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Antiguo 04-03-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por newtron Ver Mensaje
Pues esta vez discrepo compañero. La aeat dice claramente que una factura emitida y entregada no se puede anular, es decir, puedes hacer una factura con el nif erroneo, enviarla al cliente y el cliente decirte que te has equivocado y eso no tiene anulación porque ya la has entregado así que lo único que puedes hacer es una factura rectificativa por sustitución (o por lo menos yo lo entiendo así). Precisamente acabo de pegar en un hilo una respuesta que me dio la aeat sobre la pregunta concreta de la anulación de facturas.


De una forma o de otra yo creo que ya estamos elucubrando más de la cuenta con estos temas. Lo que la aeat quiere es que, en caso de inspección, puedas demostrar claramente la trazabilidad de la factura y no sé hasta qué punto se meterán en más o menos honduras.


Saludos.
Si, es verdad estamos entrando en detalles que ni los inspectores se meten
Lo de la rectificativa, te lo puedo comprar, pero igual que dices que una factura entregada no se puede anular(es cierto y lo sé), ante otra consulta que realicé sobre facturas rechazadas te dicen que para ellos no existe y al estar mal emitda(no con errores de receptor si no con un receptor inexistente=Error estructural) la puedes anular,, yo creo que hacer rectificativas puede ser igualmente problemático por que vas a tener un salto en la aeat, ya que no van a recibir una factura que no lo cubre una rectificativa, pero si una anulación. Enfin yo veo que aquí hay una laguna y que cada uno lo haga como quiera
Pero lo que si está claro que lo que no se puede hacer es cambiar de serie esa factura y cambiar ese número por otra etc etc, eso sí que es liarla
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