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  #1  
Antiguo 17-05-2022
luci5 luci5 is offline
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luci5 Va por buen camino
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Empezado por Neftali [Germán.Estévez] Ver Mensaje
Si tu aplicación no factura, no veo qué tiene que ver con la ley antifraude.

¿Cual era el sistema de facturación anterior en esa empresa?
El sistema que tuvieran anteriormente será el que se tenga que adaptar.

Si no tenían (y las hacían con excel, por ejemplo) pues la AEAT se supone que pondrá a disposición de los usuarios una aplicación gratuíta para hacer esas facturas que antes hacían "manualmente". Esa aplicación está pensada para "pocas" facturas.

Si el número es grande, pues tendrán que adquirir una app. de facturación y en ese caso, tal vez tengas que adaptar la tuya para comunicarte con ella.
Pero leyendo el borrador no lo tengo tan claro que sea así. Creo que todo el tema técnico de trazabilidad, legibilidad, eventos, etc. va a por todo sistema de gestión, sea o no de facturación. Hace referencia también a: "Requisitos de los sistemas informáticos que registren y documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios". Dónde cada entrega o prestación de un servicio, tu sistema debe generar también una factura de alta. Es decir, el sistema que registre documentos de entregas o prestación de servicios debe realizar automáticamente una alta de factura. Por ejemplo, si tienes una app que gestiona proyectos o servicios, y no contempla nada de facturación, porque la empresa factura con un software a parte, según mi interpretación del borrador, la app de gestión de proyectos o servicios deberá o:
A) hacer facturas
B) enlazar con un software que cumpla con la normativa.

Y luego tu sistema, aunque no sea de facturación, también tendrá que cumplir con el tema de la trazabilidad, legibilidad, eventos y todo el rollo eso. Claro, porque podría darse el caso que un sujeto facture una parte de proyectos y los otros no y los borre, o por el tema de la trazabilidad de las operaciones facturadas...la verdad, no sé.

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De todas formas se va a liar gorda, esto va a tardar añossssss
Gorda es poco. Pero no creo que se demore muchísimo. Son directivas europeas de hace un porrón de años ya. Al menos en el País Vasco se pusieron las pilas y lo solución planteada es bastante lógica.

Y hoy he leído que en Europa quieren unificar el formato de las facturas electrónicas Se juntará el trabajo.
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  #2  
Antiguo 17-05-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por luci5 Ver Mensaje
Pero leyendo el borrador no lo tengo tan claro que sea así. Creo que todo el tema técnico de trazabilidad, legibilidad, eventos, etc. va a por todo sistema de gestión, sea o no de facturación. Hace referencia también a: "Requisitos de los sistemas informáticos que registren y documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios". Dónde cada entrega o prestación de un servicio, tu sistema debe generar también una factura de alta. Es decir, el sistema que registre documentos de entregas o prestación de servicios debe realizar automáticamente una alta de factura. Por ejemplo, si tienes una app que gestiona proyectos o servicios, y no contempla nada de facturación, porque la empresa factura con un software a parte, según mi interpretación del borrador, la app de gestión de proyectos o servicios deberá o:
A) hacer facturas
B) enlazar con un software que cumpla con la normativa.

Y luego tu sistema, aunque no sea de facturación, también tendrá que cumplir con el tema de la trazabilidad, legibilidad, eventos y todo el rollo eso. Claro, porque podría darse el caso que un sujeto facture una parte de proyectos y los otros no y los borre, o por el tema de la trazabilidad de las operaciones facturadas...la verdad, no sé.



Gorda es poco. Pero no creo que se demore muchísimo. Son directivas europeas de hace un porrón de años ya. Al menos en el País Vasco se pusieron las pilas y lo solución planteada es bastante lógica.

Y hoy he leído que en Europa quieren unificar el formato de las facturas electrónicas Se juntará el trabajo.
Si ves el video de presentación en el periódico el Mundo, es fácil llegar a la conclusión de que este primer paso va a ser sobre la facturación, con el sistema Verifactu, y el sistema Verifactu es un hijo de Ticketbai.
Las referencias que hace la ley(más extensa) sobre programas de gestión, no creo que se desarrollen en esta primera fase.
Creo que nos debemos centrar en la facturación y Verifactu. Incluyendo la facturación electrónica, que no es lo mismo pero viene de la mano.
Saludos.
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  #3  
Antiguo 18-05-2022
luci5 luci5 is offline
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luci5 Va por buen camino
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Si ves el video de presentación en el periódico el Mundo, es fácil llegar a la conclusión de que este primer paso va a ser sobre la facturación, con el sistema Verifactu, y el sistema Verifactu es un hijo de Ticketbai.
Las referencias que hace la ley(más extensa) sobre programas de gestión, no creo que se desarrollen en esta primera fase.
Creo que nos debemos centrar en la facturación y Verifactu. Incluyendo la facturación electrónica, que no es lo mismo pero viene de la mano.
Saludos.
Hasta que no lo aprueben y lo publiquen en el BOE no sabremos 100% a lo que se refieren. Habrá que esperar.
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  #4  
Antiguo 18-05-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
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Hasta que no lo aprueben y lo publiquen en el BOE no sabremos 100% a lo que se refieren. Habrá que esperar.
Bueno. Tanto como esperar, yo ya avanzará algunos puntos que están clarisimos:
*Revisaría, varias veces, que la facturación, que emito, está acorde a la normativa de facturación de 2013, ya que según para que tipo de facturas emito, ya es curro, teniendo en cuenta que van a tener todo digitalizado podemos tener alguna sorpresita. Todos creemos que realizamos las facturas correctamente y sorprende la de softwares que lo hacen mal. Aunque tengo software propio, por si acaso he chequeado varios programas, de los más conocidos, por tener un plan B y no había ninguno que cumpliera correctamente toda la normativa de facturación.
*Estructurar como voy a realizar los envíos. Conociendo que tiene que ser en orden de emisión de facturas cronológico, creando la cola.
*Echar un vistazo a lo que es un blockchain.
*Y para los desarrolladores, lo más importante, el control de
errores, todo control que pongas es poco para tu tranquilidad.
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  #5  
Antiguo 18-05-2022
antoine0 antoine0 is offline
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Por ejemplo, si tienes una app que gestiona proyectos o servicios, y no contempla nada de facturación, porque la empresa factura con un software a parte, según mi interpretación del borrador, la app de gestión de proyectos o servicios deberá o:
A) hacer facturas
B) enlazar con un software que cumpla con la normativa.
No a A: nunca está escrito qué hay que desarrollar nuevas funciones de facturación. Incluso creo que la idea va al revés: qué hayan menos.
Solo debe cumplir el software de la B. Como lo dices tú: con «un software a parte» para qué la empresa facture.
Y solo éste segundo software tiene que cumplir. No la app.
En concreto, el «enlace» de tu app con el software de facturación no entra en el ámbito del reglamento.

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Claro, porque podría darse el caso que un sujeto facture una parte de proyectos y los otros no y los borre, o por el tema de la trazabilidad de las operaciones facturadas...la verdad, no sé.
De todas las maneras, hacer aflorar las operaciones no registradas, las que no aparecen en los registros, es el gran desafío que cualquier sistema como lo que quiere poner en marcha Hacienda. Y parece efectivamente difícil de solucionar. Aparentemente primero van por las operaciones que se realicen y luego se «borren», para intentar que no pueden «desaparecer».
Pero un proyecto con una financiación especifica que no va hasta el final y no da parte a ninguna factura oficial... la verdad, no sé tampoco.

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Empezado por luci5 Ver Mensaje
Y hoy he leído que en Europa quieren unificar el formato de las facturas electrónicas
Ah. «Quieren». Me recuerda haber leído algo parecido cuando estudie EDI por primera vez. Era ¡1982! Vaya, el cumpleaños sale redondo.
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  #6  
Antiguo 18-05-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
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No a A: nunca está escrito qué hay que desarrollar nuevas funciones de facturación. Incluso creo que la idea va al revés: qué hayan menos.
Solo debe cumplir el software de la B. Como lo dices tú: con «un software a parte» para qué la empresa facture.
Y solo éste segundo software tiene que cumplir. No la app.
En concreto, el «enlace» de tu app con el software de facturación no entra en el ámbito del reglamento.


De todas las maneras, hacer aflorar las operaciones no registradas, las que no aparecen en los registros, es el gran desafío que cualquier sistema como lo que quiere poner en marcha Hacienda. Y parece efectivamente difícil de solucionar. Aparentemente primero van por las operaciones que se realicen y luego se «borren», para intentar que no pueden «desaparecer».
Pero un proyecto con una financiación especifica que no va hasta el final y no da parte a ninguna factura oficial... la verdad, no sé tampoco.


Ah. «Quieren». Me recuerda haber leído algo parecido cuando estudie EDI por primera vez. Era ¡1982! Vaya, el cumpleaños sale redondo.
Tanto como en 1982 no, pero si sobre 1996 vi los primeros programas de factura electrónica sobre Windows 95
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  #7  
Antiguo 19-05-2022
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afxe Va por buen camino
Tiene razón Ermendalenda... lo que podamos ir adaptando al sistema que Hacienda desea para sus... ciudadanos, deberíamos ir implementándolo a lo teórico, aunque vaya en contra de lo práctico. Además, el sistema es bueno informáticamente hablando... nada de eliminaciones ni modificaciones, sólo altas. Tipificación de facturas, consecutivas en número y fecha... nada de recálculos, generación de facturas atrasadas o facturas a futuro, relleno de huecos.... creo que se simplificarían los procesos de facturación (otra cosa será el control financiero de todas las rectificaciones que haya que hacer sobre facturas emitidas: compensaciones, consolidaciones, asignación de movimientos bancarios de una factura a otra.....)

Pero el motivo principal de toda esta movida, no se va a evitar con un sistema de comunicación directa con Hacienda. Yo he ido a comprar a sitios donde después de pagar me han dado un presupuesto o factura proforma, he visto ficheros de traspaso de stock con movimientos entre almacenes (donde uno de los almacenes se llama "venta contado"...) y ni hablar de los que venden o te prestan un servicio y no generan ningún tipo de documento (kioskos de prensa o golosinas, máquinas de vending, taxistas, food truck, vendedores itinerantes, servicios a domicilio...) En definitiva... para hacer ventas B no es necesario que el software esté preparado para ello.
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  #8  
Antiguo 19-05-2022
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Tiene razón Ermendalenda... lo que podamos ir adaptando al sistema que Hacienda desea para sus... ciudadanos, deberíamos ir implementándolo a lo teórico, aunque vaya en contra de lo práctico. Además, el sistema es bueno informáticamente hablando... nada de eliminaciones ni modificaciones, sólo altas. Tipificación de facturas, consecutivas en número y fecha... nada de recálculos, generación de facturas atrasadas o facturas a futuro, relleno de huecos.... creo que se simplificarían los procesos de facturación (otra cosa será el control financiero de todas las rectificaciones que haya que hacer sobre facturas emitidas: compensaciones, consolidaciones, asignación de movimientos bancarios de una factura a otra.....)

Pero el motivo principal de toda esta movida, no se va a evitar con un sistema de comunicación directa con Hacienda. Yo he ido a comprar a sitios donde después de pagar me han dado un presupuesto o factura proforma, he visto ficheros de traspaso de stock con movimientos entre almacenes (donde uno de los almacenes se llama "venta contado"...) y ni hablar de los que venden o te prestan un servicio y no generan ningún tipo de documento (kioskos de prensa o golosinas, máquinas de vending, taxistas, food truck, vendedores itinerantes, servicios a domicilio...) En definitiva... para hacer ventas B no es necesario que el software esté preparado para ello.
Imagínate que si pides el ticket o factura te sirva como boleto de lotería y den muchos premios, ya empieza a cambiar la cosa. Pues esta práctica existe y después se las noticias que se han escuchado de que la AEAT premiará a quien envíe los códigos qrs, no es de extrañar que pongan algo así o que hagan descuentos fiscales en las declaraciones.
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  #9  
Antiguo 20-05-2022
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Imagínate que si pides el ticket o factura te sirva como boleto de lotería y den muchos premios, ya empieza a cambiar la cosa. Pues esta práctica existe y después se las noticias que se han escuchado de que la AEAT premiará a quien envíe los códigos qrs, no es de extrañar que pongan algo así o que hagan descuentos fiscales en las declaraciones.
Hace años, hasta que la H.P. se las cargó, existían muchisimas deducciones por servicios, incluso en el ambito familiar y por eso la gente pedía y guardaba las facturas
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  #10  
Antiguo 20-05-2022
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Hace años, hasta que la H.P. se las cargó, existían muchisimas deducciones por servicios, incluso en el ambito familiar y por eso la gente pedía y guardaba las facturas
La novedad sería enviar la factura a hacienda a través del QR, con lo cual le serviría como método de comprobación del resto de las facturas por el blockchain.
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