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newtron Va camino a la fama
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Estoy de acuerdo que hacienda lo acepta de los dos modos, así que cada uno lo haga como entienda más apropiado. Ahora, si yo quiero una factura "limpia" lo suyo es hacer primero la rectificativa por diferencias sobre la factura original errónea, que llevará la serie de las rectificativas, y luego una factura normal, con la serie de las facturas normales, con los conceptos e importes correctos. Si lo hago de la forma en que indican en la V0706-19 estoy haciendo un proceso que es diferente del resto de métodos de facturación: factura normal en negativo, (que solo existen hasta donde yo se, en este caso) con series de facturas normales, y rectificativa en positivo.
Y todavía mas rápido, si es el mismo cliente, una rectificativa sustitutiva.

Creo que no es así e igualmente lo he preguntado a la aeat y se ha hablado en otro hilo llegando a esa conclusión porque la verdad es un tema que puede llevar a confusión. En el caso de hacer una factura en negativo para saldar la original y otra nueva con los importes correctos la factura negativa tiene que ir en la misma serie que la original como si fuera una factura normal y corriente y la nueva con los importes correctos sería la rectificativa que hace referencia a la factura original.
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