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#1
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Os veo muy pesimistas... Dos cosas que me daban miedo y con las que me quedo más tranquilo:
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A ver... una idea tontuna que me pasa por la cabeza.
Según quiero entender lo que quieren es que el fichero donde se guardan los eventos no se pueda manipular pero no dicen cómo hacerlo ni con qué técnicas. ¿Sería una tontería ir metiendo registros con los textos encriptados en una tabla y luego poner un visor desde el programa para verlo o exportarlo? De esta manera los datos no se podrían tocar pero si visualizar y sería algo relativamente fácil de implementar. Por otro lado, el tema de enviar los datos creo que no es obligatorio, ¿no?. Saludos.
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Be water my friend. |
#4
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Los datos no son obligatorio que los envíe el contribuyente, pero entiendo que si es obligatorio que el programa permita realizar el envío. Ya que hacienda le puede solicitar las facturas para una inspección, y eso habrá que hacerlo en el formato que defina hacienda o eso me ha parecido entender. De todas formas creo que lo mejor es esperar a que hacienda (que somos todos) empiece a sacar cosas. Aunque se puede ir adelantando algo. |
#5
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Además, el art. 14.1 permite acceso directo por los inspectores al sistema, pero deja claro que se trata de un control presencial, aquí no hay envíos. |
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Hasta yo esperaría en un par de años una consulta vinculante que efectivamente lo prohíba. Cita:
Un compañero mío me hizo remarcar que el objetivo de todo eso es dar a Hacienda un acceso directo a los datos de facturación de las empresas (mismo objetivo general que el S.I.I.) Leyendo el reglamento con esta visión, hay dos vías: si se suben los registros o se usa la aplicación web de Hacienda, pues los datos de las facturas están en un fichero que gestiona Hacienda, se puede analizar por todos los lados sin demora, objetivo conseguido. En el otro caso, hay varias provisiones en el texto que demuestran el objetivo de Hacienda: las más claras son el art. 14 de la pág. 16, y pág. 12 art. 8.2 a), 4ª alinea (subrayo yo): Cita:
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#7
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De mi punto de vista, esto va a generar un MONTÓN de trabajo para las empresas que se dedican a este negocio, ya que básicamente todo las empresas españolas deben actualizarse, en un espacio de tiempo breve. Es cierto que hay otras opciones como ir a por el cloud que serán seguramente privilegiadas e incentivadas (con los multimillonarios fondos europeos y la «digitalización»), pero quedará mucho pastel para repartirse. Hasta el punto que, si no se demora el proyecto, creo que dentro de varios meses es posible que veamos una «crisis» cuando el calendario apretará un poco más y empezará a escasear los informáticos, con la consecuente subida de los precios para las empresas que no se habrán asegurado en tiempo, y entonces un aluvión de dinero para las empresas de informática (y también después un bajón cuando la bonanza se acabará y otra crisis para 2026 debida al crecimiento brutal pero corto, pero esto será otra cosa). ¡Y también más dinero para los informáticos! O siga, un nuevo efecto Euro, aunque en menor escala. Para las empresas de desarrollo, incluso las pequeñas, ahora es el momento de contratar y formar personal nuevo para poder hacer frente a la subida el año que viene; efectivamente es una inversión, entonces no es productivo a (muy) corto plazo. Pero los que se dedican a esto deben saber a veces invertir para ¡recoger más ganancias más tarde! |
#8
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Hay que esperar, por ahora con lo que hay no se puede hacer nada en la práctica. He intentar hacer algo ahora creo que puede generar una pérdida de tiempo después. Hay que esperar a que definan y concreten protocolos, formatos de fichero, documentación, ejemplos, entornos de pruebas,...y todo lo necesario para poder implementar esto dentro de las distintas aplicaciones. En cuanto al tiempo, si es necesario ampliarán plazos como han hecho en el pais vasco. Los colegios profesionales y las asociaciones empresariales, presionaron para que así fuera. Pueden multar a un 2% de las empresas si no llegan a plazo, pero no pueden multar al 30% de las empresas si los plazos no han sido los adecuados. Paciencia, paciencia, paciencia,...
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Sí se puede: las empresas que tienen personal listo para hacer de futuros controladores de futuras (y esperadas) certificaciones, y también los programas de «formaciones» colindantes (tipo lo que existe en Francia, ver principio del hilo) deben empezar ya el programa de formación para convertirlos en verdaderos informáticos que sudan código Pascal. ¡Ya!
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Hola buenas,
He estado leyendo el borrador de la ley y algunos artículos de blogs al respecto. Por ahora, llego a la conclusión que es más fregado de lo que parece, o más fregao que el Ticket BAI. Yo entiendo que no sólo afecta a los sistemas de facturación sino a la gestión empresarial en general: Cita:
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Lo que veo complicado que pasará con las aplicaciones open source. ¿Quién se responsabiliza? A ver si la AEAT abre un buzón de consultas, como se hizo en el País Vasco con Ticket BAI. |
#13
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Y añade cando tengan que empezar a meter números de series de facturas, rectificativas, rectificativas de simplificadas, recapitulativas, sustitutivas, recapitulativas de simplificadas. Divertisimo
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#14
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¿Cual era el sistema de facturación anterior en esa empresa? El sistema que tuvieran anteriormente será el que se tenga que adaptar. Si no tenían (y las hacían con excel, por ejemplo) pues la AEAT se supone que pondrá a disposición de los usuarios una aplicación gratuíta para hacer esas facturas que antes hacían "manualmente". Esa aplicación está pensada para "pocas" facturas. Si el número es grande, pues tendran que adquirir una app. de facturación y en ese caso, tal vez tengas que adaptar la tuya para comunicarte con ella.
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#17
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A) hacer facturas B) enlazar con un software que cumpla con la normativa. Y luego tu sistema, aunque no sea de facturación, también tendrá que cumplir con el tema de la trazabilidad, legibilidad, eventos y todo el rollo eso. Claro, porque podría darse el caso que un sujeto facture una parte de proyectos y los otros no y los borre, o por el tema de la trazabilidad de las operaciones facturadas...la verdad, no sé. Cita:
Y hoy he leído que en Europa quieren unificar el formato de las facturas electrónicas Se juntará el trabajo. |
#18
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Las referencias que hace la ley(más extensa) sobre programas de gestión, no creo que se desarrollen en esta primera fase. Creo que nos debemos centrar en la facturación y Verifactu. Incluyendo la facturación electrónica, que no es lo mismo pero viene de la mano. Saludos. |
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#20
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*Revisaría, varias veces, que la facturación, que emito, está acorde a la normativa de facturación de 2013, ya que según para que tipo de facturas emito, ya es curro, teniendo en cuenta que van a tener todo digitalizado podemos tener alguna sorpresita. Todos creemos que realizamos las facturas correctamente y sorprende la de softwares que lo hacen mal. Aunque tengo software propio, por si acaso he chequeado varios programas, de los más conocidos, por tener un plan B y no había ninguno que cumpliera correctamente toda la normativa de facturación. *Estructurar como voy a realizar los envíos. Conociendo que tiene que ser en orden de emisión de facturas cronológico, creando la cola. *Echar un vistazo a lo que es un blockchain. *Y para los desarrolladores, lo más importante, el control de errores, todo control que pongas es poco para tu tranquilidad. |
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