Cita:
Empezado por sglorka
Exactamente, si se rectifica en un solo paso seria "ALTA" normal y si se hace en dos (cuando te rechazan la factura) sería emitir un registro de anulación <SinRegistroPrevio> = "S" y <RechazoPrevio> = "NO" y después una "ALTA" normal.
Si no se produce un rechazo de la factura pero debes corregir algo con una rectificativa por sustitución, entonces emites abono alta normal y emites rectificativa alta normal
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Ok muchas gracias.
Pues tendré que estudiar como implementar facturas rectificativas por sustitución en nuestro programa. De momento solo permitimos por diferencias pero para este caso no sirve.
Me parece recordar que la rectificativa por sustitución si se hace en dos pasos es mas "fácil" de gestionar en el propio SIF por temas de stocks y listados, ya que tienes la anulación, que hace hace cuadrar como si no se hubiera hecho la primera factura (la que se ha rechazado) y luego la nueva factura rectificativa con los datos correctos. Pero hace falta gestionar el tema de la anulación (que de momento tampoco tenemos en nuestro SIF) para que no se tengan en cuenta las facturas anuladas en las estadísticas...
Si la rectificativa por sustitución se hace en un solo paso, tendríamos que gestionar la factura rectificada (la original que se rechazo) para que no se tenga en cuenta ...
Buf...
Esa seria la idea no?
Saludos