Cita:
Empezado por Neftali [Germán.Estévez]
Si puedes modificarlos, como siempre. Lo que te dice es que "sus registros" (si es que guardas algo similar al registro de facturación, pero para el albarán) debe ser inalterables, pero no el Albarán.
Al crear, modificar, borrar o facturar un albarán nosotros vamos a guardar algo similar a un RF.
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En nuestros programas ya guardábamos un registro de tipo "Usuario X desde el PC tal, el día Y a la hora Z realizó tal cosa". Y yo creo que albaranes, proformas, borradores, etc, al no ser documentos fiscalizados, creo que se pueden borrar o modificar hasta el momento en que se facturen los mismos, que entonces se generará el RF correspondiente.
En cuanto a numeración de facturas, a mi me respondieron en su día que lo que vale es el momento en que se genera el RF de una factura, que entonces la FechaEmision es igual a la FechaHoraHusoGenRegistro. Por ejemplo, yo puedo tener la factura 5 que finalicé después de la 10: la numeración no va correlativa, pero sí la fecha-hora del RF con su correspondiente factura.