para ello también tiene que cruzar la forma de pago, que no la mandamos a verifactu, pero ante un requerimiento antes de que salga verifactu piden los tiquets, y ahí si puede salir el problema.
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  #2391  
Antiguo Hace 16 Horas
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
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Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Buenas
Me contestan de la asesoría lo que pensáis.
Una factura sustitutiva no tiene limite de importe, pero ojo, la sustitutiva de varios tiquets que sumen en el mismo día más de 1000euros en efectivo, sí que puede ser un problema, ya que están en el mismo cliente, y aunque la normativa no está muy clara al respecto, o sea, estoy haciendo varios tiquets de menos de mil euros, puede ser objeto de un requerimiento, pero para ello también tiene que cruzar la forma de pago, que no la mandamos a verifactu, pero ante un requerimiento antes de que salga verifactu piden los tiquets, y ahí si puede salir el problema.
Una cosa a colacion, yo personalmente , en prevision a la "Obligatoriedad" futura de implementar las facturas electronicas entre Empresas/Autonomos y seguramente en un futuro todas, aprobechando que estoy remodelando mi programa de facturacion, he añadido la forma de pago, obligaroria, asi lo tengo ya añadido por lo que haga falta, asi como siempre incluyo una casilla en la que indico si la factura es de "Venta, Reparacion,Abono, etc, por si acaso, nunca se guardan bastantes registros...


Otra cosa, hasta ahora las cuotas de itv, las incluia a final de factura , sin añadirle iva ni nada, como "Cobrada a nombre de cliente", por no desglosar porque a la cuaota de trafico no se le deve añadir IVA.
Sabeis como lo tendria que incluir ahora en verifactu y en las futuras facturas electronicas?, Gracias como siempre por vuestras respuestas.
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  #2392  
Antiguo Hace 15 Horas
delphiGar delphiGar is offline
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delphiGar Va por buen camino
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Muy buenas a tod@s,

Antes de nada felicitaros por la labor tan brutal que estáis haciendo entre todos, y aquí que me sumo con dudas y aportando lo que pueda y más.

Comentaros por si es de interes, entiendo que ya es conocido, que ayer hicimos la consulta a la administración y aunque la ley entra en vigor el día 5 de diciembre no es de cumplimiento obligatorio 'hasta' el 1 de julio del 2025.
Por lo que hace referencia a la plataforma de pruebas, como sabéis, aún no está disponible, nos han dicho que este mes estaría pero llevan dando largas mucho tiempo.

Una de las miles de dudas que tenemos es en comercios como hostelería donde se generan muchos y muchos tiquets, facturas simplificadas, como estas se deben reportar a Verifactu.
En nuestro soft al final del día, o bien a petición del usuario, se hace un fin de día donde a parte de otros procesos se genera una factura de resumen donde se incluyen todas las ventas 'anónimas' que es la factura que actualmente se está reportando al gestor para temas de declaraciones de IVA.
La duda es que como hay la obligación de imprimir el código QR para la trazabilidad Verifactu deducimos que cada tíquet, factura simplificada, debe llevar su QR por lo que se deben reportar a Verifactu todas los tiquets, facturas simplificadas, aunque sabemos que no hace falta reportar una a una sino que se pueden reportar en bloque.

Gracias por adelantado y aportaremos todo aquello que podamos a la comunidad.
Saludos,
Buenas, ha salido la Oden Ministrerial??
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  #2393  
Antiguo Hace 11 Horas
antoine0 antoine0 is offline
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antoine0 Va por buen camino
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Empezado por bmfranky Ver Mensaje
Otra cosa, hasta ahora las cuotas de itv, las incluia a final de factura , sin añadirle iva ni nada, como "Cobrada a nombre de cliente", por no desglosar porque a la cuaota de trafico no se le deve añadir IVA.
Sabeis como lo tendria que incluir ahora en verifactu y en las futuras facturas electronicas?, Gracias como siempre por vuestras respuestas.
Si no estoy equivocada (no conozco nada a las ITVs), estos "cobrado a nombre del cliente" son suplidos. Si es así, no entran en la base imponible de la factura (art. 78. Tres. 3º Ley 37/1992, y de aquí no soportan IVA), y no hay que reportarlos a Hacienda. Pero se supone que se debe entregar al cliente, junto con tu factura, el justificante del pago que has realizado en nombre de tu cliente.

Respecto de las facturas electrónicas, es una muy buena pregunta. Aprovecho que no es el foro adecuado para no contestar
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  #2394  
Antiguo Hace 11 Horas
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
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Empezado por antoine0 Ver Mensaje
Si no estoy equivocada (no conozco nada a las ITVs), estos "cobrado a nombre del cliente" son suplidos. Si es así, no entran en la base imponible de la factura (art. 78. Tres. 3º Ley 37/1992, y de aquí no soportan IVA), y no hay que reportarlos a Hacienda. Pero se supone que se debe entregar al cliente, junto con tu factura, el justificante del pago que has realizado en nombre de tu cliente.

Respecto de las facturas electrónicas, es una muy buena pregunta. Aprovecho que no es el foro adecuado para no contestar
Si, la copia que te da la itv del pago, va a nombre del cliente siempre, yo no lo incluiria en la factura, pero luego el pago si lo hacen con tarjeta o transferencia no cuadra, por eso lo apunto en la factura, de ahi preguntar como , puesto que como exento de IVA, no creo, o no se que clase de exencion apñlicar.
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