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  #1  
Antiguo 24-02-2022
Zento Zento is offline
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Zento Va por buen camino
Os veo muy pesimistas... Dos cosas que me daban miedo y con las que me quedo más tranquilo:
  • Con una declaración responsable del desarrollador, suficiente. Nos ahorramos que nos auditen el código y los costes que hubiera conllevado.
  • Según la disposición adicional tercera, si tu programa soporta SII, ya tienes la mitad de la faena hecha, pero creo que de incluir el hash de la anterior no nos libramos, y algo de complicación técnica nos van a incorporar.
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  #2  
Antiguo 24-02-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Os veo muy pesimistas... Dos cosas que me daban miedo y con las que me quedo más tranquilo:
  • Con una declaración responsable del desarrollador, suficiente. Nos ahorramos que nos auditen el código y los costes que hubiera conllevado.
  • Según la disposición adicional tercera, si tu programa soporta SII, ya tienes la mitad de la faena hecha, pero creo que de incluir el hash de la anterior no nos libramos, y algo de complicación técnica nos van a incorporar.
El pesimismo está fundado en que hay mucho trabajo que hacer en relativamente poco tiempo, ya que no podemos dejar de lado otros proyectos que son más productivos para las empresas, se pueden dar otros enfoques que lea viene bien a ciertas empresas pero no a todas, unos dicen que es una oportunidad de venta, pero no puede ser optimismo para todos. Depende de las circunstancias de cada uno
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  #3  
Antiguo 24-02-2022
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newtron Va camino a la fama
A ver... una idea tontuna que me pasa por la cabeza.


Según quiero entender lo que quieren es que el fichero donde se guardan los eventos no se pueda manipular pero no dicen cómo hacerlo ni con qué técnicas. ¿Sería una tontería ir metiendo registros con los textos encriptados en una tabla y luego poner un visor desde el programa para verlo o exportarlo? De esta manera los datos no se podrían tocar pero si visualizar y sería algo relativamente fácil de implementar.


Por otro lado, el tema de enviar los datos creo que no es obligatorio, ¿no?.



Saludos.
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  #4  
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keys Va por buen camino
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A ver... una idea tontuna que me pasa por la cabeza.


Según quiero entender lo que quieren es que el fichero donde se guardan los eventos no se pueda manipular pero no dicen cómo hacerlo ni con qué técnicas. ¿Sería una tontería ir metiendo registros con los textos encriptados en una tabla y luego poner un visor desde el programa para verlo o exportarlo? De esta manera los datos no se podrían tocar pero si visualizar y sería algo relativamente fácil de implementar.


Por otro lado, el tema de enviar los datos creo que no es obligatorio, ¿no?.



Saludos.
Habrá que esperar a que diga algo hacienda, para ver si establece la forma de hacer las cosas o no. En cuanto a los eventos, si tu los metes en una base de datos con un usuario y contraseña ya estas garantizando que no se puedan modificar desde fuera. Luego lo tendrás que gestionar en tu programa.

Los datos no son obligatorio que los envíe el contribuyente, pero entiendo que si es obligatorio que el programa permita realizar el envío. Ya que hacienda le puede solicitar las facturas para una inspección, y eso habrá que hacerlo en el formato que defina hacienda o eso me ha parecido entender.

De todas formas creo que lo mejor es esperar a que hacienda (que somos todos) empiece a sacar cosas. Aunque se puede ir adelantando algo.
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  #5  
Antiguo 24-02-2022
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Los datos no son obligatorio que los envíe el contribuyente, pero entiendo que si es obligatorio que el programa permita realizar el envío. Ya que hacienda le puede solicitar las facturas para una inspección, y eso habrá que hacerlo en el formato que defina hacienda o eso me ha parecido entender.
No me queda claro esta visión. Leo el art. 14 pág. 16 que lo describe, y veo (14.2) que se puede remitir a Hacienda, previo requisición, una copia del backup (definido en 8.2 c), pero suministrarlo en CDROM o llave USB parece perfectamente admisible (además de enviarlo), y no me consta que el formato de esta copia lo define Hacienda (en lo que he leído hasta la fecha, pero hay que esperar el punto c de la orden ministerial al respecto, como me lo hizo remarcar ayer Neftali).
Además, el art. 14.1 permite acceso directo por los inspectores al sistema, pero deja claro que se trata de un control presencial, aquí no hay envíos.
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  #6  
Antiguo 24-02-2022
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... quieren es que el fichero donde se guardan los eventos no se pueda manipular pero no dicen cómo hacerlo ni con qué técnicas.
Es que no estás leyendo el documento correcto. Éste es un texto legislativo, que fija el marco dentro del cual actúan los inspectores, entre otras cosas. Dice cosas importantes, como por ejemplo que no hay que certificarse, basta con declaración responsable. El documento técnico que esperas será la orden ministerial (leed la última página).

Cita:
¿Sería una tontería ir metiendo registros con los textos encriptados en una tabla y luego poner un visor desde el programa para verlo o exportarlo? De esta manera los datos no se podrían tocar pero si visualizar y sería algo relativamente fácil de implementar.
Esto se llama seguridad por la oscuridad, en el mundo de la seguridad y el universitario está muy mal visto, y me imagino que a Hacienda no le hará ninguna gracia.
Hasta yo esperaría en un par de años una consulta vinculante que efectivamente lo prohíba.

Cita:
Por otro lado, el tema de enviar los datos creo que no es obligatorio, ¿no?
De lo que he leído, no, no lo es. Implica firma electrónica de cada registro, pero los datos se quedan dentro de las empresas. Y deben existir acceso sencillo y rápido a los registros en supuesto de control.

Un compañero mío me hizo remarcar que el objetivo de todo eso es dar a Hacienda un acceso directo a los datos de facturación de las empresas (mismo objetivo general que el S.I.I.)
Leyendo el reglamento con esta visión, hay dos vías: si se suben los registros o se usa la aplicación web de Hacienda, pues los datos de las facturas están en un fichero que gestiona Hacienda, se puede analizar por todos los lados sin demora, objetivo conseguido.
En el otro caso, hay varias provisiones en el texto que demuestran el objetivo de Hacienda: las más claras son el art. 14 de la pág. 16, y pág. 12 art. 8.2 a), 4ª alinea (subrayo yo):
Cita:
Además, el sistema informático deberá permitir a la Administración tributaria el acceso inmediato y, en su caso, extracción de todos o parte de los datos registrados.
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  #7  
Antiguo 24-02-2022
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... no podemos dejar de lado otros proyectos que son más productivos para las empresas, ...
Me parece raro que lo ves de esta manera.
De mi punto de vista, esto va a generar un MONTÓN de trabajo para las empresas que se dedican a este negocio, ya que básicamente todo las empresas españolas deben actualizarse, en un espacio de tiempo breve.
Es cierto que hay otras opciones como ir a por el cloud que serán seguramente privilegiadas e incentivadas (con los multimillonarios fondos europeos y la «digitalización»), pero quedará mucho pastel para repartirse. Hasta el punto que, si no se demora el proyecto, creo que dentro de varios meses es posible que veamos una «crisis» cuando el calendario apretará un poco más y empezará a escasear los informáticos, con la consecuente subida de los precios para las empresas que no se habrán asegurado en tiempo, y entonces un aluvión de dinero para las empresas de informática (y también después un bajón cuando la bonanza se acabará y otra crisis para 2026 debida al crecimiento brutal pero corto, pero esto será otra cosa). ¡Y también más dinero para los informáticos! O siga, un nuevo efecto Euro, aunque en menor escala.

Para las empresas de desarrollo, incluso las pequeñas, ahora es el momento de contratar y formar personal nuevo para poder hacer frente a la subida el año que viene; efectivamente es una inversión, entonces no es productivo a (muy) corto plazo. Pero los que se dedican a esto deben saber a veces invertir para ¡recoger más ganancias más tarde!
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  #8  
Antiguo 24-02-2022
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Os veo muy pesimistas...
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El pesimismo está fundado en que hay mucho trabajo que hacer en relativamente poco tiempo
Yo también os veo pesimistas y "ansiosos"
Hay que esperar, por ahora con lo que hay no se puede hacer nada en la práctica. He intentar hacer algo ahora creo que puede generar una pérdida de tiempo después.

Hay que esperar a que definan y concreten protocolos, formatos de fichero, documentación, ejemplos, entornos de pruebas,...y todo lo necesario para poder implementar esto dentro de las distintas aplicaciones.

En cuanto al tiempo, si es necesario ampliarán plazos como han hecho en el pais vasco. Los colegios profesionales y las asociaciones empresariales, presionaron para que así fuera. Pueden multar a un 2% de las empresas si no llegan a plazo, pero no pueden multar al 30% de las empresas si los plazos no han sido los adecuados.

Paciencia, paciencia, paciencia,...
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  #9  
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Yo también os veo pesimistas y "ansiosos"
Hay que esperar, por ahora con lo que hay no se puede hacer nada en la práctica. He intentar hacer algo ahora creo que puede generar una pérdida de tiempo después.
Hay que esperar a que definan y concreten protocolos, formatos de fichero, documentación, ejemplos, entornos de pruebas,...y todo lo necesario para poder implementar esto dentro de las distintas aplicaciones.
En cuanto al tiempo, si es necesario ampliarán plazos como han hecho en el pais vasco. Los colegios profesionales y las asociaciones empresariales, presionaron para que así fuera. Pueden multar a un 2% de las empresas si no llegan a plazo, pero no pueden multar al 30% de las empresas si los plazos no han sido los adecuados.
Paciencia, paciencia, paciencia,...
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  #10  
Antiguo 24-02-2022
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Hay que esperar, por ahora con lo que hay no se puede hacer nada en la práctica.
Sí se puede: las empresas que tienen personal listo para hacer de futuros controladores de futuras (y esperadas) certificaciones, y también los programas de «formaciones» colindantes (tipo lo que existe en Francia, ver principio del hilo) deben empezar ya el programa de formación para convertirlos en verdaderos informáticos que sudan código Pascal. ¡Ya!
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  #11  
Antiguo 24-02-2022
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En cuanto al tiempo, si es necesario ampliarán plazos como han hecho en el pais vasco. Los colegios profesionales y las asociaciones empresariales, presionaron para que así fuera. Pueden multar a un 2% de las empresas si no llegan a plazo, pero no pueden multar al 30% de las empresas si los plazos no han sido los adecuados.
Muy cierto
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  #12  
Antiguo 16-05-2022
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luci5 Va por buen camino
Hola buenas,

He estado leyendo el borrador de la ley y algunos artículos de blogs al respecto. Por ahora, llego a la conclusión que es más fregado de lo que parece, o más fregao que el Ticket BAI. Yo entiendo que no sólo afecta a los sistemas de facturación sino a la gestión empresarial en general:

Cita:
Artículo 8: Requisitos de los sistemas informáticos que registren y documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios

1. Los sistemas informáticos a que se refiere el artículo 1 de este Reglamento y que se utilicen
para registrar y documentar las entregas de bienes y prestaciones de servicios deberán garantizar
la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad, e inalterabilidad de los registros
de facturación regulados en los artículos 9, 10 y 11 de este Reglamento.

El sistema informático deberá cumplir los siguientes requisitos, que deberán realizarse de forma
automatizada:

a) Por cada entrega de bienes o prestación de servicios deberá generar, de forma simultánea o
inmediatamente anterior a la expedición de la factura, un registro de facturación de alta.


b) El sistema informático deberá tener capacidad de remitir información a la Administración
tributaria de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y
fehaciente todos los registros de facturación generados por medios electrónicos, en particular los
registros de facturación a que se refieren los artículos 9, 10 y 11 de este Reglamento
Imagina que tienes una app que es sólo para gestionar servicios, booking o pedidos... ¿Esta app, por narices, a partir de ahora también tendrá que contemplar procesos de facturación, o enlace a un sistema tercero, y cumplir con las exigencias técnicas (y la responsabilidad que conlleva)?


Cita:
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Os veo muy pesimistas... Dos cosas que me daban miedo y con las que me quedo más tranquilo:
  • Con una declaración responsable del desarrollador, suficiente. Nos ahorramos que nos auditen el código y los costes que hubiera conllevado.
    .
Aunque tu declares de buena fe que tu software cumple 100% con la normativa, porque así lo crees, eso no nos va a eximir de culpa en caso de fallo o incumplimiento. ¿Cómo estás seguro 100% que tu software cumple a raja tabla? Puedes tener un bug o no haber contemplado una situación o haber interpretado la norma de manera distinta. Dada la responsabilidad que ello conlleva, básicamente porque las sanciones son 6 cifras, ¿tendremos que contratar un seguro de responsabilidad? ¿hacer auditorías? Aunque no sea obligatorio, pero por seguridad.


Cita:
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No sé si os está pasando... pero ayer mismo almorcé con un colega de profesión (autónomo independiente, con no muchas instalaciones) y le pregunté cómo llevaba lo de la nueva normativa, el bloqueo de facturas, el concepto de Verifactu... y, no sólo no tenía ni idea, sino que pensaba que me estaba quedando con él. Y a medida que le explicaba, más pensaba que era mentira. Al final, no lo convencí, me dijo... "si eso es verdad, lo van a estar aplazando durante años... más años de los que llevan intentando quitar los módulos". Hasta ahora, los clientes reaccionan con indignación, pero casi ninguno con incredulidad.

Hay empresas tecnológicas que están tramitando las ayudas y el cheque tic para poner firewalls, antivirus, webs... y no tienen ni idea de lo que se viene encima... pero para colmo, es que ni las empresas pequeñas y desarrolladores independientes lo saben.

Si no es por foros como este... ¿dónde se está dando a conocer esta información? ¿en entrevistas a cadenas autonómicas? Quitando el BOE, por supuesto, que todo el mundo lee durante el desayuno, aunque sólo te dejan claro la multa que te van a poner si no haces inmediatamente lo que te dicen que dirán que hagas.
Totalmente. Esto del proyecto del reglamento yo me he enterado hace unos días por casualidad. Hay muchísima gente del sector y responsable de empresas de desarrollo que no están al tanto de lo que viene en un futuro. Y lo que es peor, creo que muchos desarrolladores de ecommerces creen que esto no va con ellos, cuando también están incluidos. Entra cualquier sistema informático, sea una web, app móvil o software de escritorio.

Lo que veo complicado que pasará con las aplicaciones open source. ¿Quién se responsabiliza?



A ver si la AEAT abre un buzón de consultas, como se hizo en el País Vasco con Ticket BAI.
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  #13  
Antiguo 17-05-2022
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Y añade cando tengan que empezar a meter números de series de facturas, rectificativas, rectificativas de simplificadas, recapitulativas, sustitutivas, recapitulativas de simplificadas. Divertisimo
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  #14  
Antiguo 17-05-2022
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...Imagina que tienes una app que es sólo para gestionar servicios, booking o pedidos... ¿Esta app, por narices, a partir de ahora también tendrá que contemplar procesos de facturación, o enlace a un sistema tercero, y cumplir con las exigencias técnicas (y la responsabilidad que conlleva)?
Si tu aplicación no factura, no veo qué tiene que ver con la ley antifraude.

¿Cual era el sistema de facturación anterior en esa empresa?
El sistema que tuvieran anteriormente será el que se tenga que adaptar.

Si no tenían (y las hacían con excel, por ejemplo) pues la AEAT se supone que pondrá a disposición de los usuarios una aplicación gratuíta para hacer esas facturas que antes hacían "manualmente". Esa aplicación está pensada para "pocas" facturas.

Si el número es grande, pues tendran que adquirir una app. de facturación y en ese caso, tal vez tengas que adaptar la tuya para comunicarte con ella.
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  #15  
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Si tu aplicación no factura, no veo qué tiene que ver con la ley antifraude.

¿Cual era el sistema de facturación anterior en esa empresa?
El sistema que tuvieran anteriormente será el que se tenga que adaptar.

Si no tenían (y las hacían con excel, por ejemplo) pues la AEAT se supone que pondrá a disposición de los usuarios una aplicación gratuíta para hacer esas facturas que antes hacían "manualmente". Esa aplicación está pensada para "pocas" facturas.

Si el número es grande, pues tendran que adquirir una app. de facturación y en ese caso, tal vez tengas que adaptar la tuya para comunicarte con ella.
De todas formas se va a liar gorda, esto va a tardar añossssss
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  #16  
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Eso seguro...
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  #17  
Antiguo 17-05-2022
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Si tu aplicación no factura, no veo qué tiene que ver con la ley antifraude.

¿Cual era el sistema de facturación anterior en esa empresa?
El sistema que tuvieran anteriormente será el que se tenga que adaptar.

Si no tenían (y las hacían con excel, por ejemplo) pues la AEAT se supone que pondrá a disposición de los usuarios una aplicación gratuíta para hacer esas facturas que antes hacían "manualmente". Esa aplicación está pensada para "pocas" facturas.

Si el número es grande, pues tendrán que adquirir una app. de facturación y en ese caso, tal vez tengas que adaptar la tuya para comunicarte con ella.
Pero leyendo el borrador no lo tengo tan claro que sea así. Creo que todo el tema técnico de trazabilidad, legibilidad, eventos, etc. va a por todo sistema de gestión, sea o no de facturación. Hace referencia también a: "Requisitos de los sistemas informáticos que registren y documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios". Dónde cada entrega o prestación de un servicio, tu sistema debe generar también una factura de alta. Es decir, el sistema que registre documentos de entregas o prestación de servicios debe realizar automáticamente una alta de factura. Por ejemplo, si tienes una app que gestiona proyectos o servicios, y no contempla nada de facturación, porque la empresa factura con un software a parte, según mi interpretación del borrador, la app de gestión de proyectos o servicios deberá o:
A) hacer facturas
B) enlazar con un software que cumpla con la normativa.

Y luego tu sistema, aunque no sea de facturación, también tendrá que cumplir con el tema de la trazabilidad, legibilidad, eventos y todo el rollo eso. Claro, porque podría darse el caso que un sujeto facture una parte de proyectos y los otros no y los borre, o por el tema de la trazabilidad de las operaciones facturadas...la verdad, no sé.

Cita:
De todas formas se va a liar gorda, esto va a tardar añossssss
Gorda es poco. Pero no creo que se demore muchísimo. Son directivas europeas de hace un porrón de años ya. Al menos en el País Vasco se pusieron las pilas y lo solución planteada es bastante lógica.

Y hoy he leído que en Europa quieren unificar el formato de las facturas electrónicas Se juntará el trabajo.
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  #18  
Antiguo 17-05-2022
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Pero leyendo el borrador no lo tengo tan claro que sea así. Creo que todo el tema técnico de trazabilidad, legibilidad, eventos, etc. va a por todo sistema de gestión, sea o no de facturación. Hace referencia también a: "Requisitos de los sistemas informáticos que registren y documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios". Dónde cada entrega o prestación de un servicio, tu sistema debe generar también una factura de alta. Es decir, el sistema que registre documentos de entregas o prestación de servicios debe realizar automáticamente una alta de factura. Por ejemplo, si tienes una app que gestiona proyectos o servicios, y no contempla nada de facturación, porque la empresa factura con un software a parte, según mi interpretación del borrador, la app de gestión de proyectos o servicios deberá o:
A) hacer facturas
B) enlazar con un software que cumpla con la normativa.

Y luego tu sistema, aunque no sea de facturación, también tendrá que cumplir con el tema de la trazabilidad, legibilidad, eventos y todo el rollo eso. Claro, porque podría darse el caso que un sujeto facture una parte de proyectos y los otros no y los borre, o por el tema de la trazabilidad de las operaciones facturadas...la verdad, no sé.



Gorda es poco. Pero no creo que se demore muchísimo. Son directivas europeas de hace un porrón de años ya. Al menos en el País Vasco se pusieron las pilas y lo solución planteada es bastante lógica.

Y hoy he leído que en Europa quieren unificar el formato de las facturas electrónicas Se juntará el trabajo.
Si ves el video de presentación en el periódico el Mundo, es fácil llegar a la conclusión de que este primer paso va a ser sobre la facturación, con el sistema Verifactu, y el sistema Verifactu es un hijo de Ticketbai.
Las referencias que hace la ley(más extensa) sobre programas de gestión, no creo que se desarrollen en esta primera fase.
Creo que nos debemos centrar en la facturación y Verifactu. Incluyendo la facturación electrónica, que no es lo mismo pero viene de la mano.
Saludos.
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  #19  
Antiguo 18-05-2022
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Si ves el video de presentación en el periódico el Mundo, es fácil llegar a la conclusión de que este primer paso va a ser sobre la facturación, con el sistema Verifactu, y el sistema Verifactu es un hijo de Ticketbai.
Las referencias que hace la ley(más extensa) sobre programas de gestión, no creo que se desarrollen en esta primera fase.
Creo que nos debemos centrar en la facturación y Verifactu. Incluyendo la facturación electrónica, que no es lo mismo pero viene de la mano.
Saludos.
Hasta que no lo aprueben y lo publiquen en el BOE no sabremos 100% a lo que se refieren. Habrá que esperar.
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  #20  
Antiguo 18-05-2022
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Hasta que no lo aprueben y lo publiquen en el BOE no sabremos 100% a lo que se refieren. Habrá que esperar.
Bueno. Tanto como esperar, yo ya avanzará algunos puntos que están clarisimos:
*Revisaría, varias veces, que la facturación, que emito, está acorde a la normativa de facturación de 2013, ya que según para que tipo de facturas emito, ya es curro, teniendo en cuenta que van a tener todo digitalizado podemos tener alguna sorpresita. Todos creemos que realizamos las facturas correctamente y sorprende la de softwares que lo hacen mal. Aunque tengo software propio, por si acaso he chequeado varios programas, de los más conocidos, por tener un plan B y no había ninguno que cumpliera correctamente toda la normativa de facturación.
*Estructurar como voy a realizar los envíos. Conociendo que tiene que ser en orden de emisión de facturas cronológico, creando la cola.
*Echar un vistazo a lo que es un blockchain.
*Y para los desarrolladores, lo más importante, el control de
errores, todo control que pongas es poco para tu tranquilidad.
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