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#1
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Cita:
Me han respondido que lo pasan a los responsables. |
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#2
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Cita:
Puf.... precisamente esas consultas que "pasan a los responsables" son las que no me han contestado. ![]()
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Be water my friend. |
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#3
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Cita:
Olvidaos de Facurae para la opción pública gratuita. La única opic9n va a se el formato europeo UBL A no ser que en el periodo de consulta alguien consiga que lo adapten a facturae, xosa ue lo veo complicado ya que si no lo han hecho así es por que con facturae se les complicaba. |
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#4
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Por si te sirve de ayuda, en Portugal si se incluye la información relativa al código QR para las administraciones públicas, y el formato es prácticamente idéntico a la FacturaE de España.
La información la mandamos de esta forma:
Viendo el esquema de FacturaE, quizá esa información podría ir en el punto 3.1.9, AdditionalData. Échale un ojo. Aparte del QR, también mandamos una representación en PDF de la factura, en el mismo bloque. |
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#5
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Cita:
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
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#6
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Si, para Portugal, usamos el formato UBL 2.1 tanto para facturas como para notas de crédito.
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#7
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Buenas, os pongo en antecedentes, ojito con los ejemplos y la IA para hacer las UBL.
Los validadores más conocidos no dejan pasar muchas extensiones propias de cada país, tampoco dejan pasar algunos identificadores de impuestos como el RE(Recargo de equivalencia) Dicho esto, no quiere decir que en el reglamento, que aún está por definir, no nos digan que lo pongamos aunque no pasen las validaciones, aunque sea un poco incongruente muchos países meten modificaciones a las reglas del esquema oficial, con lo cual nos podemos esperar cualquier cosa. Yo, por fin, después de muchos días, he hecho una factura en ubl 2.4 en la que contempla varias opciones: Recargo de equivalencia Datos registrales de la empresa emisora y receptora Los famosos DIR de Face. Todo esto he visto decenas de ejemplos en los que meten extensiones y formatos que no pasan por los validadores más importantes y tampoco por un Visor súper conocido(Qube). Total, que he conseguido hacer un modelo standar que cumple estrictamente xon los esquemas de Ubl 2.4, para que no sea rechazado por dichos verificadores. Como he dicho, esto no quiere decir que llegado el reglamentonuevo no tenga que cambiar nodos específicos para la normativa que nos pongan. Pero al menos ya está bien los esquemas y me permitirá terminarlo mucho más fácilmente. Ya he estado mirando las rectificativas y las sustituivas(F2) y parece que tiene poquísima diferencia con la que ya he hecho. En unos días os pongo una factura completa. |
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