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#21
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Motivo rectificativa
Hay una lista con motivos y claves para las rectificativas, alguien lo había visto antes?
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
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#22
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No veo las anulaciones, habeis probado a hacer alguna factura a ver si en las consultas estuvieran?
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#23
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No se si os habéis dado cuenta. Pero al imprimir una factura en el QR no pone encima el texto "QR TRIBUTARIO".
En la documentación pone lo siguiente : Cita:
![]() Igual tienen una normativa especial. |
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#24
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Yo lo tengo como tú, igual que en las especificaciones que hay en el PDF.
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#25
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Hola por otro lado veo que solo se pueden generar facturas rectificativas por diferencias ( o yo no lo veo). y cuando haces una rectificativa te pide obligatoriamente la serie de la factura rectificada.
¿Y si no tiene?, si la factura original no tiene serie, ya que no es obligatorio. En las facturas rectificativas se supone que la fecha de operación tiene que ser igual a la fecha de la factura que estas rectificando, y te deja poner lo que quieras. Última edición por keys fecha: 14-10-2025 a las 08:48:18. |
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#26
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Cita:
Por otro lado me comenta que las facturas dadas de alta por la aplicación luego se puede consultar los registro de facturación verifactu tanto por formulario como web service |
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#27
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Por cierto, entiendo que la aplicación oficial ya envía a Producción, no? Lo digo por tener cuidado de si la usamos para hacer pruebas. Entiendo que lo que hagamos en esa aplicación ya es oficial y queda registrado (salvo que anulemos las facturas).
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#28
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Puedes entrar desde el entorno de pruebas y desde producción.
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#29
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¿Puedes poner los enlaces de una y otra? Yo solo conocía la que se entra desde https://sede.agenciatributaria.gob.e...ini/IZ86.shtml y entiendo que está es de producción de verdad, y no veo que haya dentro cómo ponerla como "Pruebas"
Por cierto ¿cómo pueden haber puesto una aplicación como pruebas con clientes finales si a nosotros no nos dejan hacerlo? |
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#30
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Produccion https://sede.agenciatributaria.gob.e...ERI_FACTU.html
Pruebas https://www.agenciatributaria.es/AEA...olladores.html Aqui en el portar de pruebas externas |
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#31
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Cita:
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#32
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En teoría aquí solo tienen que entrar los desarrollares. Y nadie te impide que pongas a enviar a un cliente al entorno de pruebas
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#33
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El que esté en un área de desarrolladores no implica que no pueda entrar cualquiera, solo que se sobreentiende que contiene información técnica que afecta a estos, pero nada impide a cualquiera entrar y mirar (y en un muchos casos deberían, porque temas vitales que deberían ser conocidos por el público en general solo aparecen aquí, para que nosotros nos comamos el marrón de informar y convencer al cliente). Tampoco hay ningún "prohibido el paso" a no desarrolladores. ¿Que lo utilizaremos para que nuestros clientes se puedan informar por si tienen que meter una factura rara? Desde luego, pero eso no quita que están poniendo a usuarios finales mandando a un entorno de pruebas con su certificado mientras que nosotros no nos dejan hacerlo, que más falta nos hace, porque no tenemos los recursos de Hacienda y porque no hay ni un solo programa en el mundo mundial medianamente serio que se haya lanzado al mercado sin un test de campo, ni el buscaminas... Eso sólo ocurre en la mente de los de Hacienda. Yo es que alucino con estas muestras de poca vergüenza.
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#34
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Bueno, ya he hecho un par de facturas en el entorno de pruebas de la aplicación oficial de la aeat.
1. No encuentro la forma de obtener el RF (el XML) de cada factura. Molaría tenerlo para compararlos con los nuestros y ver si hay alguna diferencia importante 2. Permiten hacer rectificativas, subsanaciones y anulaciones a elección del usuario (es decir, tu eliges qué quieres hacer, no te obligan a hacer rectificativa o subsanación según el caso). 3. En las rectificativas hay una lista de "motivos" que es la primera vez que veo (ya comentó esto otro usuario del foro un par de posts atrás) ![]() 4. Al parecer solo permite rectificativas por diferencias (más cómodo y en un solo paso, supongo que será por eso) 5. En las rectificativas te pide obligatoriamente la Serie de la factura a rectificar, pero si lo dejas en blanco da error. ¿Y qué c_ño pongo si la factura original no tenía serie? 6. En el proceso de "subsanación" se muestra el texto "Esta operación de modificación de la factura puede ser realizada, siempre y cuando no se trate de una causa que exija la emisión de una factura rectificativa, según el artículo 6 y 7 del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012)." Suerte con que los clientes sepan cuándo hacerlas y cuándo no ![]() 7. Al subsanar puedes modificar solo algunas cosas de la factura: datos del pago y nada más, así que no sé qué más subsanación se pudo haber hecho. Por ahora poco más que añadir. Tenía curiosidad por saber cómo funcionaba, pero vamos, esto servirá para contribuyentes que facturen "fácil" y poco. |
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#35
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Cita:
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
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#36
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Hemos hecho la consulta en hacienda de si hay que poner el texto de QR TRIBUTARIO y nos contestan lo siguiente
Cita:
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#37
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Si, al enviar una factura, luego al consultarla y abrirla puedes subsanarla, rectificarla o anularla.
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#38
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Cita:
Eso sí, si lo hacemos nosotros, ojito cuidao. Creo que lo que quieren decir, a su manera y con la prepotencia y soberbia que les caracteriza, es que si en la factura hay más de un QR, se debe identificar el de VeriFactu con el texto "QR TRIBUTARIO", para diferenciarlo de los demás, no vaya a ser que el usuario final escanee uno, vea que no es VeriFactu y se le reinicie el cerebro, llore y no pueda dormir esa noche en vez de escanear el otro. |
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#39
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Vale ya he visto que la anulacion se hace desde la consulta(entrando primero en las facturas y pinchando la factura que quieres modificar, consultar anular).
Por cietto!! Lo que estamos corriendo para que al inal lo retrasen, vamos a ser los pardillos. |
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#40
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Cita:
Por cierto parece bastante completa con gestión de cliente, productos, borradores, etc. Al final nos hacen la competencia y mucha gente va a usar esta aplicación. Porque con el lio que hay de si excel se puede usar o no usar....muchas van a migrar su excel a esto y así cumplen... |
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